La Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) benefició en forma ilegal a la empresa Icrop SA para que se quede con el 70% de la recaudación de la explotación del negocio clandestino de las máquinas que operan en las calles. El ente regulador privatizó y delegó sus funciones en favor de una misteriosa empresa que estaría ligada a un político. La firma recauda en concepto de canon cerca del US$ 1 millón por mes, sobre la base de 25 mil máquinas. En la comisión de Hacienda del Senado advirtieron que se estaría frente a un supuesto esquema de lavado de dinero.

  • POR JORGE TORRES.
  • “LA CAJA NEGRA”. UNICANAL.

La Comisión Nacional de Juegos de Azar a través de una resolución y sin licitación previa otorgó a una empresa privada la facultad de censar, catastrar, explotar y cobrar un canon mensual por la explotación de máquinas callejeras de juegos de azar que operan en la clandestini­dad. El caso fue revelado por una investigación del Grupo Nación la semana pasada.

La resolución número 34 de fecha 8 de octubre del 2020 del ente regulador, que bene­ficia a la empresa ICROP SA, autoriza la “nueva moda­lidad” de explotación con intervención en la operación del juego de azar de máquinas electrónicas de calle en loca­les cuya actividad comercial principal puede ser diferente a juegos de suerte o de azar. Se calcula que la firma ICROP SA mueve alrededor de US$ 1 millón por mes por la recau­dación del canon.

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El 8 de octubre del año pasado, la Conajzar delegó sus funciones a la empresa ICROP SA para el cobro de un canon por una actividad considerada ilegal.

Mediante esta resolución y sin licitación ni informe téc­nico ni jurídico que avale la decisión, la Conajzar autorizó a esta empresa privada para que realice el censo, catastro, fiscalización y hasta el cobro de un canon por cada máquina en funcionamiento.

El argumento de las actuales autoridades de la Conajzar, para justificar la decisión de delegar sus propias funciones y tercerizar el cobro del canon, tiene relación con incapaci­dad de control del negocio y la situación de hecho que se traduce en la proliferación indiscriminada de las máqui­nas chinas en sitios no desti­nados a juegos de azar.

Violentando su propia ley marco, además de otras resolu­ciones y decretos sobre juegos de azar, la Conajzar categorizó el negocio de las máquinas chi­nas como “una nueva modali­dad de juego de azar de explota­ción transitoria” procediendo así a legalizar, a favor de una empresa privada, un negocio clandestino.

Este es uno de los recibos emitidos por la firma ICROP SA por el cobro de canon a los explotadores de las máquinas callejeras.

En la resolución en favor de ICROP SA estipulan que la empresa deberá abonar de forma mensual al Estado la suma de un jornal mínimo (G. 80 mil) por cada máquina cen­sada, registrada y explotada efectivamente bajo la “nueva” modalidad. Sin embargo, de acuerdo a documentos reco­gidos por “La Caja Negra” la empresa cobra entre 450 mil y 300 mil por cada máquina. De esta manera la empresa ICROP SA se embolsilla más del 70% de lo recaudado por cada máquina.

En Paraguay la explotación y fiscalización de los juegos de azar se encuentran regulados por la Ley 1016 que establece el marco regulatorio para todas las personas físicas y jurídicas que deseen instalar y operar juegos de azar.

El artículo 4 de la Ley 1016 establece que la planificación, control y la fiscalización de los juegos de azar, de las activida­des dedicadas a su explotación serán ejercidos por la Conaj­zar. Es decir, las facultades y atribuciones de la comisión poseen carácter legal y son indelegables.

Es decir, la propia ley de la Conajzar establece los lími­tes y las atribuciones para la explotación de juegos de azar. Las máquinas de calle o máquinas chinas, como se conocen comúnmente a la explotación de juegos de azar callejeros, operan en total clandestinidad ya que se ubi­can fuera de las salas de jue­gos, por ende escapan a todo tipo de control, incluso del control municipal.

El 25 de marzo de este año, la Municipalidad de Asunción resolvió declarar la inaplicabilidad de la resolución de la Conajzar que habilita a la firma ICROP SA por atentar contra el principio de la autonomía municipal.

La Municipalidad de Asun­ción, en marzo de este año, resolvió declarar la inapli­cabilidad de la resolución de la Conajzar por atentar con­tra el principio de la autono­mía municipal. Consideran que no puede una resolución ajena al municipio disponer dónde se habilitarán locales de juegos de azar bajo la falsa premisa de “nueva modali­dad”. Anuncian que pedirán a la Corte Suprema declarar la inconstitucionalidad de la resolución.

Se calcula que existen unas 25 mil máquinas distribui­das en todo el país, aunque tampoco se tiene un regis­tro oficial y se especula que podrían llegar hasta 150 mil, número casi imposible para nuestro país. Pero partiendo de datos recabados desde la Conajzar serían 25 mil las máquinas callejeras clan­destinas que operan a nivel país y la empresa ICROP SA recaudaría cerca del US$ 1 millón solo por el cobro del canon. Y el 30% de esta recau­dación trasladarían al ente regulador. De esta forma, la propia Conajzar “legalizó” un negocio clandestino y encima delegó sus funciones.

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