La Cámara de Diputados rechazó el pedido de desafuero del diputado Éver Noguera, solicitado por el juez penal de Garantías Agustín Delmás. El parlamentario fue imputado por el Ministerio Público por administración en provecho propio, lavado de dinero, asociación criminal y cohecho pasivo.
Noguera presentó al pleno el pedido de su desafuero y solicitó a sus colegas que acompañen el rechazo, porque no cuenta con una seguridad jurídica para enfrentar el caso.
Argumentó que debido a que no se han respetado los plazos legales, no se sentía seguro para que sus colegas aprueben su desafuero y sea sometido a la Justicia. “No existe la más mínima intención de respetar el debido proceso (…). Necesito la garantía para enfrentar el proceso, necesito la garantía política como autoridad electa”, dijo en su defensa.
El hoy diputado Noguera fue socio comercial de la empresa Eventos y Servicios SA (ESSA), que también pertenece al ex gobernador del Guairá y ex ministro del MAG, Rodolfo Friedmann.
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Piden desechar edulcorante con moho independientemente al número de lote
Tras la serie de análisis que ya realizó el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (Inan), se comprobó la presencia de contaminación por hongos filamentosos o moho en más lotes del edulcorante Ka’a Vital, por lo que instan a desechar el producto para evitar cualquier situación que comprometa la salud.
Este viernes, desde el instituto dieron a conocer los nuevos números de lotes que presentan moho, tras realizar un nuevo estudio y atendiendo a que son siete lotes, advirtieron que lo mejor es que desde las casas se deshagan de los edulcorantes de mesa a base de glicósidos de esteviol, sin importar el número de lote.
“Desde el Inan recomiendan a la población abstenerse de consumir los productos de dicha marca. Se insta a desecharlos en caso de tenerlos en casa, independientemente del número de lote”, resaltaron en un nuevo comunicado.
Afirmaron que consumir este producto puede generar una reacción adversa en la salud de las personas. En esta oportunidad solicitaron a la empresa Carlos Gabriel Céspedes Becker (R.E. N.Q 26854716/1) el retiro del mercado nacional de los lotes N° 0131, N° 0135, N° 0139, N° 141, N° 142, N° 143 y N° 145.
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“La medida fue adoptada debido a que, según los resultados de análisis de muestras de los productos los mismos sugieren la presencia de contaminación por moho. Se recomienda a la población abstenerse de consumir los productos de dicha marca”, aseguraron.
Agregaron que en el caso de haber tenido desconocimiento de los resultados anteriormente socializados y que hayan consumido el producto presentado algún malestar o reacción adversa contra la salud deben acudir de inmediato al centro asistencial más cercano.
Según las informaciones con las que se cuenta sobre este tipo de hongos, es que la ingesta prolongada del mismo podría provocar desde dolores estomacales crónicos, alteraciones inmunológicas, renales, neurológicas, hasta cáncer o malformaciones fetales.
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Rechazan pedido de suspender designación de Pucheta en CM
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió no dar lugar al pedido presentado por Enrique Kronawetter para suspender los efectos de la designación de Alicia Pucheta como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura (CM). La máxima instancia judicial considera que los promotores de la acción no pudieron demostrar cuál era el “perjuicio irreparable” de esta designación.
“La Sala Constitucional resuelve no hacer lugar a la suspensión de efectos, solicitada por Alfredo Enrique Kronawetter y Carlos César Trapani por sus propios derechos bajo el patrocinio de los abogados Luis Lezcano Claude y Jorge Rolón Luna del decreto n.° 714 por el cual se nombran representantes del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura”, dice el auto interlocutorio de la Corte.
Kronawetter, exrepresentante del Ejecutivo en el Consejo, presentó esta acción ante la CSJ apuntando a dejar sin efecto la designación realizada por el presidente Santiago Peña, quien postuló a la doctora Alicia Pucheta para ocupar dicho lugar. El exmiembro del Consejo alegó que su permanencia en el órgano debía extenderse hasta el 2026.
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Presidentes de comité rechazan adelantar las elecciones internas
Los consejos de presidentes de Comité de Central y Cordillera se reunieron y decidieron no acompañar el pedido de la Coordinadora de Intendentes Liberales sobre el adelantamiento de elecciones partidarias.
