Las elecciones municipales de este domingo se celebran por octava ocasión en la era democrática y coinciden con los casi treinta años de la primera versión organizada por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), el 17 de noviembre de 1996. Mientras que el 26 de mayo de 1991 se celebraron por primera vez en la historia paraguaya elecciones locales con voto directo, libre y secreto en 207 distritos existentes. Anteriormente, las autoridades municipales eran designadas por el Poder Ejecutivo.

Tras el derrocamiento del dictador Alfredo Stroessner en febrero de 1989, se promulgó un nuevo Código Electoral (Ley n.º 1/90) que estableció la autonomía municipal y la elección popular de intendentes y concejales. Posteriormente, la Constitución Nacional se promulgó en junio de 1992 y creó el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), que se formalizó con la Ley n.º 635/95, “que reglamenta la Justicia Electoral”, sancionada el 20 de julio de 1995 y promulgada el 22 de agosto de 1995.

Con este nuevo órgano técnico se realizó una renovación integral del Registro Cívico Permanente (RCP), resultando en 1.817.353 electores habitados en noviembre de 1996, de los cuáles acudieron 1.514.045 a las urnas, registrando un récord histórico del 83,31 % de participación. Desde 2021 se produjo otra evolución del proceso electoral con la implementación de la Ley de Desbloqueo de Listas de Representación Proporcional y la Urna Electrónica (Máquinas de Votación).

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¿Cómo se elegía antes?

Durante la época colonial, las ciudades se administraban mediante la figura de los Cabildos, como el de Asunción o las villas fundadas posteriormente. En la primera mitad del siglo XIX, bajo los gobiernos de Francia y de López, la administración del territorio se centralizó fuertemente, se suprimieron los cabildos y el control local quedó en manos de delegados de gobierno, comisionados o jefes de policía designados por el Poder Ejecutivo central para cobrar impuestos y mantener la seguridad.

Tras la Guerra contra la Triple Alianza, el 18 de junio de 1872 se promulga la primera Ley de Municipalidades, creando formalmente las instituciones comunales en Asunción y el interior. Décadas después, la ley n.º 915 Orgánica Municipal fue sancionada el 20 de junio de 1927, que estableció la división entre la Junta Municipal (deliberativa) y el Intendente (ejecutivo), que continuaban siendo nombrados directamente por el Presidente de la República.

Durante el periodo de inestabilidad política, incluyendo la Guerra del Chaco (1932-1935), los municipios sirvieron más como puestos de control político militar y partidario que como entes de desarrollo autónomo. La Constitución de 1940 consolidó un modelo político fuertemente autoritario y centralista impulsado por el presidente José Félix Estigarribia y continuado por Higinio Morínigo; que el régimen stronista mantuvo durante sus 35 años de vigencia (1954-1989), en dependencia total del Ministerio del Interior y del dictamen del Presidente.

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