Algunos senadores colorados aseguran que la aplicación del artículo 201 de la Constitución Nacional, respecto a la pérdida de investidura de un legislador, debe darse una vez que concluya el proceso judicial y se dicte una sentencia firme y ejecutoriada. En ese sentido, lamentan que el actual cuerpo legislativo está interpretando a su manera la Constitución, violentando los derechos públicos.

En ese sentido, el líder de la bancada de Honor Colorado, Juan Darío Monges, sostiene que la pérdida de investidura en este momento se está dando mayormente con base en publicaciones periodísticas, que dan como hecho fehacientemente un delito. “He sostenido y me mantengo que la pérdida de investidura deviene de una sentencia firme y ejecutoriada, y una vez que así resuelva la Justicia, se pierde la investidura por causa de esa sentencia firme y ejecutoriada”, expresó el legislador.

Indicó, además, que la Constitución no puede ser interpretada a la medida porque está basada en el derecho público, que establece que todo aquello que no está expresamente establecido, está prohibido. Por lo cual, manifestó que el artículo 201 de la Constitución deberá ser modificado o tener una precisión al momento que se lleve adelante una constituyente.

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POSTURA DE BARRIOS

Igualmente, su colega de bancada, el doctor Antonio Barrios, coincidió con el senador Monges en señalar que la aplicación de la pérdida de investidura se debería dar en aquellos procesos judiciales que han llegado a término. “Se deberían llevar a cabo aquellas pérdidas de investidura cuando los procesos están terminados. Debemos respetar la institucionalidad porque de lo contrario esto sería una joda total”, expresó.

Los legisladores de la bancada de Honor Colorado reclaman el respeto a la institucionalidad, teniendo en cuenta que los dos casos en que se aplicó el artículo 201 para excluir del Senado a Óscar González Daher y Víctor Bogado estaban basados en publicaciones periodísticas y no en procesos culminados. En cambio, cuando solicitaron la pérdida de investidura de Enrique Salyn Buzarquis, que estuvo con proceso concluido y una condena suspendida con el pago de una millonaria multa, no se aplicó de igual manera la sentencia.

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