Ambas organizaciones de dirigentes de base expresaron su molestia por la decisión inconsulta de los intendentes, quienes intentan acortar el mandato de las autoridades partidarias, tanto a nivel local como nacional.
Además, anunciaron que en la semana comunicarán al Directorio sus decisiones a fin de que se tenga en cuenta a la hora de tomar una resolución en el pleno de la conducción nacional.
IMPEDIMENTOS LEGALES
Conforme al comunicado que emitieron en conjunto los dirigentes del comité de ambos departamentos, exponen como argumento para oponerse al pedido de adelantar las elecciones internas partidarias, señalan que tropieza con impedimentos constitucionales y legales.
En tal sentido, señalan el artículo 154 de la Ley 1975/02 que modifica la ley electoral que expresa que se establecen dos periodos para la elección de autoridades nacionales, departamentales y partidarias, por lo que las elecciones partidarias deberán indefectiblemente realizarse en forma conjunta con las internas municipales o en su defecto en 2027 con más internas presidenciales.
Por otra parte, la Ley 6318/19 en su artículo 3.° que habla del sistema de votación electrónica será utilizado de manera obligatoria.
Esto obligaría a que en caso de adelantamiento la Justicia Electoral deberá alquilar un año antes las urnas, lo que implicaría una ingente erogación presupuestaria, que el TSJE no tiene previsto.
A todo esto debe sumarse el impedimento de acortar mandatos, situación no prevista en las normativas vigentes, requisito necesario para su aplicación al ser los partidos políticos sujetos de derecho público.
En otro apartado del comunicado, aclaran que sí están de acuerdo con la reforma del estatuto partidario.
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Senado anula la devolución de fueros a tres legisladores
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de resolución por el cual se mantiene el desafuero de los senadores Hernán Rivas, Erico Galeano y Rafael Filizzola. Tras un intenso debate, finalmente los senadores resolvieron aprobar el pedido presentado por la bancada de Honor Colorado.
Se trata del proyecto de resolución “por el cual se derogan los artículos 1.°, 2.° y 3.° de la Resolución n.° 502 dictada por la Honorable Cámara de Senadores, de fecha 4 de abril de 2024, y restablece la vigencia de las resoluciones números 48, 433 y 313, de la Honorable Cámara de Senadores”.
Al inicio del tratamiento de este proyecto de resolución, el senador Derlis Maidana solicitó que el pleno se constituya en comisión para emitir un dictamen sobre la propuesta, lo que fue aprobado por el pleno. En esta instancia, Maidana expuso el dictamen de los abogados constitucionalistas Marcelo Duarte y Luis Lezcano Claude.
LEVANTAMIENTO DE INMUNIDADES
El jurista Marcelo Duarte indicó en su dictamen que “la facultad del Congreso se limita al levantamiento de las inmunidades y su retiro solo afecta a la investigación penal quedando a cargo del juez de la causa decidir sobre la procedencia de las siguientes decisiones procesales solicitadas por las partes”. Exposición que fue presentada por el senador Maidana ante el pleno.
Así también, el abogado señaló en su dictamen que: “el Senado solo tiene la facultad de retirar los fueros a las personas que ocupan determinados cargos, en el caso de los legisladores, en la última parte, del artículo 191 de la Constitución Nacional; no así la facultad de devolvérselos o de otorgárselos a otra persona, por ende, los senadores que fueron despojados de sus fueros recuperarán desde el momento que sean desvinculados de la causa penal por decisión de la instancia judicial”.
En el dictamen del doctor Lezcano Claude, el mismo expone que: “Cuando la Cámara concede el desafuero está diciendo en términos sencillos que está de acuerdo que uno de sus integrantes sea sometido a un proceso penal y lo pone a disposición de la Justicia ordinaria en cuanto a un proceso concreto, con todas las implicancias que ello supone, incluida la posibilidad de la prisión preventiva y por todo el tiempo que sea necesario para el desarrollo del proceso”.
Así también refiere que “admitir que el Senado puede revertir un desafuero implica aceptar que puede interferir en el proceso penal en curso, en cualquier etapa del mismo, no se reconoce a las Cámaras la facultad de revertir un desafuero y de este modo intervenir en el curso normal de un proceso penal llevado a cabo ante la Justicia”.