El abogado Manuel Riera considera fundamental limitar el poder público del juzgador, darle garantía a los que están siendo juzgados y la objetivación de las causas para ingresar al esquema del juzgamiento. Foto: Gentileza
Expresidente de la CAP rechaza que miembros del JEM sean electos por voto popular
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El expresidente del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP), Manuel Riera, acudió este jueves a la audiencia pública impulsada en el Congreso Nacional para debatir sobre proyectos que plantean la reforma del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). En la ocasión rechazó la propuesta de que los miembros del órgano extrapoder sean electos mediante el voto popular.
“En mi opinión esto no corresponde por que la legitimidad de una sentencia no reposa en la cantidad de sus votos, sino en su apego a la ley y la Constitución Nacional”, sostuvo en una entrevista con los medios de prensa.
La propuesta es presentada por el senador opositor José Oviedo,quien sugiere que los representantes del Poder Legislativo deberán ser quienes hayan obtenido la mayor cantidad de votos en comicios generales y ser de profesión abogados.
A la vez, el parlamentario propone que el proceso del sufragio afecte a losrepresentantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), excluyendo de unas elecciones generales a los representantes del Consejo de la Magistratura (CM), quienes seguirán siendo designados por sus pares.
Otro punto que propone Oviedo se centra en que los integrantes del JEM podrán permanecer en sus cargos por un periodo de 5 años y deberán presentar informes cada un año sobre sus actuaciones ante la Cámara Alta. En caso de que sus acciones no sean aprobadas dos veces consecutivas por la plenaria del Senado, terminarán siendo removidos de sus cargos.
“Debemos limitar el poder público del juzgador, darle garantía a los que están siendo juzgados y la objetivación de las causas para ingresar al esquema del juzgamiento. Darle 5 años me parece una locura, cuando en un año ya se corrompen. Yo pensaría por ejemplo en esquemas de rotación, de sorteos”, puntualizó.
Con relación a la iniciativa impulsada por el también senador liberal Ever Villalba, consistente en la eliminación de la oficiosidad en el JEM, Riera argumentó que“es un paso, pero es insuficiente”. El concepto de oficiosidad se refiere a la capacidad del jurado de iniciar investigaciones y juzgar sin una denuncia previa, lo que es considerada por el legislador como una metodología inquisitiva que otorga un poder excesivo a dicho organismo.
Expresidente colombiano Uribe sentenciado a 12 años de prisión
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El expresidente colombiano Álvaro Uribe fue sentenciado a 12 años de prisión domiciliaria por soborno y fraude procesal, en una decisión histórica que lo convierte en el primer exmandatario condenado y privado de la libertad en el país.
El líder de la derecha colombiana, de 73 años, recibió la máxima pena posible, en una audiencia a la que asistió de manera virtual y visiblemente molesto.
La jueza Sandra Heredia aseguró que la sentencia es de aplicación “inmediata” para evitar que Uribe quiera “eludir” la pena y abandone el país.
“¡Justicia arrodillada!”, “¡Jueza corrupta!”, gritaba una treintena de personas a las afueras del juzgado en Bogotá. El partido de Uribe, Centro Democrático, convocó a marchas el 7 de agosto en defensa de “un hombre inocente”.
Uribe también fue inhabilitado para ejercer cargos públicos durante más de ocho años y deberá pagar una multa equivalente a unos 837.000 dólares.
El popular expresidente, que gobernó Colombia entre 2002 y 2010, fue hallado culpable el lunes de obstruir a la justicia y manipular a testigos para evitar que lo vincularan con los paramilitares, escuadrones de ultraderecha responsables de numerosos crímenes atroces contra civiles durante el conflicto armado.
Su defensa ya anunció que impugnará un fallo que considera politizado y bajo presión de la izquierda en el poder.
Horas antes de conocer su pena, Uribe aseguró en la red X que preparaba su apelación, refugiado en sus seres queridos y “fundamentalmente la oración”.
“De la peor manera”
Al comienzo de la audiencia, la jueza se quejó de que el veredicto se hubiera filtrado a la prensa anticipadamente y aseguró que uno de los hijos del mandatario contribuyó a darla a conocer.
“Protesto enérgicamente por este tratamiento a mis hijos. Usted me ha tratado a mí de la peor manera. Se lo he respetado, pero no le acepto que se meta con mi familia”, arremetió el mandatario al cortar la intervención de la magistrada.
“¿Se puede callar, señor Uribe?”, le respondió Heredia
Cuando los abogados de la defensa apelen, el caso pasará al Tribunal Superior de Bogotá, que tiene hasta el 16 de octubre para ratificar la condena o revocarla y absolverlo. Si excede esa fecha, el proceso será archivado.
Todo inició en 2012, cuando Uribe demandó al senador de izquierda Iván Cepeda ante la Corte Suprema de Justicia por asegurar que paramilitares encarcelados decían tener nexos con el exmandatario.
