El ministro relator Rogerio Schietti Cruz concedió la medida de urgencia que suspende los efectos del decreto de arresto preventivo emitido contra Horacio Cartes, hasta el juzgamiento del hábeas corpus.
El ministro relator del Tribunal Superior de Justicia del Brasil (Superior Tribunal de Justiça – STJ), Rogerio Schietti Cruz, concedió ayer la medida de urgencia al ex presidente de Paraguay, Horacio Manuel Cartes Jara, por la que se suspende la orden de prisión preventiva decretada en su contra hasta el juzgamiento de méritos del hábeas corpus.
Para el ministro Schietti Cruz, el decreto de prisión no presenta indicios suficientes que justifiquen la restricción ambulatoria interpuesta a la libertad de ir y de venir del peticionario, Horacio Cartes.
En en el marco de la operación “Patrón”, Marcelo Breta, juez responsable de la investigación Lava Jato en Río de Janeiro decretó la prisión preventiva de Horacio Cartes por, supuestamente, disponibilizar US$ 500 mil a favor del empresario Darío Messer, ocurrido en territorio paraguayo.
El Ministerio Público Federal brasileño incriminó a Cartes por una foto de una carta encontrada en un teléfono celular, en la que se solicitaba ayuda monetaria para gestionar la defensa jurídica de Messer. Todo esto fue desestimado por el ministro relator, Rogerio Schietti Cruz, por considerar “obvia la ilegalidad del acto coactivo”, emanado por Marcelo Breta, miembro del equipo de Sergio Moro.
MEDIDA ABERRANTE
Los abogados Carlos Palacios y Pedro Ovelar, miembros del equipo jurídico que ejerce la defensa del ex presidente Horacio Cartes, aseguraron ayer a la tarde en rueda de prensa que con la medida de la justicia brasileña, quedan desestimadas todas las sospechas del Ministerio Público en contra de su cliente. Señalaron que de ahora en adelante la Fiscalía debería continuar su proceso ciñéndose al argumento del fallo judicial.
El abogado Carlos Palacios consideró que la medida de prisión preventiva es “aberrante” por no cumplir con los más mínimos requisitos para que se pueda dictar una medida de restricción de libertad, tan seria y grave contra una persona.
Palacios explicó que “un juez federal había decretado la prisión de Horacio Cartes, y se planteó un hábeas corpus, en Río de Janeiro, ante el Tribunal de Apelación, y en esa instancia no se logró el objetivo de revocar el pedido de prisión preventiva. Entonces, los abogados volvieron a plantear un nuevo hábeas corpus, en Brasilia, ante el Tribunal Superior de Justicia. De vuelta, en ese nuevo hábeas corpus se volvió a pedir una medida de urgencia, para que el relator estudie y resuelva con carácter urgente el pedido de revocatoria de prisión preventiva”.
“En esta 3ra instancia, el ministro Schietti sí entendió la argumentación que se había presentado, de que esta medida cautelar decretada contra Cartes no tenía ni un fundamento, y por lo tanto, acaban de anunciar su resolución revocando esta decisión del juez federal de Río de Janeiro”, explicó Palacios.
VIOLARON PRINCIPIOS
Palacios, consultado sobre la argumentación del ministro Schietti, manifestó que “esta medida preliminar que concede Schietti se da en casos muy excepcionales, cuando resulta flagrante y es evidente por la sola lectura del expediente sin siquiera escuchar al Ministerio Público, de que se han violado todos los principios procesales para decretar una prisión preventiva. Schietti sostiene que la prisión preventiva es una medida muy excepcional, porque afecta la libertad de las personas y que no puede ser decretada cuando los indicios que presentan el Ministerio Público o la Policía Federal son tan endebles como los que se presentaron”, sostuvo Palacios.
EN EL BRASIL
De igual manera, Palacios manifestó que “la justicia concluyó que los hechos destacados por el Ministerio Público y la resolución que pedía la detención no ocurrieron en el Brasil, y por ende, dicha conducta no puede ser juzgada en el Brasil. Señalan que si hubiera ocurrido en dicho país, tampoco sería un ilícito perseguible por la ley brasileña”, expuso.
