Un proyecto de ley que “crea la circunscripción judicial electoral del departamento de Paraguarí” se encuentra en estudio en la Cámara de Diputados. El documento está siendo analizado por la Comisión de Asuntos Constitucionales, presidida por el diputado José Rodríguez.
Se busca descentralizar la Justicia Electoral, atendiendo que actualmente el departamento depende de los tribunales electorales con sede en Asunción. Esto, según el proyectista, dificulta el acceso de los ciudadanos a este servicio y genera mayores costos de traslado.
Es por ello que la propuesta sostiene que la creación de una circunscripción judicial electoral en Paraguarí responde a los principios de descentralización e igualdad de acceso a la Justicia establecidos en la Constitución Nacional, además de considerar el crecimiento poblacional de la zona.
Para ese fin se plantea la creación de un Tribunal Electoral en el departamento, cuya implementación quedará sujeta a la disponibilidad de recursos del Presupuesto General de la Nación, conforme prevé el documento.
Asimismo, autoriza al Tribunal Superior de Justicia Electoral a realizar los ajustes necesarios para su organización y funcionamiento. El texto cuenta con el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia Electoral y actualmente está para ser dictaminado por la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja.
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Oficializan lista de beneficiarios del programa “Voto Accesible”
Este viernes el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) oficializó el listado de electores que accederá a la modalidad del voto el voto en casa en el marco de las elecciones municipales previstas para el domingo 4 de octubre. En total son 608 personas quienes se acogen a este beneficio del programa “Voto Accesible”.
Se informó además que son 19 municipios del país que ofrecerán este servicio para facilitar las votaciones a las personas que no se encuentran en condiciones físicas de acudir hasta un local electoral.
Entre las ciudades que contarán con este sistema de sufragio se encuentran: Asunción; Capiatá, Fernando de la Mora, Lambaré, Luque, Mariano Roque Alonso y Ñemby. Así también abarca a los residentes en San Lorenzo y Villa Elisa del departamento Central; además de Coronel Oviedo y Caaguazú del departamento de Caaguazú.
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Así también, Encarnación, Cambyretá, departamento de Itapúa; Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná; Villa Hayes, departamento de Presidente Hayes; San Estanislao, departamento de San Pedro; Villarrica, departamento de Guairá; Caazapá, departamento de Caazapá y Concepción, departamento de Concepción.
La Dirección de Derechos Humanos de la Justicia Electoral dio a conocer la Resolución del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) N° 98/2026, “Por la cual aprueba el listado de electores a ser beneficiados por el programa “Voto Accesible” en su modalidad Voto en Casa para las Elecciones Municipales del 4 de octubre de 2026”.
El listado de los electores beneficiados con el Voto Casa fue elaborado como resultado de las tareas de verificación de las solicitudes para dicho servicio del programa “Voto Accesible”, realizadas casa por casa con el acompañamiento de profesionales médicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS) y la Clínica Médica de la Justicia Electoral.
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Tuma califica de retroceso el proyecto de divorcio exprés: “Tocamos algo que funciona bien”
El abogado Óscar Tuma califica de “retroceso” el proyecto de Ley que plantea el divorcio exprés. Indicó que se está tocando “algo que funciona bien”. El exdiputado cuestionó la iniciativa que se debate en el Senado y advirtió que introduce plazos y requisitos que ya fueron eliminados.
En conversación con el programa “Arriba Hoy” de Gen y Universo 970Am/Nación Media, explicó que la ley actual (vigente desde hace años, de la que él fue proyectista) ya permite el divorcio de común acuerdo de forma rápida, sin plazos mínimos de matrimonio y en una sola presentación ante el juez.
Mencionó que cuando se presentó el proyecto contenía varios errores, partiendo del hecho que se basaba en modificaciones de la Ley del año 1991, la cual ya había sido derogada con otra legislación que había sido proyectista y no tuvieron en cuenta la ley vigente, por lo tanto todo el texto contenía errores.
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“La propuesta establecía plazos, cuando que la ley vigente no contempla plazos. La ley del año 91 establecía que para un divorcio de común acuerdo debía esperar 3 años. Con la Ley vigente no es necesario esperar un día, es decir, al día siguiente del matrimonio ya se pueden divorciar si es que hay común acuerdo. Con la modificación que ellos estaban planteando de vuelta establecía que se tenía que esperar un año; esto es porque se fijaban en la ley derogada”, comentó.
Indicó que los asesores del Senado se le acercaron y se realizó algunas modificaciones al proyecto; pero aun así hoy considera que existen algunas dudas con respecto a la gratuidad del proceso.
“No estamos ante un proceso de espera, la Ley vigente es prácticamente exprés, no tiene casi la intervención de un abogado. Pero el proyecto que plantea habla de la no necesidad de presentación de un abogado. Aclaro que hoy en día para un abogado, un divorcio no representa un dinero importante, porque prácticamente es un trámite administrativo. Acá en la capital no se cobra más de dos millones y medio por divorcio y en el interior tengo amigos abogados que cobran hasta 1 millón por divorcio de común acuerdo”, precisó.
Apunta a la disolución de bienes
Por lo tanto, señaló que la cuestión no es el dinero, el problema es que no se puede divorciar sin plantear la disolución. “Este proyecto plantea que se pueden plantear ante el juez sin abogado para que se resuelva el divorcio. Pero cómo hará con la disolución. Se le está diciendo a la pareja que puede ir ante el juez sin abogado, pero no se le advierte que para la disolución si deben contar con abogados”, acotó.