En 2018 la corte dio un giro y empezó a investigar al expresidente por manipular a testigos para perjudicar a Cepeda.
Dos años después, Uribe, que entonces era senador, renunció al Congreso en una maniobra que le hizo perder sus fueros, por lo que el caso pasó a la justicia ordinaria.
En 2024 empezó el juicio y finalmente la jueza determinó que Uribe estuvo detrás de una estrategia para que los testigos cambiaran sus versiones con presiones.
Reforma del transporte público: reducir tiempo y eliminar reguladas, principales objetivos
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El proyecto de ley “que establece la rectoría sobre el transporte terrestre y modifica y amplía disposiciones de la Ley 1590/2000, relativas al transporte público metropolitano de pasajeros”, cuenta con 122 artículos. Fue presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y la Cámara de Senadores estableció el 3 de setiembre para su tratamiento en el pleno legislativo. El documento ya ingresó a la Cámara Alta y fue derivado a las comisiones asesoras.
“Actualiza el marco institucional del sector de transporte, organiza la elaboración de políticas y planificación e instaura, para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros, nuevos principios rectores y un marco regulador con orientación a la calidad y bienestar de personas usuarias, promoviendo un servicio eficiente, seguro, accesible, sostenible e integrado para el desarrollo económico del país”, establece el primer artículo.
El órgano rector del Sistema Nacional de Transporte y el encargado de elaborar, proponer y ejecutar las políticas y disposiciones del Poder Ejecutivo, referentes a las infraestructuras y servicios básicos para la integración y desarrollo económico, será el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
El Viceministerio de Transporte, en función desconcentrada, estará a cargo de la regulación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros. Se incluye a la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), y los municipios del área metropolitana.
Este proyecto de ley, impulsado por el Poder Ejecutivo, busca innovar el sistema del tansporte público, otorgando al usuario una movilidad 24/7; reducir el tiempo de espera; un menor gasto para el usuario; con viajes asegurados, seguridad y calidad. Como un servicio imprescindible, se apunta a la garantía de un servicio continuo y regular, erradicando las habituales reguladas.
El objetivo principal de esta propuesta es erradicar las reguladas, otorgar un buen y regular servicio del transporte a los usuarios del área metropolitana. Foto: Marina Díaz
Datos claves
- Reformas
La propuesta establece el diseño de un nuevo modelo operativo; la incorporación progresiva de buses eléctricos (1.000 unidades) y a diésel de bajas emisiones; mejoras significativas en la infraestructura vial como la renovación de la avenida Mariscal López, la duplicación del tramo Mariano Roque Alonso–Aeropuerto y obras en la ex Ruta 1 que contempla la implementación de carriles exclusivos y paradas renovadas.
- Innovaciones
Se establece separar la provisión de flota de la operación del servicio, estableciendo contratos diferenciados para evitar la dependencia de los operadores actuales en la adquisición de buses; por lo que el Estado contratará la flota y definirá que esos buses son bienes afectos al sistema.
Se pretende la incorporación de tecnología y mejorar la planificación urbana para transformar la experiencia del usuario.
También una integración tarifaria, monitoreo en tiempo real y que cada persona pueda saber desde su celular cuándo llega su bus.
Se incluirá incentivos para que más mujeres se sumen como conductoras.
- Concesiones (artículo 31)
1) Deberán otorgarse por medio de un contrato y previa licitación pública.
2) Serán por plazo determinado, contado a partir de la fecha de celebración del respectivo contrato.
3) Podrán ser gratuitas, onerosas o subvencionadas de conformidad con las políticas tarifarias aprobadas por el Poder Ejecutivo.
4) Serán otorgadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, por intermedio del Viceministerio de Transporte, quien actúa en calidad de Concedente en representación del Estado.
5) Se suscribirán, para el caso del componente de operación, con sociedades de objeto específico, en carácter de concesionarios.
6) Se extinguirán por vencimiento del plazo contractual, por terminación anticipada atribuida a cualquiera de las partes, rescate, quiebra, concurso de acreedores, disolución y liquidación del concesionario, y por los demás hechos o circunstancias previstos en el contrato de concesión.
- Provisión de flotas
La flota para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros no podrá contar con buses de más de 15 años de antigüedad, computados a partir del año modelo de cada unidad. En caso de que una unidad supere este límite durante el periodo de prestación del servicio, deberá ser retirada y reemplazada por otra. El Viceministerio de Transporte podrá determinar la antigüedad promedio de la flota en los niveles que permitan una mayor estandarización del servicio en su conjunto. (Artículo 49).
El contrato de concesión para la prestación de los servicios de provisión de flota tendrá una duración máxima de 15 años. (Artículo 50).
- Tarifas
1) Asequibilidad: considerará la capacidad de pago promedio de las personas usuarias.