El abogado añadió que el reciente fallo también menciona que si de haber existido el hecho de “ayuda” a Messer, como dice la fiscalía, de ninguna manera encaja en la acusación como hecho punible de asociación criminal, lavado de dinero, ni ningún otro ilícito tipificado en el código penal del Brasil. “No hay motivos ni argumentos para mantener la orden de prisión”, subrayó.
NO HAY IMPUTACIÓN
El Abog. Palacios recordó que el Ministerio Público aún no ha presentado ninguna imputación ni ha procesado al ex presidente de la República. Aseveró que con esta resolución se marca el camino que debería seguir el órgano investigador, el cual es no procesar a Cartes y dejar sin efecto cualquier tipo de medida en su contra.
“La fiscalía debe tener en cuenta lo que dice la justicia, pero aun así no está definido el procesamiento. (…) Vamos a esperar el desenlace de lo que ocurra en los próximos días”, acotó.
Por último, anunció que el caso debe ser juzgado por el pleno del Tribunal Superior de Justicia, mediante el establecimiento de una terna de dos ministros que se encargarán del juzgamiento.
SE CANCELA NOTIFICACIÓN ROJA DE INTERPOL
Tras la suspensión de los efectos de la prisión preventiva contra el ex presidente Horacio Cartes, resuelto por el ministro relator Rogerio Schietti Cruz, del Tribunal Superior de Justicia (STJ) del Brasil, este comunicó su dictamen al juez de primer grado del Tribunal Regional Federal, 2ª Región (TRF- 2), a los efectos de cancelar todas las órdenes administrativas hechas a la Oficina Central Nacional (OCN) de la Interpol Brasil, con sede en Brasilia. A su vez, la OCN BR remitirá la cancelación de la notificación roja a la Secretaría General de la Interpol, con sede central en Lyon, Francia.
SISTEMA DE COMUNICACIONES I24/7
I24/7 es el sistema de comunicaciones utilizado por la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol). Se trata de un mecanismo a través del cual la OCN Brasil remite el pedido de cancelación de la notificación roja a la Secretaría General. Cabe señalar que los pedidos de cancelación son inmediatos. Cada solicitud de cancelación debe ir acompañada de la orden judicial que deja sin efecto la orden anterior. Al día siguiente se borra del sistema I24/7 de la Interpol.
No existe proceso penal abierto contra Cartes
El Ministerio Público no formuló una imputación, ni en contra del ex mandatario ni de las demás personas incluidas previamente.
El abogado de la defensa, Carlos Palacios, al ser consultado si el ex presidente Horacio Cartes continúa sindicado en algún caso en el Brasil, explicó que “ese pedido de prisión preventiva que solicitó el Ministerio Público, es un pedido previo a un acta de imputación”. Explicó que el Ministerio Público presentó evidencias y solicitó la prisión preventiva, pero todavía no formularon ninguna imputación.
“No existe un proceso penal abierto, ni contra Horacio Cartes, ni contra las demás personas que fueron incluidas en esta orden de prisión preventiva”, indicó Palacios, en contacto con la radio 1080 AM. Palacios indicó que este proceso cautelar ya está resuelto, y que el ex presidente ya no cuenta con pedido de prisión en su contra. Lo que se espera son los siguientes pasos del Ministerio Público, a partir de la revocatoria del pedido de prisión, sostuvo.
En este sentido, explicó que sobre la base del análisis de los colegas brasileños de la defensa, “una vez que el Ministerio Público (Río de Janeiro) consigue una orden de prisión sobre la base de indicios, tienen la obligación de formular una imputación concreta, para que se inicie el proceso penal”. Esa es la movida que esta instancia no realizó, acotó Palacios.
Palacios sostuvo que desconocen cómo actuará a partir de ahora el MPF, tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia que revocó la prisión preventiva. “En su momento, lo único que existía era una orden de prisión preventiva, y esa orden de prisión preventiva ya fue revocada. Por el momento no existe nada contra Horacio Cartes en el Brasil”, aseguró.
El abogado manifestó que se encuentran atentos y expectantes de las siguientes acciones que podrían acontecer en el Brasil.