El exdirector de Gabinete de la Gobernación de Central, Miguel Ángel de la Cruz Robles, se puso a disposición de la justicia este jueves. El mismo está condenado a 10 años de cárcel en el marco de la causa de lesión de confianza por el desvío de recursos de unos G 5.000 millones durante la pandemia en la Gobernación.
En el caso también está condenado exjefe departamental, Hugo Javier González, quien permanece internado en la unidad de cuidados intensivos del Hospital Nacional de Itauguá tras ser hallado herido en el piso de su celda en el pabellón La Esperanza del Centro Nacional de Prevenidos, excárcel de Tacumbú.
El hombre se presentó alrededor de las 6:50 de este jueves ante la oficina de guardia del Departamento de Judicial del barrio Trinidad de Asunción, de la Policía Nacional. Robles contaba con una orden de captura para dar cumplimiento con la sentencia firme en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
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Tras su presentación, se encuentra en el Departamento Judicial de la Policía Nacional y se realizan los trámites administrativos para determinar la penitenciaría donde deberá cumplir la decisión judicial de 10 años de cárcel.
El motivo por el cual se presentó Robles es la decisión del juez Carlos Mendoza, quien ordenó la ejecución de la caución sobre tres inmuebles del condenado por G. 4.735.620.236, ofrecidos como fianza ante la justicia. Esta ejecución se dio en el marco de la intimación realizada el pasado 5 de agosto para que Robles se presente ante la justicia y cumpla con la condena establecida.
Al ordenarse la ejecución de los inmuebles que ha ofrecido el condenado como garantía, el Estado deberá iniciar el litigio para tomar posesión de los mismos y eventualmente llevar a remate.
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Tía Chela: tribunal desestima a titular de la DNCP y admite a testigos de la defensa
El tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos, Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dio continuidad este lunes al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El tribunal definió sobre los incidentes planteados tanto por el Ministerio Público, parte acusadora, como de la defensa de Prieto y los demás acusados en el caso conocido como Tía Chela.
La acusación es por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales con la distribución de kits de alimentos en época de la pandemia, por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este, cuando Prieto era intendente.
Incidentes planteados por el Ministerio Público
Uno de los incidentes planteados por la Fiscalía es una nota del 28 de marzo del 2020, que ya se encontraba en la carpeta fiscal, en este caso se presentó el pedido de solicitar informes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la Contraloría General de la República (CGR) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), sobre el cambio de productos incluidos en el kit de alimentos.
“El tribunal, al haber constatado la existencia de la referida nota, que ya obraba en la carpeta fiscal, no se configura en la circunstancia de hecho nuevo invocado por el Ministerio Público como fundamento de su petición. En consecuencia corresponde rechazar la inclusión de los informes solicitados”, fue la respuesta del tribunal.
Agrega que, “no obstante, si en el transcurso del debate el Tribunal considera necesario de contar con algunos de los dichos informes, pueda disponer la solicitud de los mismos conforme a las facultades que le confiere el artículo 394 del Código Procesal Penal, como medida de mejor proveer”.
Declaración testimonial de Agustín Encina
El tribunal también se expidió sobre el pedido de incluir la declaración testifical del director de la DNCP, Agustín Encina. “Debe señalarse que la prueba testimonial tiene por objeto incorporar al juicio el conocimiento que una persona posee respecto a hechos o circunstancias que ha percibido y que guarda relación con el objeto del proceso. Este tribunal advierte que el Ministerio Público no señaló concretamente hecho u objeto del presente juicio había conocido el señor Agustín Encina, ni que el mismo haya tenido intervención directa en las circunstancias fácticas contenidas de la acusación”, mencionan.
Mientras tanto, el tribunal señala que “al fundamentar su pedido el Ministerio Público sostuvo que su declaración resulta necesaria por tratarse de un testigo calificado y experto que podría responder consultas sobre la pertinencia de la nota del 28 de marzo del 2020 sobre su regularidad o irregularidad y explicar si resulta factible ese tipo de procedimientos en materia de contrataciones públicas. Se rechaza dicha incidencia”.
