La Justicia Electoral informó que desde la fecha, la dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), con el acompañamiento de la dirección de Partidos y Movimientos Políticos, comenzó el proceso de verificación de los datos de candidatos que serán desplegados en la pantalla de la máquina de votación para las Elecciones Municipales de 2026, en presencia de representantes de las organizaciones políticas.
Las jornadas se desarrollarán hasta el 19 de agosto, de 08:00 a 13:00, dando cumplimiento al Cronograma Electoral para los comicios municipales del domingo 4 de octubre próximo. La actividad constituye una etapa técnica fundamental para garantizar la correcta visualización de la información de las candidaturas que estarán disponibles para el electorado al momento de votar.
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“Esto es prácticamente la culminación de un proceso largo de recolección de datos de los candidatos oficializados, incluidos los procesos de renuncias e impugnaciones, donde todos los Juzgados Electorales son los que intervienen y son los que finalmente oficializan las candidaturas”, explicó la vicedirectora de TIC, Dominick Ramírez.
El proceso permite a los representantes de las organizaciones políticas participantes revisar y validar los datos correspondientes a sus candidaturas, en coordinación con las áreas técnicas de la Justicia Electoral.
Esta instancia forma parte de los trabajos de preparación tecnológica y electoral que lleva adelante la Justicia Electoral, con miras a asegurar que la información de las candidaturas sea presentada de manera correcta en las máquinas de votación durante la jornada electoral.
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Municipales 2026: TSJE despliega a más de 9.000 agentes y 17.000 máquinas de votación
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) desplegará una amplia infraestructura para garantizar el desarrollo de las Elecciones Municipales 2026 en todo el país. El operativo contempla la habilitación de 1.187 locales de votación y el montaje de 14.711 mesas receptoras de votos, las cuales estarán equipadas con un total de 17.992 máquinas de votación. Asimismo, las mesas contarán con la labor directa de 44.133 miembros de mesa capacitados para atender a los sufragantes durante la jornada eleccionaria.
Para la coordinación técnica y la logística del proceso, la máxima instancia electoral movilizará a un equipo total de 9.006 agentes electorales. Entre el personal desplegado figuran 1.196 coordinadores de local, igual número de operadores CTX-TREP y de capacitadores por establecimiento, además de 1.187 mesas de consulta y ayuda. La estructura operativa se completa con 2.064 acopiadores TREP, 2.064 soportes técnicos, 72 coordinadores departamentales y 40 coordinadores regionales abocados al Transmisión de Resultados Electorales Preliminares.
En el ámbito de la contienda política, los comicios contarán con una masiva participación de fuerzas partidarias y de concertación social. Un total de 268 agrupaciones y plataformas políticas competirán en los diferentes distritos, repartidos entre 32 partidos políticos tradicionales, 22 movimientos políticos y 214 alianzas electorales conformadas expresamente para este periodo de votación municipal.
Con este despliegue de recursos humanos y tecnológicos, el TSJE asegura la cobertura integral de los centros de votación en los 263 municipios de la República. El operativo busca garantizar la transparencia en el flujo de votación y la celeridad en la transmisión de los resultados oficiales al cierre de las mesas.
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Municipales 2026: prohibiciones en locales de votación y en el cuarto oscuro
Las Elecciones Municipales 2026 contarán con un marco regulatorio estricto durante la jornada de votación para garantizar la transparencia, el orden y la libertad del sufragio. El Código Electoral establece que, en un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación, quedan prohibidas la portación de armas de cualquier tipo y la aglomeración de personas. Asimismo, en este mismo perímetro se prohíbe la instalación de mesas de consulta de las agrupaciones políticas, la realización de actos proselitistas y el porte de banderas o símbolos partidarios.
Para resguardar el secreto del voto y garantizar el normal desarrollo del acto comicial, la normativa dispone reglas estrictas dentro del recinto. Se prohíbe el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos aptos para captar o transmitir imágenes. Del mismo modo, no se permite ingresar con alimentos, bebidas, líquidos, aerosoles, sustancias inflamables ni objetos contundentes, así como tampoco está permitida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 19:00 del sábado y durante la jornada del domingo.
