• POR SILDE OPORTO

Todo un país exigiendo penas más duras y severas contra los crí­menes que involucran a niños, niñas y adolescentes; una sociedad hastiada clama por justicia por los horribles casos que involucran a infantes que cada paraguayo los tomó como suyos. Tantas como Francisca (la niña indígena hallada ase­sinada en inmediaciones de la Terminal) o como Neidelyn (la niña asesinada y calcinada en Minga Guasu) en el país, que levantan la voz de #ConLos­NiñosNo de todo un pueblo que clama por respetar y pro­teger a los niños.

Pero, ¿cuáles serían estos cas­tigos ejemplares para con los criminales de esta índole? El diputado Carlos Rejala pre­sentó un proyecto de ley que causó revuelo: la implementa­ción de la castración química en el Código Penal paraguayo. Más que cuestionamientos, el planteamiento está siendo “bien” aceptado por la ciu­dadanía, que incluso pidió la pena de muerte para este tipo de hechos, pero esta reacción no viene de la nada, sino de un repudio generalizado con estos hechos de violencia que cada vez son más frecuentes.

LA CASTRACIÓN QUÍMICA

El proyecto de ley plantea la modificación del varios artí­culos del Código Penal, que son el 72, 128, 130, 131 y 135. La figura de la castración quí­mica es incluida en el artículo 72 “Clases de medidas”, en lo que respecta a las medidas de vigilancia en su inciso 4) “La castración química de por vida, al cumplir la pena pri­vativa de libertad correspon­diente por haber cometido hechos punibles establecidos en los artículos 128, 130 y 135 de esta misma ley”.

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Siguiendo en el artículo 72 del CP, se plantean las medidas de mejoramiento que establecen la internación en un hospital psiquiátrico y la internación en un establecimiento de des­intoxicación. Mientras tanto, en las medidas de seguridad se establecen la reclusión en un establecimiento de seguri­dad, la prohibición de ejercer una determinada profesión y la cancelación de la licencia de conducir.

OTRAS MODIFICACIONES

Los demás artículos que serán modificados son los 128, 130, 131 y 135. En el artículo 128 “Coacción sexual y viola­ción” se plantea que las penas no sean menores a 20 años, al igual que en los artículos 130 “Abuso sexual en perso­nas indefensas” y 131 “Abuso sexual en personas interna­das”.

Mientras tanto, en el artículo 135 a) “Abuso sexual en niños” se establecen penas desde 10 hasta 25 años, dependiendo de la gravedad y otras circunstancias. Igualmente, en el artículo 135 b) “Abuso por medios tecnológicos” tam­bién será penado con penas de entre 5 y 10 años.

El proyecto fue presentado en la Cámara de Diputados el pasado jueves 5 de marzo y debe ser puesto a conside­ración del pleno. Mientras tanto, otros parlamentarios, como el senador Salyn Buzarquis, también hablan de algunas alternativas de penas en el caso de abuso sexual. El legislador pidió la modificación de varios artí­culos de la Ley Penitenciaria 210/1970. El objetivo es que internos costeen sus gastos y, de paso, aprendan oficios para que logren la reinser­ción social una vez que recu­peren su libertad.

Mientras tanto, el diputado Édgar Ortiz también anunció que presentará un proyecto de castración química. Este proyecto ya había sido presen­tado por el mismo parlamen­tario en el 2017. El diputado invitó a su colega Carlos Rejala a adherirse a su propuesta, atendiendo que el legislador también anunció la presenta­ción de un proyecto de ley del mismo tenor.

SEPA MÁS

¿Qué es la castración química?

La castración química es un término utilizado para describir los medicamentos destinados a reducir la libido y a reducir la acti­vidad sexual, por lo general, para impedir que los violadores, pederastas y otros delincuentes sexuales reincidan. A diferencia de la castración quirúrgica (cuando se eliminan los testículos o los ovarios), en la castración química no se ocasiona un cambio físico permanente en el cuerpo ya que no es una forma de esteri­lización, sino que se administran diferentes medicamentos, por ejemplo, Depo Provera.

En Estados Unidos, en 1966, el sexólogo John Money fue el pri­mer estadounidense en aplicar la castración química al recetar acetato de medroxiprogesterona como tratamiento para los pacientes con impulsos pedófilos. Los países que actualmente aplican la castración son Estados Unidos, Polonia desde el 2010, Rusia desde el 2014, Maldovia desde el 2012, Estonia y Corea del Sur desde el 2013. Mientras tanto, en America Latina, en Perú, se intentó implementar la castración química en el 2017, sin embargo, el Congreso decidió eliminar la figura en el 2018. En Colombia también existe un intento de implementar la misma pena, el proyecto continúa en las instancias legislativas.

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