Explicó que la disolución es un trámite que se realiza abogado de por medio, para la repartición de bienes y otras cuestiones y por más que no existan bienes en común debe llevarse a cabo y tienen que seguirse los trámites. “Entonces, todavía no se está redondeando la idea de lo que se pretende con el proyecto de modificación. Por eso, no veo la necesidad de modificar algo que está funcionando, para generar una complicación mayor para mí”, indicó.
Tuma sostuvo que como abogado incluso como legislador, trabajó siempre en la premisa que cuando se plantean modificaciones a leyes vigentes deben generar una incidencia importante en el sistema legislativo, no solamente hacer cambios que simplemente signifiquen pasar el proceso de espera de 10 días a reducir a 3 días.
“Yo plantearía otros cambios de la ley vigente, como es el tema de disolución. Lo que no pude conseguir en el 2010, porque eso se testó en ambas cámaras, es dividir el divorcio de la disolución, porque lo que dificulta siempre en los divorcios son la disolución que en términos sencillos es saber qué le toca a cada uno. Esto es lo que lleva tiempo, genera conflictos, porque se tienen que tazar los bienes, se tienen que poner de acuerdo, si no hay acuerdo se remata, es un trámite que dura un año y medio con suerte”, concluyó.
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Voto en Casa supera 600 beneficiarios para las elecciones municipales
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informa que 608 electores son beneficiarios del servicio “Voto en Casa” y 6.127 electores en la modalidad “Voto en Mesa Accesible” para las Elecciones Municipales 2026, que se celebrarán el próximo 4 de octubre. Este servicio está dirigido para personas con discapacidad física severa, disfuncionalidad motora severa o motivos graves de salud que le impidan llegar hasta su local de votación.
Esta modalidad fue ampliada a 19 ciudades del país para los siguientes comicios, entre ellas: Asunción; Capiatá, Fernando de la Mora, Lambaré, Luque, Mariano Rroque Alonso, Ñemby, San Lorenzo y Villa Elisa, en el departamento Central; Coronel Oviedo y Caaguazú, en el departamento de Caaguazú.
Así también, Encarnación y Cambyretá, en el departamento de Itapúa; Ciudad del Este, capital del departamento de Alto Paraná; Villa Hayes, en el departamento de Presidente Hayes; San Estanislao, en el departamento de San Pedro; Villarrica, en el departamento de Guairá; Caazapá, en el departamento de Caazapá y Concepción, capital del departamento de Concepción.
El listado de los electores beneficiados con el Voto Casa fue elaborado como resultado de las tareas de verificación de las solicitudes para dicho servicio del programa “Voto Accesible”, realizadas casa por casa con el acompañamiento de profesionales médicos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS) y la Clínica Médica de la Justicia Electoral. La lista está disponible en el portal www.tsje.gov.py.
El Voto en Mesa Accesible está destinado a personas con dificultad para movilizarse y adultos mayores, este servicio estará disponible en todos los locales de votación a nivel país, durante la jornada electoral. Además, en la jornada comicial el programa “Voto Accesible” garantiza los servicios de: Mesa de Ayuda y Voto Preferente para los electores que así lo requieran.
La Dirección de Derechos Humanos de la Justicia Electoral dio a conocer la Resolución n.° 98/2026, “por la cual aprueba el listado de electores a ser beneficiados por el programa “Voto Accesible” en su modalidad Voto en Casa para las Elecciones Municipales del 4 de octubre de 2026”, siendo estos 608 beneficiarios y la Resolución n.° 97/2026, que incluye 6.127 electores beneficiarios de la modalidad “Voto en Mesa Accesible”, garantizando los mecanismos de inclusión requeridos para que las personas con discapacidad solicitantes puedan ejercer el derecho al voto.
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Buscan regular la permanencia de menores en eventos nocturnos
Un proyecto de ley que busca regular la permanencia de menores de edad en eventos nocturnos fue presentado en la Cámara de Diputados. La iniciativa que se fundamenta, según la exposición de motivos, en los principios establecidos en la Constitución Nacional y en la Ley Nº 1680/2001, Código de la Niñez y la Adolescencia.
Los proyectistas alegan que la presentación surge en respuesta al creciente involucramiento de menores en fiestas, eventos y reuniones que se extienden hasta altas horas de la madrugada.
Así también mencionan que la presencia de niños y adolescentes en espacios destinados al entretenimiento de adultos los expone a situaciones que podrían afectar su integridad física, psicológica y moral.
Entre los riesgos señalados figura el consumo temprano de alcohol y otras sustancias, hechos de violencia, abuso, negligencia, explotación y accidentes de tránsito.
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Se destaca que el Estado, la familia y la sociedad comparten la responsabilidad de garantizar entornos seguros para el desarrollo de la niñez y la adolescencia, en concordancia con el principio del Interés Superior del Niño, reconocido tanto por la legislación nacional como por los tratados internacionales ratificados por Paraguay.
En uno de sus artículos, se plantea que “cuando el Juez competente en materia de la Niñez y Adolescencia, el Ministerio Público o la Policía Nacional verifiquen la presencia de un menor de dieciocho (18) años en eventos comprendidos en la presente ley, una vez superado el horario límite de las dos (02:00) horas de la madrugada, se procederá a su inmediata identificación y retiro del lugar".
“El menor será entregado a sus padres, madres o tutores legales, quienes asumirán la responsabilidad de su guarda y traslado”, subraya.
Son proyectistas los diputados Santiago Benítez y Juan Manuel Acevedo, ambos del departamento de Amambay.