El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó la Ley N° 6.419 que regula la inmovilización de activos financieros de personas vincu­ladas con el terrorismo y la pro­liferación de armas de destruc­ción masiva. La promulgación de la ley antiterrorismo (18 de noviembre) se da en el marco de la evaluación que realiza el Grupo de Acción Financiera para América Latina (Gafilat).Ese organismo internacional se encuentra evaluando los esfuerzos del Gobierno contra el lavado de dinero y el terro­rismo.

Esta iniciativa legislativa sancionada por el Congreso Nacional el pasado 23 de octu­bre establece regular como medida preventiva de carác­ter administrativo la inmovili­zación inmediata de los fondos y activos financieros de perso­nas físicas o jurídicas, quienes sean calificadas como presun­tos autores que puedan estar relacionados con el terrorismo, la asociación terrorista, el financiamiento al terrorismo o el financiamiento de la proli­feración de armas de destruc­ción masiva.

“La inmovilización se enten­derá como la prohibición de transferencia, conversión, dis­posición o movimiento de fon­dos u otros bienes durante el plazo de vigencia de la medida dispuesta por la autoridad judi­cial competente, conforme al mecanismo de inmoviliza­ción establecido en la pre­sente ley. Los fondos u otros bienes inmovilizados seguirán siendo propiedad de las perso­nas o entidades a quienes per­tenecían al tiempo de dictarse su inmovilización”, expresa el documento.

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Las autoridades del Ejecutivo designadas podrán proponer al Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la inclusión o exclusión de personas rela­cionadas con el terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, con los motivos que sustenten la apli­cación de la medida.

Cabe mencionar que con esta nueva normativa se deroga la Ley 4.503 “De la Inmovi­lización de Fondos o Activos Financieros”, promulgada el 26 de octubre del 2011.

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