El analista político Hugo Estigarribia dio su parecer acerca de la modificación implemen­tada en el estatuto partida­rio de la Asociación Nacional Republicana (ANR). Sostuvo que la ampliación de la anti­güedad de afiliación que se requiere para cargos electo­rales no afectará a aquellos que lo hicieron con el esta­tuto actual. No obstante, refirió que la antigüedad de afiliación puede ser buena o mala, dependiendo de la situación y que hubiera sido interesante “tocar” también en el estatuto lo relativo a la conducta y antecedentes de los candidatos.

Asimismo, señaló que con esto se vuelve al estado ante­rior, en el cual se reque­ría mayor antigüedad para determinados cargos, no la antigüedad de un año que se estableció en aquella Conven­ción del 2011. “Eso rige para el futuro, rige para los afilia­dos de ahora en adelante, los afiliados del 2011 hasta ahora se rigen por esa modificación estatutaria. Ninguna norma tiene efecto retroactivo; entonces, así como rigió del 2011 en adelante, que bene­fició al señor Horacio Cartes, a Santiago Peña, asimismo no rige para ellos hasta que se publique”, indicó el analista.

Hugo Estigarribia.

Explicó que la norma recién obliga desde su publicación, que en este caso sería la página web del partido, órgano ofi­cial. “Para Santiago Peña no rige, porque en su caso se rige con el viejo estatuto, para los nuevos afiliados sí rige, para los que se afilien acá en ade­lante”, insistió.

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ELIMINAR CANDIDATOS CON ANTECEDENTES

Por otra parte, Estigarribia señaló que sería más inte­resante que el estatuto sea modificado para limitar las candidaturas de los afilia­dos que cuentan con antece­dente, como ya viene siendo habitual. “Aunque rige la pre­sunción de inocencia en las generales, sin embargo en los partidos se pueden regular la presencia de personas impu­tadas, indiciadas. Eso sería interesante que se modifi­que”, mencionó.

Señaló que pese a que la anti­güedad es importante, tam­bién podría ser mala cuando hay que incluirle a una per­sona prestigiosa que se afilia. “Puede ser un retroceso o no, para proteger realmente los intereses de la nucleación, no solamente basta tocar la anti­güedad sino que hay que tocar también la conducta de un candidato, que aunque esté protegido por la presunción de inocencia los partidos pue­den regular esto”, cuestionó.

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