La Cámara de Diputados tratará en su sesión ordinaria del próximo martes 23 de setiembre el proyecto impulsado por el gobierno del mandatario Santiago Peña, por el cual la Cancillería absorbe por fusión la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales.
De acuerdo al argumento esgrimido desde el Ejecutivo, la propuesta surge en el marco de una política de racionalización del Estado paraguayo. El proyecto ya cuenta con el dictamen favorable de la Comisión de Legislación y Codificación, Comisiones de Asuntos Económicos y Financieros y de Asuntos Migratorios y Desarrollo, para su tratamiento en plenaria.
El orden del día cuenta con un total de 24 proyectos y la citada iniciativa figura en el punto 4. Según la exposición de motivos, el proyecto forma parte de una serie de propuestas del actual gobierno para modernizar la administración pública, eliminando superposiciones institucionales y promoviendo una gestión más eficiente de los recursos del Estado.
El Ejecutivo refiere que la actual estructura administrativa es resultado de “intervenciones legislativas esporádicas o no sistemáticas”, que crearon instituciones que se solapan, generando ineficiencias y costos innecesarios para las finanzas públicas.
La iniciativa se enmarca en el cumplimiento de la Ley 7278/2024, “Que regula la Organización Administrativa del Estado”, normativa que apunta a racionalizar y sistematizar la administración pública siguiendo principios de eficiencia y concentración de funciones
Igualmente, se contempla la creación del Viceministerio de Repatriados y Refugiados Connacionales, dentro de la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, que asumirá todas las competencias, funciones y atribuciones que, actualmente, ejerce la institución fusionada.
El proyecto de ley mantiene las franquicias aduaneras para connacionales que hayan residido, al menos dos años en el extranjero, permitiendo el ingreso libre de impuestos de menajes domésticos, herramientas de trabajo y un vehículo utilitario, con límites específicos establecidos en jornales mínimos diarios.
Asimismo, deroga la Ley 227/1993 que creó la Secretaria de Repatriados con excepción de su artículo 3°, hasta tanto se establezca la nueva estructura orgánica; y modifica parcialmente la Ley 3958/2009 que amplió las competencias de la secretaría.
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