Otro aspecto que genera duda e incertidumbre en torno a la creación del Ministerio de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (Micotic), que pretende fusionar la Sicom con la Senatics, además de tener un control sobre la Conatel y la Copaco, es que también podrá disponer del 50% de los recursos que actualmente el ente regulador de las telecomunicaciones recauda en concepto de Fondo de Servicios Universales.
Así está establecido en el proyecto de ley que fue presentado hace dos semanas en la Cámara de Diputados, cuyo proyectista principal es el diputado colorado Arnaldo Samaniego y que se pretende aprobar a tambor batiente.
El presidente electo, Mario Abdo Benítez, confirmó a su ex compañero de colegio Alejandro Peralta Vierci, ex gerente de medios del Grupo Vierci, y sobrino del empresario Antonio J. Vierci, como la persona que estará al frente de este nuevo ministerio.
Según se lee en el capítulo IV del Régimen Económico del proyecto que crea el Micotic, en su artículo 16 referente al patrimonio de la institución, enumera cómo estará constituido. En el artículo 18 se menciona que el futuro ministerio absorberá el Fonted, que son recursos provenientes de los fondos destinados al sector de las “TICs” en la educación y la inclusión digital. Se aclara que forman parte del Fonted “...el 50% de los recursos afectados al Fondo de Servicios Universales, administrados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel)”.
Es decir, el Micotic absorberá el 50% del Fondo de Servicios Universales del ente regulador.
LAS CIFRAS
A juzgar por los números que actualmente maneja la Conatel en concepto de Fondo de Servicios Universales, en los últimos cinco años alcanzó los G. 215 millones. Dicho monto fue destinado a financiar diferentes proyectos sociales relacionados al desarrollo de las telecomunicaciones en diferentes municipios del país. De aprobarse el proyecto de ley en cuestión, el 50% de este monto será absorbido por Micotic.
OTROS CUESTIONAMIENTOS
El proyecto de ley que crea el Micotic, que fue girado a las comisiones de Asuntos Constitucionales, Legislación, Obras y Comunicaciones, Presupuesto, y Ciencia y Tecnología, brinda una especie de superpoderes a quien ocupará dicho ente estatal.
Propone que la Secretaría Nacional de la Información y Comunicación para el Desarrollo (Sicom) y la Secretaría Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (Senatics), con su anexo de personal, pasen a formar parte de la nueva institución como Viceministerio de Comunicaciones y Viceministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación.
Además de esta fusión de dos ministerios, se suma otro punto en el llamativo proyecto presentado, el cual señala que la Conatel tiene como nexo con el Poder Ejecutivo a Micotic; ahora depende del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
LEGISLACIÓN SOBRE FONDOS UNIVERSALES
La Ley 642, en su Capítulo II, Artículo 97, creó el Fondo de Servicios Universales, el cual textualmente dice…
“Crea el Fondo de Servicios Universales que será administrado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, con la finalidad de subsidiar a los prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas que así lo justifiquen. La reglamentación de la presente ley establecerá los sujetos y condiciones de contribución a dicho fondo y definirá dichas áreas”.
Los objetivos del Fondo de Servicios Universales son indicados en el Reglamento del Fondo de Servicios Universales, el cual en su Art. 3º expresa textualmente:
a) Promover a través del financiamiento la expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de interés público y social.
b) Promover el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones de más paraguayos de manera eficiente, procurando servicios de calidad y precios razonables tomando en consideración los niveles de ingreso de la población beneficiaria.
c) Maximizar el beneficio económico en la dotación de los servicios de telecomunicaciones mediante la reducción de costos en la provisión de los servicios más básicos como salud y educación.
Las fuentes de recursos del Fondo de Servicios Universales, según el Art. 6 del Reglamento, son:
a) El 20% de los aportes abonados por las empresas operadoras por el concepto de Tasa por Explotación Comercial.
b) Aquellas asignaciones, donaciones, legados, transferencias u otros aportes, por cualquier tipo proveniente de personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, que son destinadas al objeto del Fondo de Servicios Universales o que la Conatel determine.