En materia de difusión, el marco legal regula los plazos de emisión de información y la realización de eventos públicos. Queda estrictamente prohibido difundir propaganda electoral, publicaciones de encuestas o los resultados de boca de urna hasta una hora después del cierre oficial de las mesas de votación. Adicionalmente, la realización de espectáculos públicos se encuentra restringida hasta dos horas después de concluidos los comicios.
Finalmente, las autoridades recuerdan la gravedad de atentar contra el equipamiento del proceso democrático. Cualquier conducta que implique dañar, destruir, inutilizar, sustraer o alterar las máquinas de votación o los materiales electorales constituye una infracción grave que será sancionada conforme a la ley. El cumplimiento de estas disposiciones es fundamental para asegurar el desarrollo pacífico de los comicios.
Textualmente
La Ley n.° 834, que establece el Código Electoral Paraguayo, manifiesta en el artículo 195 que en el día de los comicios queda prohibido:
a) la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;
b) la portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;
c) la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios;
d) el expendio de bebidas alcohólicas;
e) la instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo; y,
f) el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier otro aparato capaz de captar o trasmitir imágenes que hagan posible vulnerar el secreto del voto.
El que transgreda el inciso f) de este artículo, será sancionado con una multa conforme a lo establecido en el artículo 332 de este Código (una multa de quince a treinta jornales mínimos, entre G. 1.614.405 y G. 3.228.810), sin perjuicio de lo establecido en los artículos 278 y 280 del Código Penal para los autores y partícipes de los hechos punibles tipificados en los mismos.
Multas y sanciones
Art. 333.- El contenido del material de propaganda concebido en violación de las prohibiciones contenidas en el artículo 292 (sobre discriminación, calumnia, instigación a la desobediencia o violencia) de este Código hará pasible a sus autores o al partido, movimiento político o alianza que lo propicie de sufrir una multa de cien jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.
Art. 334.- Quienes perturbaren el orden que debe reinar en el desarrollo de actos electorales, penetrando al recinto en estado de ebriedad, bajo la influencia de estupefacientes o portando armas provocando tumultos que entorpezcan o interrumpan el normal desarrollo de las actividades electorales serán pasibles de una multa de diez a veinte jornales mínimos.
Art. 335.- Los comerciantes que vendieren bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto eleccionario y en el día de las elecciones abonarán la multa de cincuenta a doscientos jornales mínimos (entre G. 5.381.350 y G. 21.525.400).
Art. 336.- El que infringiendo las prohibiciones y restricciones establecidas en los artículos 68 y 282 de este Código (sobre contribuciones monetarias o no monetarias), realizare donaciones o contribuciones a partidos, movimientos políticos o alianzas, será sancionado con una multa equivalente al triple del aporte realizado.
El partido, movimiento político o alianza que se haya beneficiado con tal contribución o donación, será sancionado con una multa equivalente y la pérdida del derecho de recibir hasta el cincuenta por ciento (50 %) de todo aporte y subsidio estatal por un término de uno a tres años.
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Voto en 7 pasos: guía práctica para utilizar las máquinas de votación
Para las Elecciones Municipales 2026, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) establece un procedimiento ágil que puede resumirse en siete pasos para emitir el sufragio mediante la máquina de votación. Es requisito indispensable presentar la cédula de identidad física, la cual es válida tanto vigente como vencida. Tras entregar el documento a las autoridades de mesa, el elector recibe un boletín firmado por dos vocales e ingresa al cuarto oscuro para insertarlo en la ranura del dispositivo, siguiendo la dirección marcada por la flecha indicadora.
