La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Civil y prohíbe el matrimonio antes de los 18 años. El texto con media sanción establece que ninguna persona menor de 18 años podrá contraer matrimonio, sin excepciones por consentimiento de los padres, tutores o autorización judicial.
Se prohíbe expresamente el matrimonio entre una persona menor de edad y una persona adulta, con la advertencia de que los casos de incumplimiento serán denunciados ante el Ministerio Público. Durante la sesión, la diputada Dalia Estigarribia, titular de la Comisión de Niñez y Adolescencia, fundamentó a favor de la aprobación del citado proyecto de ley.
Prevenir y erradicar el matrimonio infantil
La legisladora insistió en la necesidad de establecer mecanismos legales que impidan que se produzcan abusos bajo la apariencia de un matrimonio. Aclaró que la propuesta se enmarca en los compromisos asumidos por Paraguay para impulsar acciones, políticas públicas y medidas legislativas orientadas a prevenir y erradicar el matrimonio infantil y las uniones tempranas y forzadas.
Concretamente el texto establece que no podrán contraer matrimonio las personas que no hayan cumplido 18 años, independientemente de que cuenten con el consentimiento de sus padres, tutores o una autorización judicial. Con ello se busca eliminar las excepciones que actualmente permiten habilitar matrimonios antes de esa edad.
Asimismo, incorpora expresamente la prohibición del matrimonio entre una persona menor de edad y una persona adulta, bajo cualquier circunstancia. En cuanto a las situaciones en curso, el proyecto dispone que los matrimonios que se encuentren en proceso de formalización y que involucren a personas menores de 18 años deberán suspenderse hasta que ambas partes alcancen la mayoría de edad.
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