Víctor Cano Piris, periodista, victor.cano@gruponacion.com.py
El procurador general de la República, Sergio Coscia Nogués, detalla todo el proceso desarrollado con relación a la demanda en el caso Nº 12.685 “Juan Francisco Arrom Suhurt, Anuncio Martí Méndez, Víctor Antonio Colmán Ortega, Ana Rosa Samudio de Colmán, Jorge Samudio Ferreira vs Estado paraguayo” y de los 23 familiares de los accionantes, eventuales beneficiarios de una indemnización que podría alcanzar los US$ 123 millones.
–¿Podría explicarnos los inicios del caso?
–La actual causa que llevamos es absolutamente distinta a todas las que se llevaron a cabo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El contexto de la denuncia que le hacen al Estado paraguayo los señores Juan Francisco Arrom y Anuncio Martí Méndez surge justamente a raíz de la causa “De los Santos Saldívar”. Esta es la investigación que existe por el secuestro de la señora María Edith Bordón de Debernardi que involucra a Arrom, Martí y Colmán. Este caso es el antecedente de la actual acción.
–¿En qué sentido le precede al actual caso?
–Le precede por una cuestión muy sencilla; estas personas que ahora denuncian al Estado paraguayo están intentando utilizar el sistema interamericano de derechos humanos como una coartada para quedar exculpados o para que se declare la nulidad de la persecución penal que se hizo en su contra por el caso “De los Santos Saldívar”. Esto está probado con hechos. Yo mismo, en la audiencia pública del 7 de febrero pasado, le pregunté al señor Juan Arrom si es que era de su interés y si sería una de sus exigencias retirar la causa “De los Santos Saldívar” para quitar la demanda al Estado paraguayo, y él me respondió que no. Pero existe un documento que indica lo contrario, firmado en la Procuraduría General de la República, en el que ellos manifestaron que era de su interés que se declare la nulidad del caso “De los Santos Saldívar” en el que estaban sindicados. Entonces, así quedarían sin causa y exculpados.
–¿Cuál sería el otro antecedente importante para entender mejor la causa?
–El segundo aspecto a tener en cuenta sería la denuncia que ellos (Arrom y Martí) plantean, totalmente oportuna para sus intenciones, ¿por qué? Pues a la señora De Debernardi la liberan el día 19 de enero del 2002. Ellos, cuando hacen la denuncia el 30 de enero, al ser “liberados”, alegan que se encontraban desaparecidos desde el 17 de enero. Esto les pone a ellos en contexto para decir que en esos 3 días entre los que se libera a la señora De Debernardi se encontraban secuestrados. Esa es su única intención, su intención final y lo ponen por escrito. Están utilizando el sistema interamericano con un objetivo claro, quedar fuera y desvinculados de la causa que se les sigue por el secuestro.
–¿Cómo seguiría esa causa contra estas personas en Paraguay?
–Es de interés de ellos la resolución de nulidad absoluta en la instancia de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay del proceso fiscal abierto por el Ministerio Público en contra de Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colmán. Ellos esperan que se extinga la causa, pero Paraguay tiene decretada su rebeldía. En algún momento ellos volverán al país a someterse a la Justicia. De eso hay certeza absoluta. Estamos confiados en que se hará Justicia en el caso del secuestro de la señora María Edith.
–¿Cómo llegó el caso Arrom y Martí a la Comisión y luego a la Corte?
–Para que la ciudadanía comprenda, la Comisión y la Corte Interamericana son dos instancias diferentes. La Comisión es la que admite y presenta el caso a la Corte, esta última está compuesta por 7 jueces, que tienen la función de dictaminar sobre los casos que le presenta la Comisión, compuesta por 7 comisionados. El 23 y el 27 de setiembre del 2002, la Comisión recibe la petición de Marina y Cristina Arrom que alega la responsabilidad internacional del Estado en perjuicio de su hermano y Anuncio Martí. Funda su causa en que fue mal llevado el caso del “Subcomisario Saturnino Antonio Gamarra y otros s/ secuestro, tortura y otros” sobre la detención arbitraria de Arrom y Martí desde el 17 hasta el 30 de enero del 2002. El día 30 de enero del 2002, día de la “liberación” de Arrom y Martí, ellos ya tenían una orden de captura que se libró el día 19 de enero, día en que se le liberó a la señora María Edith. ¿Y qué hacen las hermanas Arrom? Presentan un habeas corpus. Y ahí empieza la investigación del caso del subcomisario Saturnino Gamarra. Es aquí donde pierde valor el alegato de la representación de Arrom y Martí, que la Fiscalía no investigó de oficio; es que no había que investigar, ya que se inició con el habeas corpus, se puso en esfera pública. Desde el habeas corpus en adelante nunca se interrumpió la actividad procesal del Estado paraguayo.
–¿La Comisión contó con toda la información a la hora de admitir el caso?
