El abogado Pedro Ovelar, representante legal del expresidente de la República, Horacio Cartes, sostuvo que el exministro Arnaldo Giuzzio carece de legitimidad para la apelación que presentó contra la desestimación de su denuncia falsa hacia el exmandatario, considerando que se negó a declarar durante la causa, en que el Ministerio Público decidió solicitar su archivo al no encontrar ninguna prueba de relevancia penal.
“Toda esa información, tanto la denuncia como la posterior tarea investigativa de la Seprelad, se han afirmado hechos, circunstancias, que fueron luego evaluados por el Ministerio Público, que fueron totalmente desestimadas las afirmaciones, muchas de ellas sin sustento fáctico de aquel informe, y se determinó la inexistencia de hechos punibles o de cualquier situación que pudiera provocar una investigación penal, y el juzgado, como es criterio, ha resuelto en ese sentido”, indicó Ovelar, este jueves, en el programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media. El juez Rodrigo Estigarribia admitió la desestimación en octubre pasado, pero esta semana dio trámite a una apelación presentada por Giuzzio.
Ovelar recordó que la denuncia fue presentada contra Cartes, en febrero de 2022, por Arnaldo Giuzzio, entonces ministro del Interior, y Carlos Arregui, quien ocupaba el cargo de ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), en el marco de una instrumentación de instituciones de Estado, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, contra adversarios electorales.
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El abogado cuestionó que “ahora nos encontramos con una apelación de una persona que, cuando fue citada a declarar al Ministerio Público, se ha negado a hacerlo, sin embargo, él poniéndose en posición de víctima de hechos punibles de lavado de dinero, enriquecimiento ilícito, y entiendo que con la figura de contrabando y asociación criminal, como ha querido construir en su denuncia, su condición no es la de víctima y con posibilidad de realizar ningún tipo de apelación”.
Así mismo, aclaró que “para que una persona pueda apelar y ser víctima tiene que ser, lo que anteriormente se llamaba el particularmente ofendido por el ilícito, y estos hechos punibles que tienen bienes jurídicos, bien específicos, que se protegen con la figura penal, de ninguna manera son bienes jurídicos protegidos y que afecten a Arnaldo Giuzzio de manera alguna, lo que no le da legitimación para apelar”.
Así mismo, el abogado cuestionó que en la apelación presentada no tiene fundamentos para revocar la decisión de desestimar la denuncia fraguada contra Horacio Cartes. “No obstante, si uno analiza todos los fundamentos que él alega no se trata más que divagues y extravíos intelectuales que tiene Arnaldo Giuzzio en su relato de la apelación. En ninguna parte hace un análisis que pudiera siquiera ameritar una revocatoria de la decisión del juez Rodrigo Estigarribia”, apuntó.
Finalmente, sostuvo que “una vez que el Ministerio Público conteste esta apelación, el Tribunal de Apelaciones necesariamente tendrá que rechazar este pedido, primeramente por falta de legitimación y, en segundo término, por falta de mérito”.

