La titular de la Secreta­ría Nacional de Admi­nistración de Bie­nes Incautados y Comisados (Senabico), Karina Gómez, aseveró que la norma que per­mite que los bienes comisados por hechos ilícitos pasen a ser administrados por la institu­ción o puestos en venta a tra­vés de la aprobación de un juez, no viola el derecho de la pro­piedad y agregó que la misma es más “garantista” de lo que se cree.

–¿Qué opina sobre la acción de inconstitucionalidad que analiza el abogado del supuesto narco Reinaldo “Cucho” Cabaña?

–Yo mal podría juzgar las acciones y actitudes de un colega a quien respeto sufi­cientemente. Él tiene toda la libertad dentro del ejercicio de la profesión de presentar las acciones que crea compe­tente, pero si es que la versión versa por lo que yo calculo sobre la inconstitucionali­dad en cuanto al derecho de la propiedad, entonces lo que yo puedo decir es que ese dere­cho de propiedad no se ve vul­nerado porque la Constitución Nacional protege la propiedad privada de las personas y dice que existen solamente dos for­mas de sacarle la propiedad privada a un paraguayo, que sería por medio de la expropia­ción y por medio de una sen­tencia judicial. En este caso, la propiedad sigue siendo del señor Cabaña. La ley no vul­nera ese derecho de propiedad.

–¿Qué es lo que estipula la ley de la Senabico?

–La ley lo que dice es que se administra los bienes hasta tanto exista una sentencia judicial, porque el Minis­terio Público considera que son bienes sujetos a comisos dentro del proceso de inves­tigación. Nosotros cuidamos los bienes como si fuésemos el señor Cabaña; entonces, en este sentido lo que hacemos es un análisis técnico para ver cómo se podría mantener el bien en el sentido comercial y en el sentido de manteni­miento del valor y que no se deteriore durante la inves­tigación, a diferencia de lo que se hacía anteriormente, que era dejar los bienes en un depósito mucho tiempo y que luego ya se perdían en cuanto a su funcionamiento.

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–¿La ley de la Senabico con­templa el uso de estos bie­nes?

–La ley también establece que a diferencia de lo que se hacía antes que es entregar los bienes a las instituciones del Estado por medio de la figura del depositario judicial (que sería cualquier persona), ahora lo que se hace es entre­gar a uso provisional a la Sena­bico para que se una al Estado dando preferencias a la lucha contra el crimen organizado. En ese sentido, está amparada por la ley y se hace como un acuerdo específico que dice cómo se debe cuidar, mante­ner y en qué estado se tiene que devolver, siempre pen­sando eso; que en cualquier momento se le puede devolver al señor Cabaña.

–¿Los bienes incautados podrán ser vendidos por la Senabico?

–Sí se podrá. También se encuentra esa parte de la ley que establece la venta anti­cipada, que dice que cuando el bien sea de difícil admi­nistración o sea muy mayor su mantenimiento, la Sena­bico podrá remitir al juzgado la venta anticipada del bien. Dentro de este proceso se le corre traslado al titular del bien y el mismo tiene la opción de oponerse o acceder incluso de sugerir, entonces es el juez quien decide si es mejor ven­derlo o no.

–¿En el caso de que uno de los bienes de Cabaña fuese ofertado, el dinero quedará al Estado?

–Acá se le da participación a la parte, siempre considerando que de la venta de ese bien, la plata no podrá disponer el Estado, el dinero se guarda en una cuenta bancaria que está vinculada a la causa y eso genera interés. Se puede hacer trabajar también ese dinero, pero el producto de eso en el hipotético caso que se deba devolver algo al señor Cabaña cuando salga sobreseído, se le dará el dinero que se generó a raíz de la venta con los intere­ses del mismo.

–¿Por qué cree que el repre­sentante de Cabaña busca accionar contra la ley de la Senabico?

–Hablando mal y pronto, la ley es mucho más garantista de lo que se piensa y el mismo doctor (Filemón Meza, abo­gado de Cabaña) lo sabe, por­que tuvo varios clientes en esa situación. Aún existe una institución del Estado que da la cara y que dice noso­tros vamos a hacernos res­ponsables, incluso sujetos a demandas posteriores el día de mañana porque nuestro trabajo es devolver el bien en el mismo estado que nos han entregado.

–¿La ley podría presentar vulnerabilidades respecto al derecho de la propiedad privada ?

–No se ve vulnerado el dere­cho de propiedad porque sigue siendo del mismo hasta que exista una sentencia; en todo caso lo que se haría si es que se llega a vender por ejem­plo, transformar la cosa. El derecho de propiedad sigue siendo igual; ya no será un auto, pero es dinero y será del señor Cabaña. Yo no le criti­caré porque ejerce la función y es loable, pero desde mi punto de vista, la ley no es inconsti­tucional bajo ningún sentido, no voy a tocar ese criterio de que es ilógico, porque no soy quién. En este caso es la Corte Suprema de Justicia la que determinará, pero yo no veo ningún tipo de vulnerabilidad. Esto ya se debatió mucho en el Congreso Nacional cuando estaba en proceso de estudio en el 2017 y se tuvo mucho cui­dado precisamente en no tocar ese derecho de propiedad.

–El abogado Meza dijo que los bienes de “Cucho” deben ser resguardados debido a que son pruebas, ¿qué opina sobre esa postura?

–El uso de estos bienes por parte del Estado no permitirá que se pierdan las evidencias, porque al entregar a la Sena­bico se entiende que se tuvo que extraer todo tipo de ele­mentos probatorios. Si es una evidencia principal, eviden­temente tiene que estar den­tro de una cadena de custo­dio y en un lugar resguardado cuando se considera una evi­dencia fundamental.

–¿Otros bienes de Cabaña serán alquilados u oferta­dos?

–Solicitaremos la venta anti­cipada del Lamborghini una vez que culmine la feria judi­cial, ya que a partir de febrero trabajan normalmente los juzgados. Esto se estaría solicitando al juez el permiso correspondiente. Se podrá ofertar si tenemos el permiso legal, sin problemas. El per­miso es solicitado al juez de la causa, nosotros establecemos el monto mediante un análisis de mercado.

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