El juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, citó por segunda vez al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, acusado por lesión de confianza en el proceso penal conocido como Tía Chela, en el que se tiene un perjuicio patrimonial de G. 2.949.650.000. Prieto tendrá que comparecer los días 7, 8 y 9 de octubre, a las 08:00. Igualmente Prieto ya fue citado para los primeros días de octubre por el caso conocido como Tajy.
En la diligencia judicial se definirá si Miguel Prieto y otros procesados van a un juicio oral y público, así como lo ha solicitado el Ministerio Público en su requerimiento conclusivo.
Compras irregulares en pandemia
El proceso penal contra Prieto tiene relación con un supuesto negociado en la compra de kits de alimentos que debían ser destinados a familias vulnerables durante la pandemia del covid-19.
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La Fiscalía investiga la supuesta lesión de confianza en el caso de la presunta compra amañada de 25.000 cestas de alimentos, que habría generado un perjuicio patrimonial de G. 2.130 millones a la comuna esteña.
La administración de Prieto, supuestamente, bajo la vía de la excepción, llamó a una licitación en marzo de 2020 para la compra de kits alimentarios destinados a familias de escasos recursos durante la pandemia del covid-19.
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Juezas rechazan autorización de viaje para Miguel Prieto a Brasil
El tribunal atiende el proceso judicial en la causa Tía Chela, que investiga la compra de kits alimentarios por parte de la Municipalidad de CDE.
El Tribunal de Sentencia integrada por las juezas Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel, rechazó el pedido solicitado por la defensa técnica del exintendente de Ciudad del Este, destituido por corrupción Miguel Prieto, que solicitó permiso para viajar al Brasil entre el 27 de mayo y el 1 de junio, para participar de un evento como expositor de carácter institucional, que se desarrollará en la ciudad de Maceió.
Este tribunal atiende el proceso judicial en la causa conocida como Tía Chela, que investiga presuntas irregularidades en la compra de kits alimentarios por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este bajo la administración de Prieto durante la pandemia de covid-19 en 2020 con perjuicio estimado de G. 2.130 millones.
En ese sentido, las juezas señalaron que el Ministerio Público emitió un dictamen rechazando el pedido presentado por la defensa técnica, por lo que este Tribunal de Sentencia acompañó en el mismo sentido de denegar el pedido de salida del país.
Las magistradas argumentaron su fallo señalando que la defensa técnica no presentó documentos claves requeridas como pasajes o los medios por el cual viajaría, datos sobre el hospedaje, además que existe inconsistencia sobre el o los destinos del viaje.
Mencionaron igualmente, que conforme a la invitación recibida el interesado podría participar del evento de forma virtual, sin la necesidad de tener que realizar el viaje.
“En el escrito presentado por la defensa del señor Prieto a la Secretaría de Juzgado, que el destino único del viaje la ciudad de Maceió. El señor Prieto al oralizar su pedido menciona que el lugar de destino es la ciudad de São Paulo y luego la ciudad de Maceió, por lo que existiría una inconsistencia en su pedido”, explicó la magistrada que ofició de vocera del Tribunal.
Asimismo, señaló que en el mismo escrito de la invitación para participar del evento que menciona serán encuentro empresariales, se podría realizar de manera presencial. Pero, además, se menciona como una opción para participar en dicho evento se podría llevar a cabo de forma virtual o por medios telemáticos de acuerdo a la disponibilidad del recurrente.
SEPA MÁS
EL CASO DE LOS VÍVERES
El 25 de marzo del año 2020, en plena pandemia, el intendente “opositor” Miguel Prieto anunciaba en sus redes sociales que estaba distribuyendo víveres a las comunidades carenciadas.
Según explicó a la Contraloría General de la República, estos víveres los adquirió a través de una contratación “de urgencia” a la firma Tía Chela SRL. Según las documentaciones, este contrato con la empresa de víveres se concretó recién el 27 de marzo, y Miguel Prieto ya estaba publicando los videos jactándose de la entrega el 25 de marzo, es decir, dos días antes.
El Ministerio Público llegó a la conclusión de que Miguel Prieto se aprovechó de su cargo de ordenador de gastos para hacer uso y abuso de los recursos, comprando kits de alimentos que en realidad no fueron proveídos por Tía Chela SRL.
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Concluyó proceso de retorno asistido de 16 migrantes procedentes de EE. UU.
Desde la Dirección Nacional de Migraciones confirmaron que concluyó este viernes el proceso humanitario de retorno asistido a los 16 migrantes hacia sus países de origen, en el marco del acuerdo firmado por Paraguay con EE. UU.
Es así que se concretó el embarque y salida de los últimos ciudadanos extranjeros pertenecientes al primer grupo de personas migrantes procedentes de los Estados Unidos, quienes habían ingresado al territorio nacional en calidad de estadía transitoria el pasado 23 de abril.
“Con ello, culmina el retorno voluntario asistido de los 16 migrantes hacia sus países de origen, desarrollado conforme al plan establecido para esta modalidad de cooperación entre la República del Paraguay y los Estados Unidos”, informó Migraciones.
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Se aclara que la totalidad de las actuaciones fue realizada “bajo estrictos controles institucionales y mecanismos de verificación internacional”, garantizando una estadía transitoria regulada y un retorno seguro, ordenado y asistido hacia los países de origen.
