Con la promulgación del Poder Ejecutivo, la Ley n.° 7.459, que establece un nuevo criterio para el cálculo de la patente de rodados, fijándola en el 0,3 % del valor imponible del vehículo, con una reducción progresiva del 5 % anual hasta los 10 años de antigüedad del automotor, será reglamentada por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial de Paraguay (ANTSV). El director de la institución, Félix Giménez, indicó que se tienen 60 días para emitir dicha reglamentación.
“La ley cae en la agencia para su aplicación, y tenemos 60 días para reglamentar esta ley. Ya cuando vaya surgiendo la reglamentación estaríamos comunicando de todo el proceso real para la obtención de la patente de rodados”, explicó en conversación con el programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
El director de la Agencia de Tránsito explicó también que ya cuentan con un esquema del valor imponible otorgado por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), que será utilizado para establecer los costos de las patentes que serán otorgadas por los municipios de manera igualitaria en toda la República.
“Nosotros estamos elaborando; ya tenemos un valor imponible hasta el 2024, que fue provisto por la Dnit a otras instituciones; entonces, ya tenemos el valor imponible. Varía según el año del vehículo; el valor imponible es el que impone la Dnit para la importación de ese vehículo”, indicó.
Además, se implementará un simulador de costos donde el contribuyente podrá realizar el cálculo del costo de la patente que deberá abonar. “Vamos a tener un simulador de ese valor imponible que vamos a poner a disposición de toda la ciudadanía”, señaló.
Recordó que los costos de la habilitación de patentes de rodados serán únicos; se implementará un sistema único que será controlado y aplicado por la Agencia Nacional de Tránsito. “Decirles a los contribuyentes que habrá un precio único en cualquier parte del país; el precio imponible del rodado será único, ya no habrá esa diferenciación de costos. Eso es muy importante de resaltar. Por supuesto, ahí se le agrega el costo administrativo de cada municipalidad en cada liquidación”, sentenció.
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Justicia Electoral define reglas para el voto asistido en las municipales
La Justicia Electoral, a través de la Dirección de Derechos Humanos, mantuvo una reunión técnica con la agente fiscal de Delitos Electorales de la Capital, Sandra Ledesma, para abordar las legislaciones vigentes que reglamentan el Voto Asistido en el marco de las Elecciones Municipales 2026, previstas el próximo 4 de octubre.
La mesa de trabajo fue liderada por la directora de Derechos Humanos, Daisy Llano, con el acompañamiento del director de Relatoría Electoral, Jorge Berganza. Además, participaron de la reunión, la coordinadora general de la Dirección de Derechos Humanos, Paola Piris y el coordinador general de regionales TREP, Hugo Cazal.
El encuentro tuvo como objetivo establecer las directrices de la reglamentación del Voto Asistido, la cual limita el acompañamiento al cuarto oscuro exclusivamente a personas con discapacidad visual o de miembros superiores. Esta medida busca proteger el secreto del sufragio, evitar simulaciones e ir conformando un registro preciso de las necesidades en materia de accesibilidad.
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La aplicación de la Ley 6971/2022 que modifica el Artículo 217 de la Ley 834/1996 que establece el Código Electoral busca evitar la práctica indebida de la figura del acompañante, aclarando que limitaciones como el desplazamiento en sillas de ruedas no requieren asistencia dentro del cuarto oscuro.
Asimismo, se enfatizó que las herramientas de inclusión, como acrílicos y auriculares, continuarán disponibles en las mesas de ayuda de todos los locales a ser habilitados en el país para garantizar que el voto sea libre, directo, secreto, personal e intransferible.
Un solo asistente
Los miembros de las Mesas Receptoras de Votos constituyen la máxima autoridad para autorizar el ingreso de una persona de confianza ante cualquier objeción. Con el fin de evitar irregularidades, una persona solo podrá asistir a un elector durante toda la jornada electoral, salvo que exista un vínculo de parentesco directo.
Esta legislación autoriza al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) a adoptar los mecanismos de inclusión requeridos respecto a la aplicación de la mencionada normativa, como ser: registrar los datos del acompañante y la descripción del impedimento en una planilla habilitada que servirá como base documental para asignar materiales de accesibilidad en futuros comicios.
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Así también, según la Resolución TSJE n.º 148/2026, quienes cumplan el rol de asistentes tienen estrictamente prohibido inducir, sugerir u orientar el sentido del voto, debiendo guardar absoluta reserva sobre la opción seleccionada.
En caso de detectarse coacción, influencia indebida o vulneración del secreto del voto, los miembros de Mesa Receptoras de Votos deberán aplicar medidas correctivas de inmediato y dejar constancia del hecho conforme a los procedimientos establecidos por la Justicia Electoral.