Incidentes planteados por la defensa
Sobre la inclusión probatoria de 28 enlaces o links correspondientes a publicaciones realizadas en redes sociales que habían sido ofrecidas durante la audiencia preliminar y que no habían sido admitidas por el juzgado penal de Garantías, correspondientes a publicaciones y registros audiovisuales vinculados, entre otros aspectos con la adquisición, preparación y entrega de los kits de alimentos y publicaciones de medios periodísticos, el tribunal considera que corresponde diferir sobre su resolución.
Inclusión de testigos
La defensa dividió la solicitud en dos grupos, el primer grupo cuatro personas, “se sustentó en hechos nuevos señalando que dichas personas fueron localizadas pocos días antes del inicio del juicio, las mismas se encuentran individualizadas entre las 25 personas mencionadas en el informe y sus declaraciones permitirían establecer si se recibieron los kits de alimentos, si las firmas obrantes en las planillas les pertenece, y dónde residía al momento de los hechos, así como confrontar tales circunstancias con el contenido del informe”.
Por lo que el tribunal definió que “sus testimonios pueden resultar útiles para el esclarecimiento de los hechos y para la elaboración del elemento probatorio, razón por la cual corresponde admitirlos”. De igual manera admitió los 56 testigos, ofrecidos por la defensa en un segundo grupo, que no fueron admitidos por el juzgado penal de Garantías, fueron seleccionados de una nómina de 126 personas, afectadas a la preparación y distribución y entrega de los kits de alimentos en distintos.
“Será durante el debate del juicio cuando podrá determinarse si resulta necesaria la declaración de los testigos admitidos, pudiendo prescindirse de aquellos cuyos testimonios resulten repetitivos o sobreabundante”, definió el tribunal.
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Transmisión del juicio
Por otra parte, el tribunal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, de utilizar las redes sociales del exintendente para la transmisión del juicio, argumentando que los canales institucionales de la Corte y los diferentes medios de comunicación ya están transmitiendo cumpliendo el principio de publicidad.
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Revelan conflicto entre accionistas de empresa dueña de shopping de CDE
Ciudad del Este. Agencia Regional.
El fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Fiscalía Regional de Ciudad del Este, imputó a cinco personas, entre accionistas y ejecutivos de la firma K & K Shopping’s S.A., por supuesta apropiación, lesión de confianza, estafa, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y su uso.
La empresa K & K S.A. es la propietaria del Shopping Paris de Ciudad del Este. Los procesados son: Elizabeth Kim Jang, presidenta del directorio, apoderada y representante legal de K & K Shopping´s S.A.; Kim Jang, accionista; Nam Jun Kwon, vicepresidente del directorio; Antonio Ramón Galeano Vega, síndico titular y Alexis Florentín Gauto, secretario de asamblea.
La investigación abarca una serie de actuaciones societarias realizadas entre mayo de 2025 y marzo de 2026, las cuales, según la Fiscalía, perjudicaron a dos accionistas del grupo KAO/WANG, Rosana Ming Kao y Hasiao Hua Wang
La Fiscalía detalla que el capital de la empresa era de G. 103.000 millones y estaba distribuido en partes iguales entre los grupos KIM y KAO/WANG. La situación cambió tras la asamblea del 5 de mayo de 2025, que resolvió reducir a G. 38.850 millones mediante el rescate de acciones y estableció pagos de G. 3.207.500.000 para una de las accionistas y G. 28.867.500.000 para la otra.
En la imputación se indica que, las sumas citadas quedaron a cargo de la sociedad para su entrega a las titulares, pero nunca habrían sido abonadas. Un comprobante emitido por la propia empresa el 26 de mayo de 2025 consignó como pagado el monto de G. 26.558.100.000, tras una retención tributaria de G. 2.309.400.000 sobre la suma mayor.
Sin embargo, la Fiscalía sostiene que el dinero jamás ingresó a las afectadas. De hecho, el 15 de enero de 2026, una de ellas fue convocada para firmar los recibos correspondientes, pero se negó con el argumento que los valores continuaban impagos.
