La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) informa que este lunes 7 de julio de 2025, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la DNCP en el caso de “Urnas electrónicas” del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

De acuerdo al informe de Contrataciones Públicas, esta decisión de la máxima autoridad judicial permite el levantamiento de la medida cautelar dispuesta por el Tribunal de Cuentas – Tercera Sala a favor de la firma Bypar S. A., que había suspendido temporalmente el avance del proceso licitatorio.

“Esta resolución representa un paso relevante hacia la garantía de la legalidad y la transparencia en los procedimientos de contratación pública, reafirmando el compromiso de la DNCP con el respeto al debido proceso y a la correcta aplicación de la normativa vigente”, expresa el comunicado.

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Cabe recordar que desde la Justicia Electoral aguardaban la resolución de esta objeción de parte de la firma, a fin de continuar con el proceso licitatorio para la adquisición de 28.000 máquinas de votación, que serán usadas en los comicios internos partidarios, en las elecciones generales municipales del 2026 y las presidenciales del 2028.

El motivo de la objeción planteada por la firma Bypar S. A., es que el TSJE pida 10 años de experiencia en la fabricación, utilización, alquiler y venta de las máquinas de votación.

Desde la Justicia Electoral señalaron que esta empresa tiene 5 años de trayectoria, por ello buscaban reducir el plazo de experiencia. Pero, el problema de esta firma es que tampoco reunía ninguno de los demás requerimientos, por ello, no pudo participar en la licitación.

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