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Policía Nacional: reglamentan ley que protege la maternidad y paternidad de postulantes
El mandatario Santiago Peña firmó el decreto 6.690 que reglamenta la ley 6.634/2020, que erradica la discriminación en razón de maternidad y paternidad, y garantiza la igualdad de condiciones para el acceso, selección y admisión en las unidades académicas de formación de la Policía Nacional, comprendidas por la Academia Nacional de Policía “General José Eduvigis Díaz” y el Colegio de Policía “Sargento Ayudante José Merlo Saravia”.
La ley refiere que las disposiciones establecidas serán de cumplimiento obligatorio para los postulantes, así como también para las autoridades, dependencias y el personal policial que intervengan en dichos procesos. Determina que todos los postulantes recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades de participación, sin discriminación alguna, y el ingreso se determinará exclusivamente en función a las aptitudes, competencias y resultados obtenidos por los postulantes en base a los criterios de evaluación establecidos.
También se hace mención a la objetividad en las decisiones que se adoptarán sobre la base de criterios técnicos, verificables y previamente establecidos, libres de arbitrariedad y la transparencia, y que el proceso se desarrollará con publicidad de las actuaciones y de los resultados, garantizando el acceso a la información conforme a la normativa vigente.
Autoridad de aplicación
La reglamentación detalla que la Comandancia de la Policía Nacional, en su carácter de máxima autoridad institucional, tendrá el rol de velar por el debido cumplimiento e implementación de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables al proceso de selección y admisión.
Mientras que el Instituto Superior de Educación Policial (Isepol), conforme a las competencias que legalmente le correspondan, será responsable de planificar, organizar, coordinar y supervisar el proceso de selección y admisión para las respectivas unidades académicas de formación, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Comité interinstitucional
A la vez, se establece la conformación de un Comité Interinstitucional para la transparencia e igualdad en los procesos de admisión en donde el Ministerio del Interior se desempeñará como coordinador. También indica que la Comandancia de la Policía Nacional será responsable de designar e integrar, para cada unidad académica de formación, una Comisión de Admisión, la cual tendrá a su cargo la conducción del proceso de selección y admisión correspondiente, con las atribuciones y competencias contempladas en el presente Reglamento además de las que le sean asignadas por resolución de la máxima autoridad institucional.
Requisitos para la admisión
Podrán postularse y concursar para ser admitidos en las unidades académicas de la Policía Nacional, quienes reúnan los siguientes requisitos: ser de nacionalidad paraguaya natural, tener la edad mínima 18 años al momento de la inscripción y edad máxima de 23 años hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria, para la Academia Nacional de Policía “General José Eduvigis Díaz”.
Tener la edad mínima 18 años al momento de la inscripción y edad máxima de 26 años, hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria, para el Colegio de Policía “Sargento Ayudante José Merlo Saravia”, haber concluido la enseñanza media, tener las condiciones físicas y psíquicas para cumplir con la capacidad funcional u operativa necesarias para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.
No poseer tatuajes con contenido simbólico relacionado a grupos criminales, nacionales o extranjeros, o que expresen homofobia, xenofobia, mensajes violentos u ofensivos, hagan apología al consumo de estupefacientes o representen a partidos o movimientos políticos, no haber sido condenado por la comisión de un hecho punible o cuya condena esté en ejecución.
No contar con inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, no haber sido dado de baja o excluido de la institución policial, de las Fuerzas Armadas u otras instituciones públicas o privadas afines y no ser adicto a sustancias estupefacientes o ser farmacodependientes.
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Paraguay declara emergencia vial: ANTSV ejecutará medidas y controles tecnológicos
El presidente de la República, Santiago Peña, firmó la promulgación de la Ley 7676/2026, por la cual se declara en situación de emergencia nacional en materia de seguridad vial, en todo el Paraguay debido a las elevadas cifras de siniestros, muertes y heridos de gravedad en las vías públicas. La propuesta legislativa fue recientemente sancionada por el Congreso Nacional.
Esta legislación encomienda a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) la ejecución de acciones y medidas administrativas que sean excepcionales y extraordinarias destinadas a la prevención, fiscalización, control y reducción de accidentes de tránsito.
Entre las acciones previstas se contempla la utilización de herramientas tecnológicas, la coordinación con otras instituciones del Estado y el fortalecimiento de campañas de concienciación y educación vial dirigidas a conductores, motociclistas y peatones.
Para lograr estos objetivos, la ANTSV queda facultada para emplear herramientas tecnológicas y coordinar esfuerzos interinstitucionales; conforme a lo que expresa el artículo 2 de la Ley recientemente promulgada. Además, autoriza a implementar los mecanismos operativos, técnicos e interinstitucionales necesarios para ejecutar las medidas establecidas durante el periodo de emergencia.
