El Ministerio de Desarrollo Social inició la distribución de 24.475 tarjetas de débito que serán utilizadas por los beneficiarios del programa de pensión para adultos mayores que ingresaron al sistema de asistencia estatal desde el pasado mes de noviembre.
Las tarjetas estarán disponibles en las agencias de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (Dinacopa) en los 17 departamentos del país, incluyendo Asunción. Para concretar el retiro de las tarjetas, los adjudicados deberán presentar su cédula de identidad vigente.
En caso de que algún adulto mayor no pueda acudir personalmente a las agencias, se ofrece un servicio de entrega a domicilio. Para requerir el envío, los interesados deben enviar un mensaje de WhatsApp al número 0962 123 451 de Dinacopa, proporcionando los siguientes datos: número de cédula de identidad del beneficiario, número de contacto, dirección completa del beneficiario (calle, número, barrio, ciudad) y la ubicación de la vivienda.
La Ley 7322/2024 establece que podrán ser beneficiarios a la pensión mensual no menor al 25 % del salario mínimo legal vigente, las personas con más de 65 años, los paraguayos naturalizados con más de 5 años de residencia, los extranjeros con más de 30 años de residencia en Paraguay, las personas con discapacidad severa (que cuenten con certificado del Senadis) con más de 60 años y los miembros de comunidades indígenas, con más de 55 años.
No podrán ser beneficiarios de la pensión universal las personas que perciben salario del sector público y/o privado, los que se encuentren cobrando otra pensión y/ o sean jubilados, los contribuyentes a la Renta y los que poseen más de 30 cabezas de ganado.
Dejanos tu comentario
Las personas mayores son un tesoro inestimable, resalta Arquidiócesis de Asunción
Este domingo 15 de junio se recuerda el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, una fecha promovida por las Naciones Unidas mediante Resolución 66/127, a instancias de las organizaciones de personas mayores de distintos continentes, entre ellos América Latina y el Caribe.
En ese marco, la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a través de la Pastoral de Adultos Mayores, manifestó: “Las personas mayores son un tesoro inestimable para nuestras sociedades, a lo largo de sus vidas, han acumulado una sabiduría profunda, experiencias ricas y un amor incondicional que pueden enriquecer a las generaciones más jóvenes. Sin embargo, tristemente, a menudo son objeto de abuso y maltrato, lo cual es una verdadera tragedia y una grave injusticia que clama al cielo y es tan trascendente que hubo que determinar un dio mundial para alertar a la humanidad sobre estos hechos”.
Lea más: Ante aumento de cuadros respiratorios habilitarán vacunatorios durante el feriado
“El respeto y la dignidad de las personas mayores son valores fundamentales que debemos promover y defender en nuestras familias, comunidades y desde las estructuras públicas. Es imperativo que no veamos a los mayores únicamente como personas que necesitan cuidado y asistencia, sino como individuos con derechos plenos, voz y participación activa en la sociedad. Ellos requieren que se vele con amor y dedicación por su bienestar y existencia”, agrega la institución religiosa.
“Como sociedad y como individuos, tenemos el deber de asegurar que nuestros mayores sean tratados con el respeto, el amor y la ternura que merecen. Debemos proporcionarles un entorno seguro y acogedor, donde se sientan valorados y cuidados. Esto incluye garantizar su acceso a servicios de salud adecuados, seguridad económica, apoyo emocional, oportunidades recreativas y una vida digna en su totalidad”, continúa el mensaje.
Lea también: A 9 años del impactante atentado contra Jorge Rafaat en PJC
Además, es esencial fomentar una cultura de respeto intergeneracional, promoviendo el diálogo y la comprensión mutua entre los jóvenes y los adultos mayores. No olvidemos que todos nosotros envejeceremos algún día, y el trato que damos a los mayores hoy, será el reflejo de cómo seremos tratados en nuestra propia vejez.
El abuso y maltrato hacia las personas mayores no debe ser tolerado ni ignorado. Como comunidad, debemos estar atentos y denunciar cualquier forma de abuso, ya sea físico, emocional o financiero, que se perpetre contra ellos. Es crucial que se establezcan sistemas de protección y apoyo para aquellas personas mayores que sufren abusos, y que se brinden los recursos necesarios para su recuperación y justicia, implementando políticas públicas que realmente las consideren y protejan.
Dejanos tu comentario
Bloqueo de cuenta de beneficiarios de Adultos Mayores: ¿cómo reactivarla?
El Ministerio de Desarrollo Social (MDS) informó que un total de 2.622 cuentas asignadas a beneficiarios del Programa de Pensión para Adultos Mayores fueron bloqueadas recientemente por inactividad. El bloqueo se aplica a aquellas cuentas que no registraron movimientos en un plazo de 60 días, dado que la pensión otorgada es de carácter mensual.
El MDS considera que este periodo sin uso puede indicar que el beneficiario no requiere del beneficio o no se encuentra en condiciones de percibirlo. Sin embargo, la directora del Programa de Pensión de Adultos Mayores, Lourdes Riveros, explicó que el bloqueo es automático, pero reversible.