–La Comisión ni siquiera tenía toda la documentación a la vista. Todo el informe 100/17 (informe de fondo) está basado en presunciones e indicios, notas periodísticas y el informe de la Codehupy. Yo creo que tenemos que entender el contexto político en aquella época y el porqué de los ataques en contra de determinadas personas. Lo que sí queda claro es que había una campaña de desinformación o al menos desprestigio al Gobierno. Entonces, en ese contexto surgen todas las declaraciones de toda la gente de izquierda, de todos los familiares y de todas las personas que estaban en contra del Gobierno, y esas declaraciones son las cabeceras de este proceso. Ellos (Arrom y Martí) inclusive no tuvieron un certificado médico, ellos tienen un informe médico que no es lo mismo, en el que dice que estaba firmado por médicos voluntarios que se acercaron en el momento al interesarse por haber escuchado por la prensa que ellos habían sido liberados. Cuando los médicos firmaron el informe médico, ni siquiera estaban en presencia de Arrom y Martí. Hubo un grupo de manifestantes políticos y familiares que ni siquiera dejó entrar a la Fiscalía al lugar. La Comisión acusa al Estado paraguayo sin siquiera tener toda la documentación. En ese párrafo 187, la CIDH reconoce y dice: “Hemos encontrado indicios, pese a que no contamos con toda la documentación”. Y, sin embargo, igual la Comisión acusa a Paraguay. Ellos no deberían haber acusado nunca, ya que ni siquiera tenían toda la documentación a la vista. Cualquiera diría que esa información la debe arrimar el Estado paraguayo, lo cual es absolutamente falso, ¿por qué? Porque ellos están fundando su acusación sin tener la documentación.
–¿Cómo refutan el alegato de que el Estado no respetó la presunción de inocencia con los carteles ofreciendo recompensa por la captura de Arrom y Martí?
–Ellos alegan que no se respetó la presunción de inocencia por un cartel en vía pública que se sacó en el período del presidente Fernando Lugo, que decía: “Se busca a enemigos del pueblo paraguayo”. La violación de la presunción de inocencia en este caso es absolutamente falsa. En primer lugar, hay una falta de agotamiento de las instancias. Ejemplo: Si sobre vos publican un cartel que dice se busca, y vos realmente te sentís afectado, presentás un habeas data, demandas civilmente, sacás una solicitada para que no se publique o se retire de vía pública. Pero qué era lo que pasaba en sus casos, es que ellos ya estaban acusados por el caso de “De los Santos Saldívar”, estaban siendo buscados y estaban prófugos. Lo que decía el cartel era cierto.
–¿Cuál es su opinión sobre la actuación de la Comisión Interamericana?
–Debo aclarar que yo, procurador, nunca he emitido un juicio de valor negativo respecto a la Corte, sí respecto a la Comisión. Y me sigo ratificando en eso porque la Comisión acusa sin tener hechos con valor probatorio en base a indicios y presunciones, sin tener toda la documentación. Entonces, fue improcedente la admisión del caso, esto no debería haber llegado a la Corte. Hay otro hecho: ellos (la Comisión), por ejemplo, se opusieron a nuestros testigos presenciales. Todos valoramos la testifical de manera presencial respecto a una testifical de manera escrita que nadie ve. De hecho, ganamos en este punto porque logramos que vaya Édgar Sánchez. Pese a que el 99% de las reposiciones se rechaza, logramos eso, sumamos un testigo. Esto es muy importante señalar. Al ir Édgar Sánchez, nosotros tenemos mayor amplitud probatoria y tenemos la capacidad de que nuestro testigo responda a las consultas de la Corte, esa era nuestra intención. Pero la ciudadanía debe saber por qué la Comisión se opuso, y fue por economía procesal. Analicemos esto: tenés hace 17 años la causa y hoy, por economía procesal, alegás que no puede declarar un testigo del Estado. Por eso nos opusimos tan tenazmente, pedimos que venga nuestro testigo y la Corte hizo lugar a nuestro pedido, y fue un testigo más.
–¿Qué percepción tiene hacia la Corte luego de la audiencia?
–Resulta que nosotros presentamos nuestra defensa de manera contundente. En la Corte, a los jueces les quedó claro que las supuestas víctimas estaban mintiendo. Por citar un hechos: Marina Arrom estaba casada con el hermano de María Edith, el señor Guillermo Bordón. De hecho, la señora Cristina Arrom, quien decía no conocer a la familia, actuaba como sicóloga de los hijos de María Edith durante su secuestro. Este hecho trascendió. Llamó la atención de los jueces que la señora Cristina Arrom diga: “Sí, yo tenía un trato familiar, pero no la conozco bien”. Cuando le preguntan, ¿usted sabía sobre el secuestro? Ella responde: “Sí, creo que a una tal Edith Bordón le secuestraron”. En ese momento ella estaba mintiendo, actuando. Todo esto quedó patente y latente ante los jueces después de la audiencia. Salimos satisfechos de la audiencia ante la Corte porque realmente se pudo comprobar que el hecho fue montado. Está montado por dos motivos fundamentales: el primero, querer utilizar el sistema interamericano de DDHH para quedar desvinculado de una investigación por secuestro. El segundo es porque les gustó la parte económica, por eso ellos juegan con los montos, tantean un monto para ver cuánto consiguen.
–¿Qué pasó con la Comisión a la vuelta de la delegación paraguaya de San José, Costa Rica?
–Cuando volvimos a Paraguay, la Comisión nos notifica de 7 causas nuevas, nuevas en notificación, porque realmente estas causas tienen 7, 10, 15 años. Y nuevamente nos encontramos con ellos (la Comisión) que a sabiendas que el Estado paraguayo tenía que presentar los alegatos escritos, nos mandan más pedidos. La Comisión dispone que respondamos hasta la quincena de marzo.
–¿Cuál fue el papel del comisionado brasileño Paulo Vannuchi, miembro de la CIDH?
–Es el comisionado brasileño, relator para Paraguay, quien inicialmente tuvo la causa Arrom y Martí. Nosotros estamos seguros de que él fue el que llevó la causa hasta la Corte IDH. Es el mismo que les consigue luego el estatus de refugiados ante el Conare. Está vinculado a este proceso.