El ex diputado de la Asociación Nacional Republicana (ANR) y abogado Clemente Barrios aconsejó a los jubilados, aportantes, así como los funcionarios del Instituto de Previsión Social (IPS) impulsar de forma conjunta una demanda de acción autónoma de nulidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el fin de revertir el fallo a favor los marinos mercantes que representará un millonario golpe a los fondos jubilatorios.
“Para rever un acuerdo y sentencia de la Corte, se debe articular una demanda de acción autónoma de nulidad. Los jubilados, aportantes y funcionarios tienen una legitimación activa, de otra manera la Corte Suprema de Justicia no puede revocar o anular su sentencia. Otras acciones no se justifican”, manifestó.
Las declaraciones de Barrios se dieron ante la propuesta realizada días atrás por el ex gerente de Prestaciones Económicas de la previsional Pedro Halley, quién instó a la ciudadanía a movilizarse y ejercer presión en las calles con el fin de revertir el fallo de la máxima instancia judicial. “No conozco en la historia tribunalicia que alguna vez la Corte, los tribunales o juzgados hayan revocado sus resoluciones presionados por manifestaciones”, dijo el letrado.
Halley había comentado que en los próximos días se tendría una gran protesta en la ciudad de Asunción, la cual involucraría a aproximadamente 1.000 jubilados tras mantener una reunión en Ciudad del Este y Ypacaraí.
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IPS aguarda ejecución de sentencia por deuda
Fiscalizadores de la Dirección Obrero Patronal del Instituto de Previsión Social (IPS) y el Ministerio de Trabajo realizaron ayer una intervención de un consorcio hotelero en Asunción, para corroborar cuántos trabajadores no estaban inscritos al seguro obligatorio. Se espera sentencia para que salden millonaria deuda con la previsional.
La intervención se realizó a casi 10 años de haber iniciado el juicio contra el consorcio hotelero. “Tenemos un juicio activo que se encuentra en etapa de ejecución de sentencia contra el consorcio hotelero. En su momento se había suscrito una homologación judicial la cual el consorcio incumplió”, detalló Jorge Gustale, jefe del Departamento Judicial del IPS, en “Dos en la ciudad” de canal GEN/Nación Media.Apuntó que incluso se llegaron a embargar varios inmuebles a favor de la previsional, todo siguiendo las instancias judiciales tras el incumplimiento de una de las sentencias por parte de los propietarios del consorcio. “El juicio en sí ya está durando unos 10 años”, refirió.
Señaló que durante estos años los representantes de la empresa han presentado varios incidentes en el juicio y que a medida que se presentaban fueron ganados por el Instituto de Previsión Social. “Hemos ganado todas las instancias y estamos en proceso de ejecución de sentencia”, detalló. Afirmó que hoy jueves los abogados del consorcio presentaron una acción de inconstitucionalidad con la que buscan dilatar más el proceso.
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IPS aguarda ejecución de sentencia para que consorcio hotelero salde millonaria deuda
Este jueves, fiscalizadores de la Dirección Obrero Patronal del Instituto de Previsión Social (IPS) y el Ministerio del Trabajo realizaron una intervención de un consorcio hotelero en Asunción, para corroborar cuántos trabajadores no estaban inscritos al seguro obligatorio. Se espera sentencia para que salden millonaria deuda con la previsional.
La intervención se realizó a casi 10 años de haber iniciado el juicio contra el consorcio hotelero. “Tenemos un juicio activo que se encuentra en etapa de ejecución de sentencia contra el consorcio hotelero. En su momento se había suscrito una homologación judicial la cual el consorcio incumplió”, detalló Jorge Gustale, jefe del departamento Judicial del IPS, en “Dos en la Ciudad” de canal GEN/Nación Media.
Apuntó que incluso se llegaron a embargar varios inmuebles a favor de la previsional, todo siguiendo las instancias judiciales tras el incumplimiento de una de las sentencias por parte de los propietarios del consorcio. “El juicio en sí ya está durando unos 10 años”, refirió.
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Señaló que durante estos años los representantes de la empresa han presentado varios incidentes en el juicio y que a medida que se presentaban fueron ganados por el Instituto de Previsión Social. “Hemos ganado todas las instancias y estamos en proceso de ejecución de sentencia”, detalló.
Afirmó que hoy jueves, los abogados del consorcio presentaron una acción de inconstitucionalidad con la que buscan dilatar más el proceso. “Nos llevamos la sorpresa de la acción presentada y que es meramente dilatoria. La deuda total con la previsional asciende a G. 31.900 millones”, puntualizó.
