Una cadena de chicanas traba las dos causas en que el destituido intendente esteño Miguel Prieto está imputado. Las sucesivas recusaciones en cada instancia judicial, desde fiscales y jueces, hasta tribunales de alzada y ministros de Corte, impiden que se aclaren las denuncias por lesión de confianza del caso Tía Chela, por kits de alimentos, y por apropiación en el caso Tajy, por panificados inexistentes, ambos durante la pandemia.
Después de 10 meses, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) pudo resolver la apelación planteada por los abogados del ahora exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, en torno a la la confirmación del juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú. El líder del movimiento Yo Creo acumula 50 denuncias penales, con dos imputaciones, el 19 de julio de 2023 (expediente 4524/2020) y el 8 de abril de 2024 (Exp. 13060/2020).
“Hay dos procesos, dos causas, en la primera fue a inicios ya del procedimiento, luego de admitirse la imputación, ya habían planteado alguna recusación, el trámite procesal fue elevar el informe correspondiente, subió a la Cámara (Especializada de Delitos Económicos), fueron recusados los miembros del Tribunal, eso fue a la Corte, también fueron recusados los ministros de Corte”, explicó el juez Otazú, este miércoles, en conversación con el programa “Así son las cosas” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Con la recusación de los ministros de Corte, la estrategia lejos de Prieto, lejos de someterse a la justicia, trabó la integración de la Sala Penal que debería estudiar otra recusación hecha contra los miembros del Tribunal de Alzada para definir si pueden intervenir, a su vez, en otra recusación impulsada contra el juez Otazú.
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En el otro proceso se produjo una recusación, esto fue al Tribunal de Alzada, este es un Tribunal nuevo de Delitos Económicos del Primer Turno, el tribunal se expidió de manera rápida, y las partes volvieron a recurrir esa resolución del Tribunal de Alzada y fue a la Corte. Esa es a situación procesal en ambas causas.
“Por lo general, a veces, se dan estas circunstancias. El problema que se suele dar es, cuando se le recusa a los ministros de Corte, el expediente va a las distintas salas de los ministros para ver si integran o no, si tiene o no causal de inhibición, cuando los demás ministros no puede integrar una sala, buscar entre los miembros del Tribunal de Apelación de Cámara, que puedan integrar, ahí es donde se suele demorar”, detalló el magistrado.
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