Una cadena de chicanas traba las dos causas en que el destituido intendente esteño Miguel Prieto está imputado. Las sucesivas recusaciones en cada instancia judicial, desde fiscales y jueces, hasta tribunales de alzada y ministros de Corte, impiden que se aclaren las denuncias por lesión de confianza del caso Tía Chela, por kits de alimentos, y por apropiación en el caso Tajy, por panificados inexistentes, ambos durante la pandemia.
Después de 10 meses, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) pudo resolver la apelación planteada por los abogados del ahora exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, en torno a la la confirmación del juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú. El líder del movimiento Yo Creo acumula 50 denuncias penales, con dos imputaciones, el 19 de julio de 2023 (expediente 4524/2020) y el 8 de abril de 2024 (Exp. 13060/2020).
“Hay dos procesos, dos causas, en la primera fue a inicios ya del procedimiento, luego de admitirse la imputación, ya habían planteado alguna recusación, el trámite procesal fue elevar el informe correspondiente, subió a la Cámara (Especializada de Delitos Económicos), fueron recusados los miembros del Tribunal, eso fue a la Corte, también fueron recusados los ministros de Corte”, explicó el juez Otazú, este miércoles, en conversación con el programa “Así son las cosas” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Con la recusación de los ministros de Corte, la estrategia lejos de Prieto, lejos de someterse a la justicia, trabó la integración de la Sala Penal que debería estudiar otra recusación hecha contra los miembros del Tribunal de Alzada para definir si pueden intervenir, a su vez, en otra recusación impulsada contra el juez Otazú.
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En el otro proceso se produjo una recusación, esto fue al Tribunal de Alzada, este es un Tribunal nuevo de Delitos Económicos del Primer Turno, el tribunal se expidió de manera rápida, y las partes volvieron a recurrir esa resolución del Tribunal de Alzada y fue a la Corte. Esa es a situación procesal en ambas causas.
“Por lo general, a veces, se dan estas circunstancias. El problema que se suele dar es, cuando se le recusa a los ministros de Corte, el expediente va a las distintas salas de los ministros para ver si integran o no, si tiene o no causal de inhibición, cuando los demás ministros no puede integrar una sala, buscar entre los miembros del Tribunal de Apelación de Cámara, que puedan integrar, ahí es donde se suele demorar”, detalló el magistrado.
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Una chicana tras otra: Wiens presentó cinco recursos en menos de 64 horas para frenar el caso Metrobús
La defensa del exministro abdista Arnoldo Wiens presentó cinco escritos distintos en menos de 64 horas, con recursos, nulidades y recusaciones que apuntan a frenar, anular o modificar el rumbo del proceso en la causa del Metrobús. El propio Tribunal de Apelación atribuyó a uno de los planteamientos una finalidad “dilatoria”.
La causa Metrobús atraviesa una intensa sucesión de incidentes procesales desde que la Fiscalía cerró su investigación contra Arnoldo Wiens y solicitó llevarlo a juicio oral.
En menos de 64 horas, la defensa presentó cinco escritos distintos que abrieron nuevos frentes dentro del expediente: una apelación por prescripción, un recurso extraordinario de casación ante la Corte, otra apelación contra el rechazo de una recusación, una recusación contra tres camaristas y, finalmente, un incidente de nulidad absoluta contra la acusación fiscal.
Los propios registros electrónicos reflejan la velocidad de la secuencia. El 21 de agosto, a las 15:57, fue registrada la apelación contra el A.I. N.º 264, que rechazó el planteamiento de prescripción. Apenas ocho minutos después, a las 16:05, ingresó otro escrito: el recurso extraordinario de casación contra el A.I. N.º 113.
Ese mismo día, a las 20:43, fue registrada la apelación contra el A.I. N.º 119, dictado el 21 de agosto. Menos de 18 horas después, el 22 de agosto a las 14:31, se presentó la recusación contra los tres integrantes del Tribunal de Apelación. Finalmente, el 24 de agosto, a las 07:00, se sumó el incidente de nulidad absoluta contra la acusación fiscal.
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La prescripción, primer frente
Uno de los principales planteamientos de la defensa apunta a extinguir la causa por prescripción y obtener el sobreseimiento definitivo de Wiens, sin llegar a discutir el fondo de la acusación.
El juez Humberto Otazú rechazó ese pedido mediante el A.I. N.º 264, del 14 de agosto. Siete días después, el 21 de agosto, la defensa presentó una apelación contra esa decisión y solicitó la nulidad absoluta de la resolución, además de pedir que el Tribunal declare extinguida la acción penal.
