El presidente de la República, Santiago Peña, firmó el decreto que promulga la ley n.° 7503 mediante la cual se crea el Sistema Nacional de Pagos. La iniciativa fue aprobada el martes último en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados y estaba a la espera de la promulgación o veto del Poder Ejecutivo.
De acuerdo con los objetivos dispuestos en la ley, se busca establecer este marco normativo de modo a regular las reglas que promueven el acceso, seguridad, transparencia, eficiencia, interoperabilidad, interconexión, innovación y competencia, de modo a promover la inclusión financiera.
La autoridad de aplicación será el Banco Central del Paraguay (BCP), el que tendrá la responsabilidad de regular, administrar y supervisar el funcionamiento del Sistema Nacional de Pagos. Entre sus atribuciones se encuentran: establecer requisitos técnicos y operativos para los participantes y autorizar el ingreso y permanencia de entidades en el sistema.
Igualmente, debe supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias e implementar mecanismos de control y mitigación de riesgos. Asimismo, el BCP podrá emitir normas complementarias, coordinar acciones con otras autoridades del sector y aplicar sanciones en caso de incumplimientos.
Esta ley establece que podrán formar parte del Sistema Nacional de Pagos todas las entidades financieras autorizadas, las empresas proveedoras de servicios de pago, los sistemas de compensación y liquidación, y otras organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos por el BCP. Todos los participantes deberán ajustarse a los principios y reglas comunes establecidos en la ley.
En cuanto a la aplicación de esta normativa, la banca central deberá reglamentar los aspectos técnicos y operativos necesarios para la implementación progresiva de este sistema y también podrá establecer plazos de adecuación para los participantes y convocar mesas técnicas para la elaboración de disposiciones complementarias.