Este lunes falleció Julio César Velázquez Tillería, reconocido político colorado, quien ocupó varios cargos electorales y pasó por varias instituciones públicas, siendo la última la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), donde se desempeñaba como consejero, designado por el presidente de la República Santiago Peña, en mayo de este año.
Velázquez fue intendente de la ciudad de Fernando de la Mora, electo en el año 2001, posteriormente ocupó el cargo de ministro de Salud Pública del 2003 hasta el 2005; fue electo como senador nacional por el Partido Colorado en el periodo 2008 – 2013, y un por un segundo periodo para el 2013 – 2018, siendo presidente del Congreso Nacional por dos periodos.
En el año 2018, fue designado por el entonces presidente de la República Mario Abdo Benítez como miembro del Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS), como representante del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Velázquez ya militó en diferentes carpas internas del Partido Colorado a lo largo de su carrera, pasó por el movimiento nicanorista, por el movimiento Honor Colorado, fue al sector de Colorado Añetete durante el periodo de mandato en el Poder Ejecutivo, y en los últimos años volvió al actual movimiento oficialista.
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Caso tirzepatida: ratifican validez de imputación contra directivos de Indufar
El Tribunal de Apelación de Ciudad del Este, integrado por Lilian Lorena Benítez, Fátima Burro Franco y Marta Acosta Insfrán, ratificó la validez absoluta de la imputación por estafa, lesión de confianza y asociación criminal en una investigación relacionada con la producción y comercialización de medicamentos a base de tirzepatida contra cuatro directivos y ejecutivos de la firma Indufar C.I.S.A.
De esta manera, se rechaza la chicana presentada por los abogados Bettina Legal y Fernando Martín Galeano en representación de los imputados Cynthia Montserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin, José Luis Rodríguez Paredes y Óscar Humberto Simón Palmerola.
Con la presente resolución judicial se destraba el proceso penal, por lo que el Juzgado de Garantías tendrá que convocar a una audiencia de imposición de medidas cautelares. En dicha instancia se definirá si los imputados son beneficiados con medidas alternativas o si se decreta la prisión preventiva de los mismos.
Los camaristas rechazaron el incidente de nulidad del acta de imputación argumentando que “se ha visto que no se encuentran vulnerados derechos y garantías constitucionales de las personas procesadas, en el sentido de que los hechos se encuentran debidamente descritos y a estos se asocian una serie de elementos de sospecha que han dado pie al inicio de la investigación, como también la resolución impugnada se encuentra fundada y ajustada a derecho”, refiere parte de la resolución judicial para confirmar la validez de la imputación fiscal.
Perjuicio económico
El Ministerio Público sostiene que, de forma preliminar, existe un perjuicio de G. 24.084.413.169, equivalente a unos USD 4 millones. Entre los elementos mencionados en la imputación figura un stock de 20.882 cajas de productos que, según la denuncia, habría quedado inmovilizado. La investigación se inició a partir de una denuncia de BEM ESTAR Clínica Estética.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Operativo Berilo: ratifican juicio oral para “Cucho” Cabaña y otros
La Cámara de Apelación, integrada por los magistrados Arnaldo Fleitas, Camilo Torres y José Waldir Servín, ratificó de manera unánime que Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña y los demás implicados en el caso Berilo deberán enfrentar un juicio oral y público. Con esta resolución, el tribunal de alzada confirmó la determinación previa adoptada por el juez penal de Garantías, Miguel Palacios.
Tras esta confirmación, el siguiente paso procesal consistirá en el sorteo correspondiente para designar a los jueces que integrarán el Tribunal de Sentencia, quienes tendrán la responsabilidad de juzgar a los acusados. La causa judicial, enmarcada en el conocido “Operativo Berilo”, investiga una compleja estructura criminal presuntamente dedicada al narcotráfico y al lavado de dinero.
Según las pesquisas de la Fiscalía, esta red civil y comercial operaba transportando cargamentos de estupefacientes procedentes de Bolivia, cruzando el territorio paraguayo, para finalmente introducirlos en el mercado de Brasil.
La acusación del Ministerio Público refiere que “Cucho” Cabaña se desempeñaba como el supuesto líder y principal financista de la organización criminal. Por su parte, varios de sus familiares directos y un entorno de colaboradores cercanos cumplían roles específicos y tareas logísticas diferenciadas dentro del esquema.
En lo que respecta al exdiputado Ulises Quintana, también procesado en la causa, la Fiscalía le atribuye haber realizado supuestas gestiones de influencia para facilitar las operaciones de la banda, así como intervenciones directas para lograr la liberación de personas vinculadas al grupo y de sumas de dinero incautadas.
Al analizar los recursos presentados por las defensas técnicas, la Cámara de Apelación sostuvo firmemente que la resolución que elevó la causa a juicio oral no presenta vicios de nulidad ni errores en la aplicación de la ley. Al verificar que el proceso se ajustó estrictamente a las normas vigentes, los camaristas rechazaron las apelaciones y ratificaron la validez de la remisión del expediente a la etapa de juzgamiento público.
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Metrobús: tribunal rechazó chicana de Wiens y confirmó al juez Humberto Otazú
El Tribunal de Apelación Penal rechazó la chicana del imputado por lesión de confianza, Arnoldo Wiens, y confirmó al juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, para que siga llevando adelante el presente proceso penal. El citado magistrado tendrá que resolver varios incidentes pendientes y fijar la fecha para la realización de la audiencia preliminar, en la que se definirá si el acusado irá a juicio oral.
Wiens y su defensa alegaron una supuesta falta de imparcialidad, cuestionando que el juzgado haya recibido el escrito de acusación mientras aún había incidentes pendientes de resolución. En su momento, el juez Otazú aclaró que solo se tuvo por presentada la acusación para ponerla a disposición de las partes y que la audiencia preliminar se pospuso para resolver todas las cuestiones previas.
El Tribunal de Apelación fundamentó que el pedido carecía de sustento, no violaba garantías procesales y solo buscaba efectos dilatorios, por lo que resolvió ratificar la competencia del juez Otazú.
Antecedentes
De acuerdo con el Ministerio Público, el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes. Los agentes fiscales Nathalia Silva, Yeimy Adle y Giovanni Grisetti sostienen que Wiens recibió en el 2018 un proyecto con el 40 % de avance por parte de la administración del exministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona.
A la vez, argumentan que la iniciativa contaba con un financiamiento asegurado y contratos vigentes; sin embargo, las decisiones de Wiens mantuvieron la paralización, destruyeron infraestructura construida y desviaron bienes de la finalidad para la cual fueron adquiridos.
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