La discusión gira en torno a una citación realizada el 4 de octubre de 2023. Para el juzgado, ese acto interrumpió el plazo de prescripción. Sin embargo, la defensa sostiene que aquella convocatoria hacía referencia al caso Metrobús, pero no comunicaba los hechos concretos que posteriormente fueron incluidos en la imputación contra el exministro.
Entre esos hechos figuran la supuesta orden de demolición de las estaciones 19, 20, 21, 22, 23 y 24, además de actuaciones ocurridas entre abril y mayo de 2020.
La defensa sostiene que una referencia general al proyecto no puede mantener vigente, durante años, cualquier acusación que posteriormente se incorpore dentro de la misma carpeta fiscal.
Si el Tribunal acepta esa postura, la causa podría terminar por el transcurso del tiempo, sin llegar a un juicio oral sobre los hechos atribuidos por la Fiscalía.
También buscan anular la acusación fiscal
Mientras planteaba la prescripción, la defensa abrió otro frente para cuestionar la validez de la acusación fiscal presentada el 11 de agosto. El incidente de nulidad absoluta fue registrado el 24 de agosto, 13 días después de la presentación de la acusación y 11 días después de la providencia que la tuvo por recibida.
El juzgado había fijado el 16 de agosto como fecha para la presentación del requerimiento conclusivo. Sin embargo, la Fiscalía presentó su acusación contra Wiens el 11 de agosto y, en esa misma presentación, solicitó la abreviación del plazo.
Dos días después, el 13 de agosto, Otazú tuvo por recibida la acusación y corrió traslado a la defensa sobre el pedido de abreviación. Para los abogados de Wiens, el orden procesal debió ser distinto: primero debía resolverse la modificación de la fecha y, recién después, podía presentarse válidamente la acusación.
Por esa razón, la defensa considera “extemporánea” la acusación, pese a que fue presentada antes del 16 de agosto. El argumento no apunta a una presentación tardía, sino a que, según sostiene, la Fiscalía actuó antes de contar con una decisión judicial que habilitara el cambio del plazo.
Además, cuestiona que al llegar el 16 de agosto la Fiscalía no haya vuelto a presentar el requerimiento y haya dado por válida la acusación ingresada el día 11.
La pretensión de la defensa es que esa situación alcance a la acusación, a la providencia que la tuvo por recibida y a las actuaciones posteriores que dependan de ellas.
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El sobreseimiento de otros también fue apelado
La ofensiva de la defensa también alcanzó la resolución que dispuso el sobreseimiento definitivo de Ramón Jiménez Gaona y Marta Benítez.
La defensa de Wiens intentó apelar esa decisión, pero el Tribunal declaró inadmisible el recurso mediante el A.I. N.º 113, del 7 de agosto. Dos semanas después, el 21 de agosto a las 16:05, fue registrado electrónicamente el recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, apenas ocho minutos después de la apelación presentada contra el rechazo de la prescripción.
La defensa sostiene que la resolución que desvinculó a Jiménez Gaona y Benítez no se limitó a disponer sus sobreseimientos, sino que incluyó consideraciones sobre la viabilidad del proyecto, la planificación, los pagos y las causas de la paralización, conclusiones que, según argumenta, podrían terminar trasladando la responsabilidad hacia la administración posterior.
En su recurso, la defensa habla de un “giro abrupto” y “selectivo” de la investigación para conducirla hacia Wiens y busca que la Corte vuelva a analizar una discusión que la Cámara ya había cerrado.
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Recusaron al juez y luego a los camaristas
Otro de los frentes abiertos se centra en la integración de los órganos que deben resolver el caso. La defensa recusó al juez Humberto Otazú al sostener que una sucesión de actuaciones había comprometido la apariencia objetiva de imparcialidad del magistrado.
El Tribunal de Apelación rechazó la recusación mediante el A.I. N.º 119, dictado el 21 de agosto. Ese mismo día, a las 20:43, la defensa registró electrónicamente una apelación contra esa decisión.
En la resolución, según el escrito posterior del abogado Sergio Coscia, el Tribunal señaló que la intención de Wiens, bajo su patrocinio, era “al solo efecto dilatorio o lograr el apartamiento del Magistrado”.
