La jueza Rosarito Montanía explicó las razones sobre su decisión de recluir a Gianina García Troche en la cárcel militar de Viñas Cué, en vez de ser remitida a la penitenciaría de máxima seguridad de Minga Guazú o en otras dependencias.

La magistrada del Juzgado Penal de Garantías del fuero Especializado en Crimen Organizado dijo que uno de los principales argumentos fue la presencia del narcotraficante Miguel Ángel Insfrán, alias Tío Rico, en el mencionado reclusorio de Alto Paraná. El procesado paraguayo también se vincula a la causa A Ultranza Py, al igual que la ciudadana uruguaya.

La jueza dijo que otras de las razones se sustentan en las recientes fugas que se produjeron en el Centro de Reinserción Social. “La fuga está entre las posibilidad que no se pueden descartar, además no hace menos de dos meses hubo una fuga masiva, incluso se comentó que Tío Rico no lo hizo nada más porque no quiso”, refirió mediante una entrevista con la 1080 AM. Tío Rico, se encuentra imputado por narcotráfico, lavado de dinero y asociación criminal.

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Asimismo, Montanía comentó que “todos sabemos la organización criminal por la que se la vincula y que su pareja aún está prófuga, buscado por Bolivia y los Estados Unidos. Evidentemente, podemos decir que Sebastián Marset cuenta con la protección de gente muy importante”.

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Opciones penitenciarias

La magistrada indicó que los abogados extranjeros de García Troche, habían requerido que su clienta guarde prisión en Minga Guazú, la Agrupación Especializada o la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).

“Las informaciones que a mí me proveyeron fue que ni candado tenía dicha penitenciaría. Además, que lastimosamente la corrupción imperante en las cárceles no han minimizado. Ninguno de los lugares requeridos por sus abogados fueron aptos para la permanencia de la señora“, comentó.

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Por otra parte, relató que la audiencia de imposición de medidas a García Troche se realizó a su llegada al aeropuerto Silvio Pettirossi, en un recinto proporcionado por la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), y no en un juzgado tradicional.

Montanía argumentó que se trató de una medida excepcional tomada en coordinación con autoridades con el principal objetivo de garantizar la seguridad del proceso. “Todo esto se mantuvo dentro de una cláusula de confidencialidad para minimizar los riesgos que podría acarrear ese momento procesal. Si algo salía mal ayer, yo sería la única responsable, el riesgo era muy alto y yo particularmente no correría con eso", puntualizó.

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