El representante regio­nal del Alto Comisio­nado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Juan Carlos Muri­llo, se reunió con el canciller Antonio Rivas y conversaron sobre el caso Arrom-Mar­tí-Colmán. El canciller comentó que el ACNUR sos­tiene que las credenciales no fueron emitidas por ellos, pero sí participaron de las negociaciones con Finlandia.

Sobre el citado caso, cabe recordar que los procesos llevados a cabo en Uruguay previo al otorgamiento del estatus de refugiados y can­celación de la extradición solicitada por Paraguay, la Core, en su informe elaborado junto con el ACNUR, agregó y documentó que “atento a las razones que se expresa­ron, consideraron oportuno buscar opciones de reasenta­miento, obteniendo una res­puesta positiva por parte del Estado de Finlandia”.

La gestión realizada dio como fruto que Finlandia manifestó su disposición de recibir a los tres ciudadanos paraguayos como refugiados reasentados y facilitarles la documentación necesaria para su traslado, agregando como soporte probatorio de ello los carnets de residencia expedidos por el gobierno de Finlandia a A.M.M. Nº FIN XXXXX, de J.F.A. FIN XXXX y de V.C. FIN XXXX. Previa­mente, se elaboró una “ficha técnica de reasentamiento de ACNUR de agosto del 2019”.

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DOCUMENTOS DE VIAJE

Debido a que los refugiados no pueden utilizar los pasapor­tes expedidos por sus países de origen, es necesario algún otro tipo de documentación de viajes. Por lo general, se alienta a los Estados de rea­sentamiento a emitir docu­mentos para facilitar los via­jes. En el caso particular de los conciudadanos, Finlan­dia otorgó a Juan Arrom y a Anuncio Martí un docu­mento diplomático llamado “Laissez-passer de las Nacio­nes Unidas”. No obstante, no se sabe por qué a Víctor Col­mán se le otorgó una cédula de identidad de Finlandia.

MANUAL DEL ACNUR

De acuerdo con el Manual de Reasentamiento del Alto Comisionado de las Nacio­nes Unidas para los Refugia­dos (2011), se especifican los “preparativos para la salida y monitoreo”. Después de que un refugiado es aceptado para el reasentamiento, general­mente deben llevarse a cabo diversas formalidades antes de la salida. Pueden incluir las siguientes actividades: aseso­ramiento y orientación cultu­ral previos a la salida, exáme­nes médicos y seguimiento, visa de salida y preparativos del viaje, arreglos de acompa­ñamiento y tránsito.

Cada Estado de reasenta­miento, en este caso Finlan­dia, establece sus propios requisitos específicos pre­vios a la salida y es responsa­ble de cubrir sus costos. Cada Estado determina también los servicios de orientación previos a la partida que ofrece a los refugiados y si contra­tará a una organización socia o prestará estos servicios directamente.

VIAJE ACELERADO

De acuerdo con el Manual de Reasentamiento, tanto las oficinas del ACNUR y los socios deben tomar medidas excepcionales para acelerar los preparativos de salida para los casos urgentes y de emergencia. El ACNUR también debe monitorear la situación de protección de las personas vulnerables, inclu­yendo mujeres y niñas en situación de riesgo, dentro de los casos con prioridad “nor­mas” y garantizar su rápida tramitación.

LAISSEZ-PASSER (ONU) DE ARROM Y MARTÍ

El “Laissez-Passer” (dejar pasar) de las Naciones Unidas (UNLP o LP) es un documento de viaje diplomático emitido por las Naciones Unidas en virtud de las disposiciones del Artículo VII de la Convención sobre los Privilegios e Inmu­nidades de las Naciones Uni­das de 1946. El UNLP se emite al personal de la ONU y de la OIT, así como a los miembros del personal de organizacio­nes internacionales. El docu­mento está escrito en inglés y francés.

El UNLP es un docu­mento de viaje válido, que se puede usar como un pasa­porte nacional (en relación con viajes solo en misiones oficiales). Este documento fue “supuestamente” otorgado por la República de Finlandia a dos (Arrom y Martí) de los tres prófugos (Colmán con cédula de Finlandia). La mayoría de los funcionarios tienen un UNLP azul (hasta el nivel D-1), que es similar en estado legal a un pasaporte de servicio (con inmunidad diplomática limi­tada). De acuerdo con el Ser­vicio Migratorio Internacional, los tres prófugos salieron de Aeropuerto de Carrasco el 8 de octubre.

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