Un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley “De garantía de continuidad terapéutica y prevención de desabastecimiento de medicamentos esenciales”, iniciativa que busca fortalecer el sistema nacional de abastecimiento de medicamentos esenciales mediante la implementación de mecanismos preventivos, reservas estratégicas, sistemas de alerta temprana y mayores estándares de transparencia y control.

El documento fue presentado por los legisladores de varias bancadas: los colorados Hugo Meza, Mauricio Espínola; los liberales María Constancia Benítez, Adrián Vaesken, Diosnel Aguilera y el independiente Raúl Benítez. La propuesta busca asegurar a los pacientes del sistema público el acceso oportuno e ininterrumpido a los medicamentos, de manera a evitar que deficiencias administrativas o logísticas pongan en riesgo la vida y la salud de los mismos.

La presentación se enmarca en lo que establecen los artículos 46 y 68 de la Constitución Nacional, referidos al principio de igualdad y al derecho a la protección integral de la salud; y en los compromisos internacionales asumidos por el Estado paraguayo, según se expresa en la exposición de motivos.

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De acuerdo a la exposición de motivos, señala que se establece que las disposiciones de esta ley serán aplicables para las instituciones que administren medicamentos financiados con recursos públicos, tales como el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; el Instituto de Previsión Social; el Hospital Militar; el Hospital Policial; así como el Hospital de Clínicas.

A través de esta iniciativa, los proyectistas proponen la creación del Sistema Nacional de Alerta Temprana para el Abastecimiento de Medicamentos Esenciales (SINATAME), el cual deberá emitir alertas automáticas cuando exista una disminución en el stock de fármacos.

Principales alertas

A su vez, la alerta será emitida cuando existan retrasos en procesos licitatorios, incumplimientos contractuales; riesgos de desabastecimiento internacional, así como medicamentos con vencimientos próximos. Los avisos deberán comunicarse simultáneamente a la Contraloría General, la Defensoría del Pueblo; la DNCP; el Ministerio de Salud y la Presidencia del IPS.

Los legisladores proyectistas solicitan que las instituciones elaboren anualmente un Plan Integral de Abastecimiento de Medicamentos basado en el consumo histórico, la demanda proyectada y la información epidemiológica. Además, plantean la creación del Portal Nacional de Transparencia del Abastecimiento de Medicamentos, el cual publicará informaciones sobre el stock disponible, los medicamentos agotados, medicamentos críticos; y la fecha estimada de reposición.

A su vez, proveerá información sobre los contratos vigentes; las empresas proveedoras; los procesos licitatorios; además de la ejecución presupuestaria. Establece, igualmente, que el Poder Ejecutivo incorporará en el Presupuesto General de la Nación los créditos necesarios para la implementación de esta ley.

Medicamentos esenciales

En el documento se definen como medicamentos esenciales aquellos incluidos en el Cuadro Básico Nacional de Medicamentos, y aquellos declarados críticos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social o por el Instituto de Previsión Social. Estos son los fármacos para enfermedades oncológicas, hematológicas, trasplantes, VIH/SIDA, tuberculosis, enfermedades autoinmunes y la hemofilia.

Asimismo, son incluidas las enfermedades raras; diabetes insulinodependiente; insuficiencia renal crónica; y de salud mental cuando la suspensión del tratamiento implique riesgo para la vida o la integridad del paciente.

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