La jueza de Senten­cia Blanca I. Goros­tiaga resolvió deses­timar la querella interpuesta por Esteban Aquino Bernal, actual ministro de Inteli­gencia, en contra de Cristina Haydee Arrom Suhurt por los hechos punibles de difama­ción, calumnia e injuria.

De acuerdo con trascendidos, la jueza Gorostiaga habría sido “presionada” el viernes pasado por dos ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Al parecer, provino de los minis­tros Eugenio Jiménez Rolón y Manuel Ramírez Candia para que la jueza en cuestión favo­rezca a la hermana del prófugo de la Justicia sindicado como secuestrador Juan Arrom Suhurt.

Blanca Gorostiaga, jueza.

En el considerando que fun­damenta la sentencia emi­tida por la magistrada Blanca Gorostiaga, se expresa cuanto sigue: “Que la República del Paraguay se constituye como Estado parte desde 1993 (…) donde se reconoce la compe­tencia de la Corte Interame­ricana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, (…) conforme a su art. 62 (…) la Corte en los autos que esté conociendo podrá tomar medidas provisionales que considere pertinentes”. A la par, menciona el art. 53 del reglamento de la Corte sobre la “Protección de presuntas víctimas, testigos y peritos (...)”, por lo que el Paraguay, al admitir la querella contra una testigo, estaría violando el art. 53.

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Cabe recordar que Cristina Arrom fue querellada por Esteban Aquino por difama­ción, calumnia e injuria por la testifical que realizó ante la Corte IDH el 7 de febrero del 2019 en la demanda inter­puesta por su hermano Juan Arrom contra el Estado para­guayo por una presunta des­aparición forzosa, que fue totalmente desestimada por los 7 jueces de la Corte IDH. Aquino solicitó una indem­nización de G. 850 millones.

Cristina Arrom sostuvo que identificó una camioneta Blazer que supuestamente pertenecía a Esteban Aquino. Ante esta situación, este plan­teó la querella que fue desesti­mada por el juez Víctor Alfieri el 4 de mayo pasado. Poste­riormente el caso fue elevado a juicio oral y público por la jueza Blanca Gorostiaga el 8 de noviembre pasado.

CRÍTICAS A LA SUPRANACIONALIDAD

Ciertos juristas analizaron la sentencia emitida por la jueza Gorostiaga al tiempo de enfa­tizar la contradicción apa­rente de la magistrada, quien en un momento decidió elevar la causa a juicio oral y público y actualmente la desestimó de manera sospechosa.

“El reco­nocimiento o el instrumento de reconocimiento a la Corte Interamericana de DDHH por parte del Estado paraguayo es inconstitucional. La Carta Magna actual es del año 92, con vigencia inmediata, y el instru­mento de reconocimiento fue un decreto presidencial del año 93. La Ley Suprema establece en el artículo 45 que solo se podrá aceptar dicha competencia por mayoría absoluta de ambas Cámaras del Congreso”, expli­caron juristas consultados.

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