La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley que modifica el artículo 245 del Código Procesal Penal (CPP), que hace referencia a la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva. Con esta modificación, los jueces tendrán la facultad absoluta de determinar la prisión preventiva en cada causa con cada presupuesto establecido ya en el Código Procesal Penal. El proyecto vuelve a la Cámara de Senadores.

La propuesta legislativa, originada en la Cámara de Senadores, se presentó ante la crisis que soporta el sistema penitenciario con una importante sobrepoblación y hacinamiento de reos, “causados por el abuso de la prisión preventiva, propiciado por la Ley N° 4.431/11 que, según la exposición de los legisladores, ha contribuido a un aumento exponencial de la cantidad de personas prevenidas”.

La diputada Rocío Vallejo defendió el dictamen en minoría de la Comisión de Asuntos Constitucionales, con el cual pretende “devolver la institucionalidad”.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

El dictamen señala que el juez, de oficio, deberá imponer alguna de las medidas alternativas o sustitutivas, que son detalladas en el proyecto de modificación.

“Finalmente modificamos el texto que vino del Senado, se saca el catálogo introducido por el Senado. En cada caso el juez tendrá que analizar si se dan los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal”, explicó Vallejo. El pasado jueves, la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la modificación del Código Procesal Penal, que establece las medidas para la ejecución de la prisión preventiva.

Déjanos tus comentarios en Voiz