Paralelamente, la composición accionaria volvió a tener modificaciones sustanciales, según el escrito fiscal. El 18 de diciembre de 2025, el capital se incrementó de G. 38.850 millones a G. 49.350 millones mediante la emisión de 210 acciones adjudicadas a una sola accionista, cuya participación subió del 50 % al 61 %, reduciendo la del grupo KAO/WANG al 39 %.
Posteriormente, el 13 de marzo de 2026, se ejecutó un nuevo aumento hasta alcanzar los G. 103.350 millones con 1.080 nuevas acciones. De estas, 560 respondían a un supuesto aporte de G. 28.000 millones y fueron adjudicadas nuevamente a la misma persona, quien pasó a controlar el 71 % de la firma, dejando a las dos afectadas con un 29 % conjunto.
La investigación señala que estos aportes —por un total de G. 38.500 millones— no habrían sido efectivamente integrados, emitiéndose acciones sin que la sociedad recibiera el capital.
La Fiscalía solicitó un plazo de cuatro meses para concluir la etapa preparatoria debido a la complejidad del caso y al volumen de documentación por analizar, requiriendo la aplicación de medidas alternativas a la prisión para todos los procesados.
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Exjefe de Gabinete de Hugo Javier deberá pisar la cárcel para cumplir su condena
La Cámara de Apelación ratificó la orden de captura contra el exjefe de Gabinete de la Gobernación de Central, Miguel Ángel Robles, para que sea detenido y puesto a disposición de la Justicia a fin de cumplir su condena de 10 años de prisión por el desvío de G. 5.105 millones de fondos covid-19, causa en la que también fue condenado el exgobernador Hugo Javier González.
Los camaristas declararon inoficiosa la apelación planteada por Guillermo Duarte Cacavelos, defensor del condenado, y no analizaron sus cuestionamientos contra la resolución del juzgado de ejecución debido a que la legislación procesal no permite litigar en rebeldía.
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“Todo reclamo de la defensa será atendido una vez que el condenado se ponga a disposición de la Justicia y admita las reglas del procedimiento, que son de orden público y obligatorias para las partes”, señala parte de la resolución.
Además de ordenar su captura, el Juzgado de Ejecución había intimado a Robles a presentarse ante el juzgado o, en su defecto, en una comisaría o penitenciaría habilitada para dar cumplimiento a la condena. En caso de que continúe prófugo, el juez dispuso la ejecución de las millonarias fianzas establecidas sobre varios inmuebles, que en total ascienden a G. 6.004.733.736. Por este mismo caso, el exgobernador de Central, Hugo Javier González, ya se encuentra cumpliendo su condena privado de libertad.
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Metrobús: tribunal rechazó chicana de Wiens y confirmó al juez Humberto Otazú
El Tribunal de Apelación Penal rechazó la chicana del imputado por lesión de confianza, Arnoldo Wiens, y confirmó al juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, para que siga llevando adelante el presente proceso penal. El citado magistrado tendrá que resolver varios incidentes pendientes y fijar la fecha para la realización de la audiencia preliminar, en la que se definirá si el acusado irá a juicio oral.
Wiens y su defensa alegaron una supuesta falta de imparcialidad, cuestionando que el juzgado haya recibido el escrito de acusación mientras aún había incidentes pendientes de resolución. En su momento, el juez Otazú aclaró que solo se tuvo por presentada la acusación para ponerla a disposición de las partes y que la audiencia preliminar se pospuso para resolver todas las cuestiones previas.
El Tribunal de Apelación fundamentó que el pedido carecía de sustento, no violaba garantías procesales y solo buscaba efectos dilatorios, por lo que resolvió ratificar la competencia del juez Otazú.
Antecedentes
De acuerdo con el Ministerio Público, el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes. Los agentes fiscales Nathalia Silva, Yeimy Adle y Giovanni Grisetti sostienen que Wiens recibió en el 2018 un proyecto con el 40 % de avance por parte de la administración del exministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona.
A la vez, argumentan que la iniciativa contaba con un financiamiento asegurado y contratos vigentes; sin embargo, las decisiones de Wiens mantuvieron la paralización, destruyeron infraestructura construida y desviaron bienes de la finalidad para la cual fueron adquiridos.
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