Así también, las autoridades migratorias ratifican que las gestiones vinculadas al traslado, asistencia y estadía transitoria estuvieron a cargo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), con el acompañamiento de organismos de seguridad nacionales.
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Caso “Tía Chela”: juezas rechazan autorización de viaje para Miguel Prieto
El Tribunal de Sentencia integrada por las juezas Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel, rechazó el pedido solicitado por la defensa técnica del exintendente de Ciudad del Este, destituido por corrupción Miguel Prieto, que solicitó permiso para viajar al Brasil entre el 27 de mayo y el 1 de junio, para participar de un evento como expositor de carácter institucional, que se desarrollará en la ciudad de Maceió.
Este tribunal atiende el proceso judicial en la causa conocida como “Tía Chela”, que investiga presuntas irregularidades en la compra de kits alimentarios por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este bajo la administración de Prieto durante la pandemia de Covid-19 en 2020 con perjuicio estimado de G. 2.130 millones.
En ese sentido, las juezas señalaron que el Ministerio Público emitió un dictamen rechazando el pedido presentado por la defensa técnica, por lo que este Tribunal de Sentencia acompañó en el mismo sentido de denegar el pedido de salida del país.
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Las magistradas argumentaron su fallo señalando que la defensa técnica no presentó documentos claves requeridas como pasajes o los medios por el cual viajaría, datos sobre el hospedaje, además que existe inconsistencia sobre el o los destinos del viaje. Mencionaron igualmente, que conforme a la invitación recibida el interesado podría participar del evento de forma virtual, sin la necesidad de tener que realizar el viaje.
“En el escrito presentado por la defensa del señor Prieto a la Secretaría de Juzgado, que el destino único del viaje la ciudad de Maceió. El señor Prieto al oralizar su pedido menciona que el lugar de destino es la ciudad de Sao Paulo y luego la ciudad de Maceió, por lo que existiría una inconsistencia en su pedido”, explicó la magistrada que ofició de vocera del Tribunal.
Asimismo, señaló que en el mismo escrito de la invitación para participar del evento que menciona serán encuentro empresariales, se podría realizar de manera presencial. Pero, además, se menciona como una opción para participar en dicho evento se podría llevar a cabo de forma virtual o por medios telemáticos de acuerdo a la disponibilidad del recurrente.
“Por lo que este Tribunal por lo anteriormente expuesto rechaza la autorización judicial solicitada por la defensa técnica del señor Miguel Prieto Vallejos”, concluyó en la lectura del fallo.
Con esta resolución, el intento de viaje quedó sin efecto y el exintendente, destituido por corrupción, deberá permanecer en el país mientras continúan los procesos abiertos en su contra.
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CSJ deja sin efecto sobreseimiento de Hernán Rivas y ordena que se proceda al juicio oral
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y el camarista Arnaldo Fleitas, anuló el sobreseimiento definitivo por prescripción del senador Hernán David Rivas quien fue en su momento procesado penalmente por su presunto título falso de abogado.
Además, con este fallo anularon los puntos de la resolución del juez Penal de Garantías Miguel Palacios, quien había declarado la prescripción del tipo penal de producción mediata de documentos públicos de contenido falso.
Al respecto, la agente fiscal Patricia Sánchez, explicó en una comunicación con radio 650 AM, que esta decisión de la máxima instancia judicial está reencauzado el proceso judicial que precedió a la audiencia preliminar, dando validez a la posición jurídica del Ministerio Público en todas esas instancias y devolvió la posibilidad de ir a juicio por los dos tipos penales propuestos en la acusación fiscal. Calificó como un gran logro para el ámbito jurídico.
“Para nosotros es una reinvindicación a nuestra posición jurídica que lo expresamos desde el inicio, posterior a la audiencia preliminar, donde señalamos los agraviantes ante la cámara, en donde no había tenido eco nuestro planteamiento y que terminó con el sobreseimiento al encausado”, señaló.
Fallo significativo
Mencionó que ante esta situación se tomó la decisión de recurrir a la Corte manteniendo siempre la posición jurídica coherente y hoy la CSJ les dio la razón. “Para nosotros este fallo es muy significativo como operadores de justicia”, acotó.
Explicó que al lograr este fallo de la CSJ, que es la última instancia a la que se puede recurrir, lo que corresponde es que la causa sea elevada a juicio oral y pasar a la etapa de sentencia para que sea sorteado.
La fiscal Sánchez explicó que el exsenador Rivas lo que se le señala son tres cuestiones fácticas, el haber declarado falsamente su condición de abogado, esa declaración falsa produjo tres documentos públicos de contenido falso, que son:
- La resolución de la Cámara de Diputados que le designa como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
- Igualmente, la resolución de la Cámara de Senadores que lo designa como representante de esta cámara ante el JEM.
- La obtención de la matrícula de abogado que constituye un registro de carácter público que es un documento que se emana de la CSJ
Agregó que desde el Ministerio Público estarán demostrando en el juicio que Rivas presentó documentos de contenido falso, es en esta instancia donde demostrarán con el supuesto título de contenido falso con las inconsistencias del certificado además de todos los elementos que se encuentran descritos en la acusación.
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