El Juzgado Laboral rechazó la medida cautelar solicitada por el Sindicato de Emplea­dos del Partido Colorado, ante el horario de trabajo que fue establecido en la agrupación y que fue homo­logada incluso por el Ministe­rio del Trabajo años atrás sos­teniendo que no cuenta con ningún inconveniente para su cumplimiento.

“Fue una demanda contra el partido con respecto a una resolución de una decisión que iba ser cumplir el hora­rio que estaba en el contrato colectivo en condición de tra­bajo que fue homologado por el Ministerio del Trabajo en el 2011. Miembros del sindicato plantearon una demanda solicitando que ese horario no debe ser cumplido, el de 7:00 a 16:00”, indicó el apo­derado Eduardo González, en comunicación con el diario La Nación.

González, detalló que el hora­rio actual en la ANR es de 7:00 a 13:00 y de 13:00 a 18:00, en 2 jornadas que fue imple­mentada solo a raíz de la crisis sanitaria por el covid-19, los sindicalistas en cambio que­rían que este sea el nuevo sis­tema de trabajo rechazando el horario anterior.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

“El Juzgado Laboral le rechazó la medida caute­lar diciendo que no pueden expedirse con respecto a eso porque eso es tocar ya a fondo de la demanda misma, entonces rechaza la medida cautelar de que el horario no pueda ser impuesto, con lo cual, cuando mejore las con­diciones del covid-19, podría ya aplicarse ese horario por­que el horario esta acorde y no tiene ningún inconve­niente, además no se está cumpliendo, ellos deman­dan algo que nunca se ejecutó porque hay una resolución que suspende ese horario hasta tanto no se solucione el tema del covid-19, ellos siguen trabajando en cuadri­lla y de 30 días al mes, traba­jan solo 15 horas”, mencionó.

Agregó que los sindicalistas impulsaron una demanda contra una resolución que finalmente no se cumplió hasta tanto no se mejore la situación sanitaria.

Déjanos tus comentarios en Voiz