Quien fuera director jurídico de Petropar, Adolfo Ferreiro, recomendó la adjudicación a la empresa Texos SRL y luego de cuatro meses se dio cuenta de que la firma no reunía los requisitos. La empresa decidió recurrir a instancias judiciales cuando se trataba de un acto administrativo unilateral.

La administración de Juan González Meyer en Petróleos Para­guayos SA (Petropar), que tenía como principal asesor a Adolfo Ferreiro, descuidó gestiones elementales en el famoso proceso que involu­cra a la petrolera estatal y la firma argentina Texos SRL.

No solo obviaron documen­tos esenciales como el escuá­lido capital de US$ 3.000 de la firma argentina, ni la ausencia de referencias ban­carias, sino que para abortar la operación esperaron cua­tro meses para cancelar la adjudicación para la “Adqui­sición de gasoil en camiones para Petropar”, negligencia que casi cuesta al país US$ 7 millones si no se hubiera filtrado el acuerdo entre­guista que tumbó al hasta hace poco procurador de la República, Sergio Coscia.

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El clavo es de la era de Fer­nando Lugo y parece adrede, estuvo a punto de nego­ciarse en un momento de amistad entre este y el ofi­cialismo.

"El acuerdo secreto de Petropar que pretendía darle US$ 6.898.750 a Texos Oil SRL"

Llama poderosamente la atención que el director jurídico de aquella época, Adolfo Ferreiro, haya reco­mendado en primera instan­cia la adjudicación a Texos SRL y posteriormente, luego de cuatro meses haya emi­tido otra opinión sugiriendo al presidente de ese enton­ces la cancelación del pro­ceso licitatorio. Recorde­mos que el 23 de diciembre del 2009 Petropar adjudicó el llamado a Texos y el 21 de abril del año siguiente se revocó la mencionada adjudicación, es decir, que dejaron pasar cuatro meses entre una medida y otra.

SIN PRECEDENTES

Consultado al respecto, el titular actual de la Direc­ción Nacional de Contra­taciones Públicas (DNCP), Pablo Seitz, afirmó que es algo inusual la medida de Petropar, ya que con fre­cuencia lo normal en cuanto a cancelación de procesos licitatorios es realizarlos durante la etapa de evalua­ción de las ofertas, es decir, antes de la adjudicación. Igualmente, dijo que si bien no hay un plazo establecido para la cancelación, tam­poco hay otro caso similar al de Texos que haya sentado una jurisprudencia.

La cabeza de Contratacio­nes citó el artículo 55 de la Ley 2051/03 “De Contrata­ciones Públicas”, que esta­blece que las contratantes pueden suspender o res­cindir el contrato por razo­nes de interés público. Asi­mismo, cabe recordar que el Art. 31 de la misma norma establece expresamente que en caso de cancelación de la licitación antes de la firma del contrato, “los oferentes no tendrán derecho a reem­bolso de gastos ni a indem­nización alguna”.

“No es muy usual y este caso tiene la particularidad que es un monto muy elevado. No tenemos casos de can­celación de licitación que hayan determinado que el Estado pague una indemni­zación”, recalcó Seitz. Hay que destacar que el acuerdo secreto que se intentó rea­lizar entre Petropar y Texos contemplaba la suma de US$ 6.898.750 con venia del titu­lar de Petropar, Denis Lichi, y del ex procurador Sergio Coscia, quien presentó su renuncia luego de desta­parse el escándalo.

Según especialistas la natu­raleza jurídica de la adjudi­cación es un “acto admi­nistrativo unilateral”, por tanto, revocable. Igual­mente, otro punto que juega en contra de la firma argen­tina es el hecho que la reso­lución que canceló la adju­dicación no fue impugnada dentro de los plazos que establece la ley, por lo tanto, se considera que es una reso­lución firme.

Finalmente, cabe desta­car que la propia Contralo­ría General de la República, expuso en un informe elabo­rado sobre el caso que Petro­par-Texos la impunidad que gozan los funcionarios invo­lucrados en el proceso y que descuidaron gestiones bási­cas para la adjudicación que luego fue revocada some­tiendo al Estado a un apriete judicial que lleva ya más de una década.

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