Cabe destacar que esta legislación contempla de forma complementaria la realización de campañas de concienciación dirigidas a la ciudadanía. En ese sentido, dispone la implementación de acciones interinstitucionales y complementariamente la realización de campañas de concienciación y educación vial, destinados al fortalecimiento de la seguridad vial y para garantizar una pronta y efectiva solución a la situación crítica por la que está atravesando la seguridad vial en el país.
La propuesta legislativa fue presentada por los diputados Hugo Meza y Miguel del Puerto, con el objetivo de dotar al Estado de mayores herramientas para enfrentar una problemática que genera miles de víctimas cada año y representa uno de los principales desafíos en materia de salud pública y seguridad ciudadana. La declaración de emergencia permitirá acelerar la adopción de acciones específicas destinadas a disminuir los índices de siniestralidad y reforzar las políticas públicas de prevención en todo el país.
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Jornada técnica sobre régimen de maquila evidenció interés en nuevo marco legal, según titular de Cemap
Ciudad del Este. Agencia Regional.
La Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (Cemap) y la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (SE - Cnime) realizaron hoy en Ciudad del Este, la primera Jornada Técnica sobre el Régimen de Maquila y su nueva reglamentación, con una gran convocatoria.
Fue en el Centro Cultural Mangoré, desde las 09:00, con asistencia de unas 200 personas aproximadamente, entre autoridades nacionales y locales, expositores e interesados participantes.
En el evento, se abordaron sobre los lineamientos legales, administrativos, contables y tributarios del nuevo marco legal de la maquila, así como la formalización del empleo. El auditorio lo conformaron preferentemente los responsables técnicos de las empresas, pero asistieron también algunos empresarios.
El presidente de la Cemap, Jorge Bunchicoff, destacó el gran impacto de la convocatoria, señalando que se registró “una respuesta contundente por parte del sector maquilador, los cupos se agotaron varios días antes del evento, evidenciando el alto interés y la madurez de los actores productivos frente a los cambios normativos”.
Asimismo, refirió que “este entusiasmo no es casual, la maquila es hoy el presente y el futuro del Paraguay, y el conocimiento profundo de su régimen se vuelve una necesidad imprescindible para quienes forman parte de este ecosistema en constante crecimiento”.
Bunchicoff mencionó que el salto cualitativo de la ley la sintetiza en la claridad. “La ley está mucho más detallada, más clara y esa claridad genera mayor control, mayor previsibilidad, lo que hace saber que las empresas que se instalan y son aprobadas como maquilas, son controladas y hacen las cosas correctas, acorde a la ley”, agregó.
Remarcó que “se hizo una actualización de la ley que para mí es muy beneficiosa, a la cual deben acogerse las empresas ya existentes”.
Otro punto destacado por los expositores y reafirmado por Jorge Bunchicoff como un punto beneficioso de la nueva ley es “la formalización de la maquila de servicios, por la cual se le otorga a la empresa el beneficio del recupero del 5 % del IVA, por la cual está llegando esa gran masa y que es muy importante porque agrega empleo formal y de calidad”, explicó también el presidente de la Cemap.
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Motor de empleo formal, transferencia tecnológica e inversión extranjera directa
El Ministerio de Industria y Comercio estuvo representado por Diego Peyrat, secretario ejecutivo del SE-Cnime, quien fue uno de los expositores de hoy. Mencionó que el MIC tiene el firme compromiso con el desarrollo económico de Alto Paraná, “un departamento que hoy lidera la transformación industrial del Paraguay, gracias al impulso del régimen de maquila”
“La maquila ya no es solo una alternativa de exportación, es un motor de empleo formal, transferencia tecnológica e inversión extranjera directa que dinamiza a toda la región”, expresó Peirat. Destacó la articulación existente con el Ministerio del Trabajo, Rediex y la Gobernación, para la jornada técnica de hoy.
Además de Jorge Bunchicoff y Diego Peirat, estuvieron como expositores el abogado Aldo Benítez, sobre aspectos legales del régimen; Jorge Castro, del Ministerio del Trabajo, sobre la formalización del empleo en el registro obrero patronal; Rodrigo Giménez, sobre aspectos administrativos, contables y tributarios del régimen.
El viceministro del Trabajo, Augusto Segovia, también expuso sobre el salto a mayor empleo y compartió algunos números sobre el descenso de las cifras de desocupación.
Esta jornada se enmarca en el proceso de actualización del régimen maquilador paraguayo, el cual busca fortalecer la competitividad del sector, mejorar la formalización del empleo y consolidar a Paraguay como un destino estratégico para la inversión extranjera, explicaron los organizadores.
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