Los crímenes o delitos violentos cometidos por personas que ya cuentan con dos antecedentes penales similares podrían ser castigado con una pena especial de entre 20 y 25 años de prisión, según el proyecto de ley que plantea una modificación en el artículo 65 de la ley n.° 1160/97, que es el Código Penal Paraguayo.
Esta modificación busca agregar un inciso 4.° al apartado “Bases de la Medición”, que refiere: “En caso de que una persona haya sido condenada dos veces por crímenes y delitos donde haya usado la violencia anteriormente, y comete un tercer crimen violento, la sentencia en este último caso a ser juzgado, este hecho punible, tendrá un marco especial que comenzará con 20 años y hasta 25 años de prisión”.
En su exposición de motivos, el diputado Jatar Fernández argumenta que las sanciones penales tradicionales han demostrado ser insuficientes para la rehabilitación de ciertos delincuentes reincidentes violentos. “La persona que ya posee dos condenas previas firmes y ejecutoriadas, se encuentra en una situación que tiene como forma de vida al crimen y el delito con violencia”, sostiene el legislador en el documento.
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El congresista fundamenta su propuesta en el derecho constitucional de la sociedad a ser protegida por el Estado, particularmente, cuando los mecanismos de reinserción social han fallado repetidamente. Cita estudios internacionales que, según indica, demuestran que “la criminalidad ha disminuido por reducir la reiteración de hechos punibles con violencia al mantener delincuentes reincidentes fuera de las calles por largo tiempo”.
El proyectista reconoce, por otro lado, que el objetivo primario del derecho penal es la reinserción del individuo en la sociedad, pero plantea que cuando este propósito falla repetidamente, debe prevalecer la protección de la comunidad. “Cuando la pena falla en la reinserción del individuo en la sociedad, la sociedad tiene el derecho a ser protegido de estos individuos según nuestra Constitución”, señaló el diputado.