Diputados recuerdan que un legislador debe estar en pleno uso de sus libertades para ejercer el cargo de representante ante el Congreso Nacional. Por tanto, consideran que el ex diputado Miguel Cuevas, aunque haya logrado cambiar su estado de prisión preventiva por una medida sustitutiva de prisión domiciliaria, no está habilitado para ejercer sus funciones participando de las sesiones en forma virtual. Agregaron que la resolución por la cual se habilitó las sesiones virtuales ha sido una reglamentación excepcional ante la pandemia.

Es lo que manifestó el diputado Walter Harms, al señalar que en circunstancias habituales, en las que el plenario sesionara desde la Cámara Baja y haciendo quórum con su presencia, Miguel Cuevas no podría ocupar su banca, teniendo la prisión domiciliaria. “Sobre él pesa una orden de restricción de libertad, entonces, al no tener plena libertad para ejercer el cargo, lógicamente está impedido de participar de las sesiones. Porque la virtualidad, en este caso aplicada por la pandemia, no es la norma establecida en la ley”, indicó.

La encuentrista Kattya González coincidió y dijo que cualquier legislador, sea senador o diputado, puede ejercer su función de representante solo si está en pleno uso de sus libertades. “El hecho de que en esta pandemia se aprobara un reglamento excepcional hasta marzo del 2021, que permite las sesiones virtuales, no significa que una persona que tiene procesos penales pueda beneficiarse con esta normativa excepcional”, precisó.

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FISCALÍA NO APELARÁ

El arresto domiciliario de Miguel Cuevas quedará firme debido a que la Fiscalía resolvió no apelar la decisión del Tribunal de Apelación, según confirmó el fiscal Luis Piñánez. “El Ministerio Público no va a apelar esa resolución judicial que revoca la resolución del juez, eso es muy importante decir, la Cámara (de Apelación) no revocó la prisión, lo que revocó fue la resolución del juez”, confirmó en entrevista para la radio 1000 AM.

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