El profesional indicó que han tenido conversaciones con los representantes de la empresa y que tenían las intenciones de poder saldar la deuda, pero no avanzaron. “Hasta la fecha no hemos tenido ningún tipo de ingreso al IPS, ni formalmente donde ellas han reconocido que tienen una deuda con el instituto”, refirió.
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IPS toma medidas para recuperar equilibrio del fondo de jubilaciones
El Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS) resolvió dejar sin efecto la resolución del 2020, mediante la cual se incrementó al 75% el haber mínimo jubilatorio para jubilados y pensionados.
Esta decisión se debe a que esta disposición tomada en el gobierno anterior está impactando en las reservas de la previsional y pone en riesgo a la futura generación de jubilados.
“Esta es una medida que se tiene que tomar y que forma parte del paquete de medidas administrativas y legales que son impulsadas por esta administración para que los recursos del fondo de jubilaciones y pensiones sean suficientes no solamente para hoy, sino también para aquellos que en el futuro se tienen que jubilar”, indicó Vanessa Cubas, gerente de Prestaciones Económicas del IPS.
El aumento al 75% del haber mínimo se realizó sin tener una fuente de financiamiento, aseguró Cubas, quien señaló que esto llevó a que la caja de jubilaciones hoy tenga un déficit.
Hasta el 2020, este fondo contaba con un superávit que permitió incrementar las reservas, las cuales ya se han gastado un 28% a la fecha, esto debido a este incremento que se dio durante el gobierno de Mario Abdo.
“Desde el año 2020 lo que ingresa hoy en concepto de Aporte Obrero Patronal y Renta no alcanza para cubrir todos los egresos, por tanto, estamos usando la renta de las reservas. En el año 2023 usamos casi el 28% de la renta de las reservas, en pocos años si no se toman medidas para no continuar gastando de la manera en que se gastan las rentas ya no nos van a alcanzar”, advirtió la gerente.
Esta situación obliga al IPS a tomar medidas previendo las jubilaciones futuras, puesto que con la decisión de la anterior administración, adelantó 18 años una crisis que estaba prevista para el 2038, manifestó Cubas a la 1020 AM.
No obstante, dejó en claro que esta disposición no afectará a los 20.664 jubilados y pensionados que hoy reciben el 75%, dado que las normativas no pueden ser retroactivas, por lo que ellos seguirán percibiendo dicho porcentaje, que hoy representa G. 2.010.279 de acuerdo al salario mínimo legal vigente.
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Justicia rechaza demanda impulsada por empresa constructora contra Yacyretá
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del sexto turno de la capital no hizo lugar a una demanda contra Yacyretá, promovida por la firma M&T S.A. por supuesto incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual.
El caso se remonta a julio del 2018, cuando la mencionada firma comenzó la demanda por un contrato para la construcción de 105 viviendas, infraestructura y servicios en el barrio Santo Domingo, de la ciudad de Encarnación, departamento de Itapúa, en el marco de un convenio entre la binacional y la entonces Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (Senavitat).
En ese contexto hay que señalar que el 6 de junio del 2018 la entidad binacional decidió rescindir el contrato con la constructora ante sucesivos e innumerables incumplimientos de la misma en la edificación de infraestructura. Esta acción fue confirmada el 4 de julio por el Consejo de Administración.
A su vez, el 19 de junio, el entonces director de la binacional remitió una nota a M&T intimándole al pago, en el plazo de diez días, de los importes correspondientes a las garantías de fiel cumplimiento de contrato en obras públicas o privadas y el anticipo financiero en obras públicas o privadas que fueran otorgadas bajo apercibimiento de iniciar los trámites de ejecución de Pólizas emitidas por la Consolidada S.A. de Seguros.
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De acuerdo a la sentencia, quedó probado que la rescisión del citado contrato “fue por causa única y exclusiva de M&T S.A. por numerosos incumplimientos del pliego de bases y condiciones del contrato n.° 737/14, y además se probó que la firma M&T S.A. no interpuso ningún tipo de recursos contra la Resolución n.° 3.821/18 de fecha 4 de julio del 2018, dictada por el Consejo de Administración de la Entidad Binacional Yaycretá”.
“Luego, no habiendo prosperado la pretensión de resolución de contrato, ya no corresponde estudiar la pretensión de indemnización de daños que, como se ha visto, encuentra sustento en el artículo 725 del Código Civil y deberá ser igualmente rechazada”, indica el documento.
Ante estas consideraciones, el tribunal resolvió: “No hacer lugar, con costas, a la presente demanda de resolución de contrato por incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual, que promueve la firma M&T S.A. contra la EBY”.
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