La titular de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico), Karina Gómez, aseveró que la norma que permite que los bienes comisados por hechos ilícitos pasen a ser administrados por la institución o puestos en venta a través de la aprobación de un juez, no viola el derecho de la propiedad y agregó que la misma es más “garantista” de lo que se cree.
–¿Qué opina sobre la acción de inconstitucionalidad que analiza el abogado del supuesto narco Reinaldo “Cucho” Cabaña?
–Yo mal podría juzgar las acciones y actitudes de un colega a quien respeto suficientemente. Él tiene toda la libertad dentro del ejercicio de la profesión de presentar las acciones que crea competente, pero si es que la versión versa por lo que yo calculo sobre la inconstitucionalidad en cuanto al derecho de la propiedad, entonces lo que yo puedo decir es que ese derecho de propiedad no se ve vulnerado porque la Constitución Nacional protege la propiedad privada de las personas y dice que existen solamente dos formas de sacarle la propiedad privada a un paraguayo, que sería por medio de la expropiación y por medio de una sentencia judicial. En este caso, la propiedad sigue siendo del señor Cabaña. La ley no vulnera ese derecho de propiedad.
–¿Qué es lo que estipula la ley de la Senabico?
–La ley lo que dice es que se administra los bienes hasta tanto exista una sentencia judicial, porque el Ministerio Público considera que son bienes sujetos a comisos dentro del proceso de investigación. Nosotros cuidamos los bienes como si fuésemos el señor Cabaña; entonces, en este sentido lo que hacemos es un análisis técnico para ver cómo se podría mantener el bien en el sentido comercial y en el sentido de mantenimiento del valor y que no se deteriore durante la investigación, a diferencia de lo que se hacía anteriormente, que era dejar los bienes en un depósito mucho tiempo y que luego ya se perdían en cuanto a su funcionamiento.
–¿La ley de la Senabico contempla el uso de estos bienes?
–La ley también establece que a diferencia de lo que se hacía antes que es entregar los bienes a las instituciones del Estado por medio de la figura del depositario judicial (que sería cualquier persona), ahora lo que se hace es entregar a uso provisional a la Senabico para que se una al Estado dando preferencias a la lucha contra el crimen organizado. En ese sentido, está amparada por la ley y se hace como un acuerdo específico que dice cómo se debe cuidar, mantener y en qué estado se tiene que devolver, siempre pensando eso; que en cualquier momento se le puede devolver al señor Cabaña.
–¿Los bienes incautados podrán ser vendidos por la Senabico?
–Sí se podrá. También se encuentra esa parte de la ley que establece la venta anticipada, que dice que cuando el bien sea de difícil administración o sea muy mayor su mantenimiento, la Senabico podrá remitir al juzgado la venta anticipada del bien. Dentro de este proceso se le corre traslado al titular del bien y el mismo tiene la opción de oponerse o acceder incluso de sugerir, entonces es el juez quien decide si es mejor venderlo o no.
–¿En el caso de que uno de los bienes de Cabaña fuese ofertado, el dinero quedará al Estado?
–Acá se le da participación a la parte, siempre considerando que de la venta de ese bien, la plata no podrá disponer el Estado, el dinero se guarda en una cuenta bancaria que está vinculada a la causa y eso genera interés. Se puede hacer trabajar también ese dinero, pero el producto de eso en el hipotético caso que se deba devolver algo al señor Cabaña cuando salga sobreseído, se le dará el dinero que se generó a raíz de la venta con los intereses del mismo.
–¿Por qué cree que el representante de Cabaña busca accionar contra la ley de la Senabico?
–Hablando mal y pronto, la ley es mucho más garantista de lo que se piensa y el mismo doctor (Filemón Meza, abogado de Cabaña) lo sabe, porque tuvo varios clientes en esa situación. Aún existe una institución del Estado que da la cara y que dice nosotros vamos a hacernos responsables, incluso sujetos a demandas posteriores el día de mañana porque nuestro trabajo es devolver el bien en el mismo estado que nos han entregado.
–¿La ley podría presentar vulnerabilidades respecto al derecho de la propiedad privada ?
–No se ve vulnerado el derecho de propiedad porque sigue siendo del mismo hasta que exista una sentencia; en todo caso lo que se haría si es que se llega a vender por ejemplo, transformar la cosa. El derecho de propiedad sigue siendo igual; ya no será un auto, pero es dinero y será del señor Cabaña. Yo no le criticaré porque ejerce la función y es loable, pero desde mi punto de vista, la ley no es inconstitucional bajo ningún sentido, no voy a tocar ese criterio de que es ilógico, porque no soy quién. En este caso es la Corte Suprema de Justicia la que determinará, pero yo no veo ningún tipo de vulnerabilidad. Esto ya se debatió mucho en el Congreso Nacional cuando estaba en proceso de estudio en el 2017 y se tuvo mucho cuidado precisamente en no tocar ese derecho de propiedad.
–El abogado Meza dijo que los bienes de “Cucho” deben ser resguardados debido a que son pruebas, ¿qué opina sobre esa postura?
–El uso de estos bienes por parte del Estado no permitirá que se pierdan las evidencias, porque al entregar a la Senabico se entiende que se tuvo que extraer todo tipo de elementos probatorios. Si es una evidencia principal, evidentemente tiene que estar dentro de una cadena de custodio y en un lugar resguardado cuando se considera una evidencia fundamental.
–¿Otros bienes de Cabaña serán alquilados u ofertados?
–Solicitaremos la venta anticipada del Lamborghini una vez que culmine la feria judicial, ya que a partir de febrero trabajan normalmente los juzgados. Esto se estaría solicitando al juez el permiso correspondiente. Se podrá ofertar si tenemos el permiso legal, sin problemas. El permiso es solicitado al juez de la causa, nosotros establecemos el monto mediante un análisis de mercado.