La Cámara de Diputados concedió aprobación, en particular, modificando el proyecto de Ley de Reforma del Transporte Público de pasajeros. Durante la sesión ordinaria de este martes, se dio prosecución al estudio en particular del proyecto, que la semana pasada recibió la aprobación, en general, de este Cuerpo Legislativo que completó su estudio. La propuesta vuelve a la Cámara de Senadores para su consideración, en su tercer trámite constitucional.
La iniciativa analizada tiene que ver con proyecto de ley “Que establece la rectoría sobre el transporte terrestre y modifica y amplía disposiciones de la Ley Nº 1590/2000 ‘Que regula el Sistema Nacional de Transporte y crea la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) y la Secretaría Metropolitana de Transporte (SMT)’, relativas al servicio de transporte público metropolitano de pasajeros”.
A instancias de la presidenta de la Comisión de Presupuesto, Cristina Villalba, se tomó como base de estudio el dictamen de dicha comisión. La iniciativa propone modificar y ampliar las disposiciones vinculadas con el Sistema Nacional de Transporte, así como establecer la regulación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros.
El texto establece que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) será el encargado de elaborar, proponer y ejecutar las políticas y disposiciones del Poder Ejecutivo, referente a las obras públicas y el transporte.
Se declara “servicio público imprescindible” el servicio de transporte metropolitano de pasajeros, y como tal, se garantiza su prestación continua y regular. Además, se establece que las concesiones del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros se deberán otorgar por medio de un contrato y previa licitación pública.
Asimismo, crea un fidecomiso a ser administrado por la AFD para el financiamiento del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros. Para el estudio en particular, se utilizó como base el dictamen de la Comisión de Presupuesto, que recomendó modificaciones en varios artículos.
Principales modificaciones
La diputada Villalba expuso los ajustes propuestos, entre ellos, en el artículo 20, señalando que, en situación de huelga o paro, deberá garantizarse el funcionamiento mínimo de los servicios, que no podrá ser inferior al 60 %. Así también, se aprobaron modificaciones en los artículos 39, 58, 72, 78, 79, 103, 107, 113, 114, 116 y 121.
En el momento del estudio por títulos y capítulos, se aprobaron ajustes en los artículos 21 y 109, a solicitud de los legisladores Carlos Pereira y Hugo Meza, respectivamente.
En el artículo 21, el diputado Pereira propuso una modificación de forma “para que la ley pueda habilitar la inclusión en el interior del país de la creación de las áreas metropolitanas, propuestas por el MOPC y aprobadas por Decreto de Presidencia”.
En el artículo 109, que hace referencia al Área Metropolitana de Asunción, a instancias del diputado Meza, se decidió incluir a los municipios de Altos, Emboscada, Loma Grande, San Bernardino, Nueva Colombia, Atyrá, Tobatí y Caacupé, del Departamento de Cordillera, considerando su cercanía al área central y a la capital del país.

