Según lo informado por el fiscal de Asuntos Internacionales del Ministerio Público, Manuel Doldán Breuer, sus pares del Brasil le notificaron que la presentación de la apelación ante el ministro de Justicia, Sergio Moro, fue registrada en el sistema informático de la Conare antes de la medianoche de la fecha límite, el lunes 1 de julio último.
Doldán explicó que la ratificación o no queda ahora en total esfera del ministro Moro y que se trata de una decisión unipersonal de este en atender la apelación, siendo ya la última instancia en materia de refugio.
Los encargados del Ministerio de Justicia se están abocando a preparar los documentos para presentarlos al ministro Moro, como también para el cuerpo diplomático paraguayo. También mencionó que la misma abogada, que representa a los 3 refugiados, presentó vía electrónica la apelación a la decisión de la Conare.
LO QUE DICE EL ESTATUTO
Según la ley interna del Brasil Nº 9.474/97 “De los mecanismos del Estatuto de Refugiados”, en el capítulo V, Del Recurso, en el Art. 31 se explica que “La decisión del ministro de Estado de Justicia no será pasible de recurso, debiendo ser notificada a la Conare para ciencia del solicitante y al Departamento de la Policía Federal, para las providencias debidas”.
Asimismo se estipula en la ley, en el Art. 32, que “En el caso de un rechazo definitivo de refugio quedará el solicitante sujeto a la legislación de extranjeros, no debiendo ocurrir su transferencia para su país de nacionalidad o de residencia habitual, en cuanto permanezcan las circunstancias que ponen en riesgo su vida, integridad física e libertar, salvo en las situaciones determinadas en los incisos III e IV del Art. 3º de esta ley”.