Una vez habilitada la pantalla táctil, el ciudadano selecciona las opciones de su preferencia para los cargos de intendente y listas de concejales, o bien la opción de voto en blanco. El sistema permite modificar cualquier elección antes de proceder a la confirmación. Una vez definida la postura, el votante presiona el botón de impresión, obtiene el comprobante físico e interactúa con el lector del equipo para verificar digitalmente que la información impresa coincida de manera idéntica con el registro del boletín.
Al culminar la verificación, el elector dobla la papeleta para resguardar el secreto del voto y la entrega nuevamente al presidente de mesa para la firma correspondiente. Con el visto bueno de la autoridad, el documento impreso es depositado dentro de la urna plástica transparente, completando formalmente la emisión de la papeleta.
Finalmente, para dar por concluido el proceso en la mesa receptora, el sufragante procede al entintado del dedo índice de la mano derecha como constancia biológica del ejercicio democrático. Acto seguido, recibe de vuelta su cédula de identidad física junto con el comprobante de votación emitido por las autoridades, cerrando de forma transparente y segura su participación en las elecciones locales.
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TSJE despachó el penúltimo envío de máquinas y maletines electorales para Central
Este viernes partió desde la sede de la Justicia Electoral la penúltima carga máquinas de votación, maletines electorales y kits CTX con destino a los distritos del departamento Central, en el marco de las elecciones municipales de este domingo 4 de octubre. La última carga será distribuida mañana para capital.
Con presencia de los ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), altos funcionarios electorales, y medios de comunicación, los vehículos salieron de la sede central de la máxima instancia electoral para todos los locales de votación en el departamento Central, con un fuerte dispositivo de seguridad de la Policía Nacional.
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La Justicia Electoral está concluyendo los últimos detalles de la organización para el desarrollo de la jornada cívica municipal, en este caso, la distribución de los materiales que concluirá mañana con capital. Para el día D, el presidente del TSJE, Jorge Bogarín, mencionó la seguridad es una de las prioridades para la institución y la garantía de los electores.
Despliegue de seguridad
“Estamos cubriendo todo el país a los efectos de que el elector vaya a votar y tenga toda la seguridad para que eso se convierta en una verdadera fiesta cívica”, señaló el ministro electoral a los medios de comunicación. En este sentido, sostuvo que se está realizando un gran trabajo con las autoridades de seguridad, principalmente para el resguardo de locales específicos.
“Hay algunos lugares donde prestamos más atención, no sé si llamarles alertas, pero se está trabajando en un esquema de seguridad basado en los antecedentes, en los lugares donde hay más aglomeración, esa parte está trabajando el ministro del Interior con quien tengo un muy buen diálogo y el comandante de la Policía Nacional, lógicamente por seguridad les pediría no revelar lugares específicos”, mencionó.
Multa para el que no vota
Por otra parte, se refirió sobre las sanciones para el que no vota, en este sentido aclaró que el objetivo principal es que el ciudadano cumpla con su derecho fundamental del sufragio. “Lo más importante es que el ciudadano vaya a votar a conciencia, que elija, que emita el sufragio y que elija a sus representantes, que podamos elegir, el voto a conciencia es lo más importante para nosotros, no porque se le va cobrar una multa y obligar”, apuntó.
Así también, Bogarín aclaró que desde la Justicia Electoral se darán “todas las facilidades, en ese sentido hay un procedimiento, se va hacer primero un matcheo con nuestra dirección de informática a los efectos de establecer quienes son las personas que no votaron, luego van a tener el espacio, la oportunidad de justificar, y todas las facilidades desde el punto de vista administrativo que nuestra dirección administrativa va dar a conocer el procedimiento”.
Con respecto a que las multas serían derivadas a la Procuraduría General de la República, acotó que eso se dará en última instancia. “Hay un procedimiento, como Justicia Electoral tenemos la facultad de reglamentar lo que establece una ley, la ley no es que no establezca una sanción, la sanción es la multa, pero nosotros vamos a facilitar todos los mecanismos para no llegar a ese extremo. Se van a agotar todos los procedimientos para no llegar a eso”, sentenció.
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