El pleno de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que establece nuevos requisitos para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Se trata de la modificación del artículo 3º de la Ley 6814/2021, “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebra y deroga la Ley N° 3759/2009”.

La media sanción se dio, luego un amplio debate acerca del tiempo de mandato y otros requisitos propuestos en el proyecto original.

El diputado Edgar Olmedo defendió el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales que propone una duración de mandato de tres años con posibilidad de reelección.

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Igualmente se redujo a 30 años la edad requerida, como también se redujo a cinco años el tiempo de ejercicio de la profesión, a cinco años el ejercicio de la docencia y a cinco el ejercicio de la magistratura.

La propuesta original establece que, para ser designados representantes del Congreso ante el JEM, los postulantes deberán ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido 35 años de edad.

Así también, debe poseer título universitario de abogado conforme a la normativa vigente y acreditar al menos diez años de ejercicio efectivo de la profesión, desempeño en la magistratura judicial, en el Ministerio Público o en la docencia universitaria en materia jurídica, de manera conjunta, separada o alternativa.

La iniciativa busca establecer requisitos más rigurosos para los representantes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), con el propósito de unificar las condiciones de idoneidad exigidas para integrar dicho órgano.

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