El juez de sentencia Elio Ovelar se apartó de seguir entendiendo en la querella por difamación presentada por la ex viceministra de Tributación Marta González contra la directora del diario Abc Color, Natalia Zuccolillo, y el periodista Juan Carlos Lezcano.

Ovelar decidió separarse del presente caso porque el querellado Lezcano designó como abogado a Álvaro Arias y el citado magistrado tiene causal de inhibición con el referido profesional del derecho, por lo que decidió apartarse de la presente querella.

Ahora el expediente pasó a manos de la jueza Olga Ruiz, quien deberá analizar si impugna la inhibición de su colega o se queda con el presente juicio. En caso de que se impugne el expediente deberá subir al Tribunal de Apelación, el cual tendrá la última palabra para decidir quién será el juez que juzgará en un juicio oral a Natalia Zuccolillo y el periodista Juan Carlos Lezcano.

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En el presente llama poderosamente la atención que el juez Ovelar no haya aplicado el artículo 112 del Código Procesal Penal que claramente dice: “Las partes no podrán designar durante la tramitación del procedimiento, apoderados o patrocinantes que se hallaren comprendidos respecto del magistrado, en una notoria relación para obligarlo a inhibirse por cualquiera de las causales enumeradas en el artículo 50 de este código”. Es decir Elio Ovelar podría haberle cancelado la personería al abogado Arias debido a que el mismo intervino solo para poder separarle al citado magistrado judicial.

JUICIO TELEVISADO

Justamente el juez Elio Ovelar había solicitado al titular de la Corte, Alberto Martínez Simón, la autorización para la televisación del juicio oral y público de la directora del diario Abc Color Natalia Zuccolillo y del periodista Juan Carlos Lezcano, pedido que fue otorgado por el titular de la máxima instancia judicial, pero la defensa de la directora de medios volvió a presentar un incidente de nulidad de dicha resolución por lo que un Tribunal de Apelación tendrá que destrabar el presente caso.

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