La defensa respondió cuestionando esa conclusión y sostuvo que no existía base suficiente para atribuirle una finalidad dilatoria. También afirmó que la expresión afecta profesionalmente al abogado e insistió en que la Cámara no respondió el planteamiento sobre la imparcialidad objetiva.
La secuencia continuó al día siguiente. Después de que Paublino Escobar Garay, Mario Camilo Torres Leguizamón y José Waldir Servín Bernal rechazaran apartar a Otazú, Coscia presentó una recusación contra los tres integrantes del Tribunal de Apelación.
El escrito fue registrado el 22 de agosto a las 14:31, menos de 18 horas después de la apelación contra el rechazo de la recusación del juez.
La defensa sostiene que, luego de calificar uno de sus planteamientos como destinado a dilatar el proceso, los magistrados ya no ofrecerían la apariencia de neutralidad necesaria para estudiar los próximos recursos de Wiens. También invoca, de manera subsidiaria, una causal vinculada con enemistad, odio o resentimiento.
Cinco escritos en poco más de 63 horas
Cada una de estas herramientas forma parte de los mecanismos previstos dentro del proceso penal y cada planteamiento deberá ser analizado por los órganos competentes. El derecho a la defensa contempla la posibilidad de recurrir resoluciones, plantear nulidades y promover recusaciones cuando existan fundamentos.
Sin embargo, la particularidad de esta etapa del caso Metrobús radica en la acumulación y la concentración temporal de los incidentes.
Entre las 15:57 del 21 de agosto y las 07:00 del 24 de agosto, los registros electrónicos consignan cinco presentaciones distintas: la apelación por prescripción, la casación relacionada con el sobreseimiento de Jiménez Gaona y Benítez, la apelación contra el rechazo de la recusación de Otazú, la recusación contra los tres camaristas y el incidente de nulidad contra la acusación fiscal.
La secuencia también fue objeto de observación por parte del propio Tribunal de Apelación, que dejó constancia, respecto de una de las recusaciones, de que la intención sería “al solo efecto dilatorio o lograr el apartamiento del Magistrado”.
Wiens y su defensa rechazan esa conclusión. Tras esa afirmación, presentaron una nueva apelación y posteriormente recusaron a los magistrados que integraban el Tribunal.
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Mientras tanto, el fondo del caso continúa pendiente. La Fiscalía busca llevar a juicio las decisiones adoptadas durante la gestión de Wiens en el proyecto Metrobús, mientras que la defensa intenta, a través de distintos planteamientos, extinguir la causa por prescripción, anular la acusación fiscal, reabrir decisiones relacionadas con otros imputados y cuestionar a los magistrados que intervienen en el proceso.
Ahora corresponderá a la Justicia resolver si cada uno de estos recursos tiene sustento. Pero, antes de que la causa pueda avanzar hacia el juicio oral, el expediente deberá atravesar esta sucesión de apelaciones, nulidades y recusaciones promovidas por la defensa del exministro.
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Fiscalía pidió salida procesal para el extesorero del Consejo de Salud de CDE
El Ministerio Público solicitó la aplicación de la suspensión condicional del procedimiento para Salem Esgaib Zugaib, extesorero del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este (CDE), en el marco de la causa abierta por la supuesta comisión del hecho punible de lesión de confianza que habría ocasionado un perjuicio de más de G. 757 millones a las arcas de la municipalidad esteña durante la gestión de Miguel Prieto.
El procesado prestó una colaboración efectiva con las investigaciones llevadas a cabo por la Fiscalía en este caso, dando información relevante para el avance de las pesquisas. El Ministerio Público pidió que el imputado entregue al contado G. 50 millones, o el monto que el juzgado considere pertinente en concepto de reparación del daño social causado a ser destinado en el lugar a ser dispuesto por el magistrado interviniente, entre otras reglas de conducta.
Según las investigaciones desarrolladas por los fiscales Silvio Corbeta y Verónica Valdez, la suma de G. 757.166.276 fue el resultante de las diferencias entre lo pagado por el Consejo Local de Salud y lo efectivamente construido o ejecutado por las empresas constructoras SERVMAQ y M&M, por obras realizadas dentro del Hospital Regional de Ciudad del Este entre diciembre de 2019 y agosto de 2022.
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Esta situación se habría dado a través de la concesión de aportes ordenados por el investigado intendente, quien en ese periodo habría dispuesto, a través de resoluciones, diez transferencias a favor del Consejo Local del Hospital Regional, de las cuales una parte importante de estos aportes habrían sido utilizados para inversión física y edilicia en otras realizadas dentro del centro médico.