2) Equilibrio y Sostenibilidad: reflejará el monto necesario para remunerar los costos de operación que se le imputen en el diseño tarifario, para garantizar la eficiencia y sostenibilidad financiera.
3) Integración: incluirá los costos de los diversos servicios y modos de transporte público con el objeto de facilitar el logro de una sola tarifa al usuario o pasaje integrado incluyendo eventuales trasbordos.
4) Beneficios tarifarios: contemplará beneficios para grupos poblacionales específicos establecidos en leyes especiales tales como: estudiantes secundarios, personas adultas mayores y personas con discapacidad, entre otras.
5) Uso frecuente: considerará incentivos de uso del servicio de transporte público de pasajeros tanto para personas usuarias, con descuentos o exoneraciones a partir de montos determinados de gasto mensual en viajes, como para empresas, con la utilización de bonos o vales de transporte al personal, entre otros. (Artículo 64).
Diputado Gamarra apoya plan del Ejecutivo para transformar el transporte público
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El diputado Rodrigo Gamarra expresó su respaldo al proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo para la modernización del transporte público, señalando que se trata de una iniciativa largamente esperada por la ciudadanía. En la etapa de oradores, Gamarra valoró que la propuesta forma parte de un paquete más amplio de diez leyes orientadas a la modernización del Estado, el fortalecimiento institucional y la recuperación económica del país.
Durante su intervención, el legislador destacó que el sistema de transporte público “atraviesa su momento más crítico desde todo punto de vista”, con un nivel de insatisfacción generalizado. “Hoy nadie está conforme: el usuario no está conforme, el Estado no está conforme, los empresarios no están conformes con lo que tenemos”, afirmó.
Gamarra explicó que el proyecto del Ejecutivo no es improvisado, sino que es el resultado de un trabajo técnico que involucra a asesores, al Viceministerio de Transporte y a diversas instituciones, con el objetivo de generar un servicio más eficiente, más seguro y que represente un menor costo para los ciudadanos. “Se está pensando en un sistema que beneficie al usuario sin aumentar el pasaje”, recalcó.
El diputado Rodrigo Gamarra resaltó que el plan apunta a no afectar el precio del pasaje. Foto: Gentileza
Una de las principales innovaciones contempladas en la iniciativa es la incorporación de buses 100 % eléctricos. El Estado será propietario de los vehículos, que serán entregados en concesión a las empresas prestadoras del servicio, bajo condiciones previamente pactadas a través de una licitación pública.
Entre ellas, el pago de un canon al Estado por la utilización de las unidades. “Esto no significa subsidiar a los transportistas, sino facilitar un modelo más transparente y beneficioso para el pasajero”, precisó el diputado.
Ante las críticas surgidas desde algunos sectores políticos, Gamarra advirtió sobre intentos de distorsionar el alcance del proyecto por intereses partidarios. “Cuando aparecen propuestas innovadoras como esta, siempre surgen los detractores y los oportunistas políticos. Por eso es importante aclarar las cosas”, subrayó.
Reforma del transporte público será analizada por el Senado el 3 de setiembre
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La Cámara de Senadores analizará el 3 de setiembre el proyecto impulsado por el Ejecutivo que plantea la reforma del transporte público metropolitano. La petición fue realizada a la plenaria por el presidente del Congreso Nacional, Basilio “Bachi” Núñez.
“La presentación de este proyecto de ley es un hecho transcendental a menos de dos años de gobierno del presidente de la Republica, Santiago Peña. Se pide un sistema de transporte público digno, que se reduzca los tiempos de espera por parte de los pasajeros, que los viajeros tengan certeza que los colectivos vendrán en sus respetivos horarios, que se genere un menor gasto y que haya más controles”, manifestó.
El parlamentario sostuvo: “Creo en la voluntad política del Congreso Nacional y del Senado, la ciudadanía ya no puede esperar un día más. Propongo que hagamos audiencias públicas, que escuchemos a los empresarios, a la sociedad civil organizada".
La plenaria también aprobó que el tratamiento en código de la iniciativa comience el 27 de agosto. El tratamiento de código implica que las modificaciones deberán plantearse por escrito antes de su tratamiento en plenaria. El artículo 6 del reglamento interno de la Cámara Alta refiere que para su implementación se necesita de la aprobación de la mayoría.
El proyecto deberá ser distribuido inmediatamente de ser recibido en el Senado y los parlamentarios podrán presentar enmiendas por escrito dentro del plazo que el presidente del Senado determine en cada caso. Las comisiones a las que sean remitidas el proyecto tomarán cuenta de las enmiendas en sus fundamentos y acompañarán las mismas con sus dictámenes.
En el estudio en particular por el plenario del Senado se votarán sin discusión los artículos no objetados y solo podrán ser discutidos los artículos para lo que se haya observado el procedimiento indicado precedentemente y aquellos aconsejados por la comisión dictaminante.