El anteproyecto de ley “Que modifica los artículos N° 2, 5°, 7° de la Ley N° 5400/2015, De Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Paraguayo” fue presentado oficialmente en Diputados. Con estas modificaciones, se otorgará la atribución a los pilotos de la Fuerza Aérea para derribar o destruir las aeronaves consideradas hostiles.

El objetivo es incorporar a la legislación vigente atribuciones a la Fuerza Aérea, que una vez agotados los medios coercitivos legalmente previstos en la normativa nacional e internacional, queden sujetas al derribo o destrucción, únicamente luego de la autorización del comandante de la Fuerza Aérea o de la autoridad por él delegada.

En el proyecto de normativa se establece que la destrucción es la acción de dañar los medios aéreos no identificados y considerados como amenazas, mediante la utilización de las armas del sistema de defensa aérea o antiaérea. De ser aprobado el proyecto, la Fuerza Aérea deberá establecer un mecanismo adecuado para el registro de las autorizaciones emanadas, para la destrucción o derribo de aeronaves.

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