Según las pesquisas, ninguna de las inversiones físicas realizadas por el Consejo de Salud Local habían sido controladas por la Intendencia de Ciudad del Este a través de los fiscalizadores de obras, como debió acontecer.
Asimismo, según las investigaciones, nunca existió un concurso de proveedores, sino más bien se habrían dado contrataciones directas a constructoras con nexos y vinculaciones políticas, administrativas, entre otras, con el exintendente e incluso con el presidente del Consejo de Salud.
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La Fiscalía se cansa de las chicanas y pide reactivar la causa de excolaboradores de Abdo
La Fiscalía pidió a la Corte Suprema de Justicia reactivar la causa correspondiente a la causa de la filtración de información por parte de exfuncionarios del gobierno de Mario Abdo Benítez.
Los agentes fiscales Silvia González y Christian Benítez, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, solicitaron formalmente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la conformación del Tribunal de Apelación para destrabar la causa de las filtraciones de la Seprelad.
El objetivo del Ministerio Público es que este órgano resuelva de una vez los recursos pendientes presentados por los acusados, según una información publicada por el diario digital hoy.com.py.
Estas acciones judiciales mantienen completamente frenado el proceso e impiden que se pueda fijar la fecha para la audiencia preliminar.
Según la acusación fiscal, entre los años 2021 y 2022 se estructuró un esquema ilícito integrado por exautoridades de la Seprelad, la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac) y el Ministerio del Interior.
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La hipótesis del Ministerio Público sostiene que este grupo elaboró y filtró de manera coordinada informes de inteligencia financiera de carácter confidencial. Estos documentos alterados y reservados habrían sido utilizados para perseguir a adversarios políticos del gobierno de Mario Abdo Benítez.
A pesar de que la Fiscalía presentó la acusación formal y solicitó elevar el caso a juicio oral el 11 de marzo de 2025, la causa lleva más de un año paralizada debido a una incesante cadena de recursos promovidos por los abogados defensores.
La última acción planteada fue contra los miembros de la propia Cámara de Apelaciones. Esto derivó en que el expediente fuera remitido a la Corte Suprema de Justicia, donde permanece congelado a la espera de una resolución que defina qué jueces deben intervenir.
El requerimiento conclusivo de la Fiscalía cuenta con más de 200 elementos de prueba documentales, periciales y testimoniales. El Ministerio Público acusa directamente a Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Guillermo Preda y Francisco Pereira.
Los procesados enfrentan cargos por asociación criminal, revelación de secretos de servicio, usurpación de funciones públicas y denuncia falsa. Cabe destacar que el también investigado Daniel Farías falleció en marzo pasado, quedando fuera del proceso judicial.
Por otra parte, el expresidente Mario Abdo Benítez y el actual diputado Mauricio Espínola mantienen un estatus diferente dentro del expediente penal. Ambos fueron imputados en marzo de 2024, pero actualmente se encuentran protegidos por contar con fueros de inmunidad.
- Fuente: hoy.com.py
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Citan a Miguel Prieto para evaluar sanciones por chicanero
La Cámara de Apelación rechazó una nueva recusación presentada por el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, contra el juez de garantías Humberto Otazú. El recurso se enmarca en el caso conocido como Tajy, donde la Fiscalía sostiene que existe un perjuicio patrimonial de más de G. 306.188.500.
Los jueces de segunda instancia concluyeron que no existen motivos para apartar al magistrado. Por lo tanto, Otazú seguirá al frente del proceso penal y deberá fijar la audiencia preliminar para definir si la causa se eleva o no a juicio oral y público.
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Además, el tribunal de alzada citó a Prieto para el 10 de junio a una audiencia prevista en el artículo 114 del Código Procesal Penal. El objetivo de la diligencia es analizar posibles sanciones por los supuestos recursos dilatorios planteados durante el proceso. La ley establece que, en casos de mala fe o litigación temeraria, los magistrados pueden aplicar apercibimientos o multas de hasta cien días en situaciones graves o reiteradas.
En la causa Tajy, los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle y Verónica Valdez, acusaron a Prieto por presunta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. La investigación apunta a un esquema de direccionamiento de licitaciones públicas para beneficiar a empresas vinculadas, lo que habría causado un perjuicio patrimonial de G. 306.188.500 al municipio de Ciudad del Este mediante pagos por mercaderías inexistentes.
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