Un grupo de Diputados presentó un proyecto de ley destinado a establecer estándares y requisitos técnicos para la fabricación, importación y comercialización del blindaje balístico en vehículos de uso especial.
La iniciativa busca llenar un vacío regulatorio que existe actualmente en el país en materia de estandarización y certificación del blindaje balístico. Según los proponentes, la ausencia de normas claras permitió la proliferación de blindajes artesanales que no cumplen con estándares internacionales, comprometiendo la seguridad de los ocupantes de estos vehículos y generando una falsa sensación de protección.
El documento está firmado por los diputados colorados Pedro Ortiz, Esteban Samaniego, Hugo Meza, Rocío Abed, Miguel Ángel Del Puerto, Yamil Esgaib, José Rodríguez, junto con sus colegas liberales Rodrigo Blanco, Marcelo Salinas y Dalia Marlene Estigarribia.
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En la argumentación señalan que se aplicará a todas las dependencias de la administración pública, instituciones de seguridad en los tres órdenes de gobierno, empresas de seguridad privada, transportes de valores y personas que adquieran vehículos blindados.
Establece que el Ministerio del Interior será la autoridad competente encargada de reglamentar, controlar y sancionar el cumplimiento de la normativa.
Los diputados proyectistas argumentan que la falta de estándares compromete vidas humanas, debilita la operatividad institucional y fomenta la inequidad en el mercado.
Certificación
La propuesta exige que todos los vehículos blindados cuenten con certificación expedida por laboratorios acreditados, conforme a normas internacionales de referencia como:
- El Instituto Nacional de Justicia de Estados Unidos (NIJ)
- La Asociación Alemana de Acreditación de Vehículos de los Estados Unidos (NIJ).
- La Asociación Alemana de Acreditación de Vehículos de Protección (VPAM, por sus siglas en alemán).
- Los estándares de la Unión Europea (EN 1063, EN 1522/1523).
Señalan que estos organismos definen con precisión los niveles de protección contra diferentes calibres de armas de fuego y explosiones.
Sanciones
El proyecto establece, igualmente, un régimen sancionador que incluye multas, clausura de establecimientos, incautación de vehículos y cancelación de registros para quienes incumplan.
También estipula que la ley entrará en vigencia en un plazo de 180 días a partir de su promulgación, además de conceder un plazo de 24 meses para que los vehículos blindados, actualmente en uso, se adecuen a la nueva normativa.
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