Leé también: Trabajadores insisten en que el cálculo del salario mínimo no debe basarse en el IPC
“Estas medidas se toman porque se presume que quienes acceden al programa esperan cobrar mensualmente. No obstante, hay excepciones, como beneficiarios que se encuentran en el extranjero por motivos de salud. En estos casos, deben presentar un certificado de vida y residencia, documento expedido por la Policía Nacional, que sirve de respaldo para justificar su situación”, precisó Riveros a la 920 AM.
Continuó indicando que para reactivar una cuenta bloqueada, el beneficiario debe presentar una solicitud de reintegración por mesa de entrada institucional, adjuntando los documentos requeridos en formato digital. Según Riveros, al mes siguiente de realizar el trámite, la cuenta será nuevamente habilitada.
Te puede interesar: Taiwán oficializa arancel cero para exportación de carne porcina
También se puede acceder al formulario de justificación de inactividad y realizar consultas a través del número de WhatsApp 0982 542-917 o por correo electrónico a mesadeentrada@mds.gov.py. El MDS aclaró que los pagos correspondientes a los dos meses previos al bloqueo seguirán disponibles en la cuenta del titular.
Sin embargo, el mes en que se realizó el bloqueo no será acreditado y el beneficiario perderá ese pago. “El mes que no se acredita pierde el beneficiario, pero una vez que solicite su reintegración, se procede a la habilitación de la cuenta para el mes siguiente”, finalizó Riveros. La institución insta a todos los beneficiarios a mantener activa su cuenta y, en caso de inconvenientes, contactar con la institución a través de los canales habilitados.
Dejanos tu comentario
Plantean modificar ley de la tercera edad para incluir a personas con discapacidad severa
El diputado Roberto González presentó esta semana un proyecto de ley que busca modificar seis artículos de la ley que establece la pensión universal para adultos mayores, con el objetivo de extender este beneficio a las personas con discapacidad severa, independientemente a su edad.
La iniciativa plantea modificar los artículos 3°, 7°, 8°, 10, 12 y 17 de la Ley N° 7322/2024, ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
La propuesta legislativa surge como respuesta a lo que el parlamentario considera una “omisión significativa” en la ley original, que dejó desprotegida a una población vulnerable que enfrenta barreras importantes para su inclusión social y económica.
Según la exposición de motivos la Ley 7322/2024 nació con el propósito de otorgar un ingreso económico mensual equivalente al 25% del salario mínimo, a personas vulnerables que, por su edad o condición física, no pueden acceder al mundo laboral.
“La mencionada ley no contempla a personas con discapacidad severa de cualquier edad, dejando desprotegida a una población vulnerable que aparte de las carencias y dolencias físicas, debe sobrellevar costosos tratamientos médicos”, argumenta el diputado en su escrito de presentación.
Agrega que el proyecto encuentra sustento en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, ratificada por Paraguay, que en su artículo 28 establece el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado, incluyendo acceso a protección social.
Refiere, igualmente, que el documento se apoya en el artículo 25 de la Constitución Nacional, que reconoce específicamente los derechos de las personas con discapacidad, y busca garantizar el principio de vida digna consagrado en la Carta Magna.
Principales modificaciones
Algunas de las modificaciones incluyen la incorporación de las personas con discapacidad severa certificadas por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Sinadis), como beneficiarias de la pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo, independientemente a la edad.
Además, crea el “Fondo de Pensión a Personas con Discapacidad Severa” como complemento al fondo existente para adultos mayores. Así como establece que el Ministerio de Economía y Finanzas debe crear un objeto de gasto específico para el pago de pensiones tanto a adultos mayores como a personas con discapacidad severa.
Mantiene las mismas restricciones para acceder al beneficio, excluyendo a quienes reciban remuneraciones del sector público o privado, contribuyan al Impuesto a la Renta o posean más de 30 cabezas de ganado.
González argumenta finalmente que la medida no solo promoverá la inclusión social, sino que también aliviaría la carga económica de las familias que cuidan personas con discapacidad severa.
Otro proyecto similar
Es importante mencionar que también existe otro proyecto que persigue el mismo fin, que fuera presentado por un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica el artículo 3º de la Ley N° 7322/2024 ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
Este proyecto establece que las personas con discapacidad severa, constatadas y certificadas por la Sinadis, podrán acogerse a los beneficios de la presente ley a los sesenta años de edad.
Por otro lado, estipula y aclara que para acogerse a este beneficio bastará que el postulante tenga un grado de discapacidad igual o superior al 50% (cincuenta por ciento).
Dejanos tu comentario
Hambre Cero es un programa de “revisión y ajuste permanentes”, dice ministro
El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, se refirió este viernes sobre los alcances del decreto n.° 3.899, que estipula la adquisición obligatoria de productos y servicios de la agricultura familiar y mipymes por proveedores del programa Hambre Cero en las escuelas, en porcentajes del 10 % y 5 %, respectivamente.
“Quiero aclarar que la compra de productos e insumos de la agricultura familiar campesina, como también de los productos de bienes y servicios de las mipymes, está establecida hoy en los líneamientos del programa, como así también en los contratos, pero le faltaba un toque más formal, con un respaldo legal de mucho más peso“, sostuvo Rojas, este viernes, en una entrevista con el programa “Arriba hoy”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“Por su volumen, dimensión, cobertura, Hambre Cero es un programa de revisión y de ajustes permanentes a los efectos de que pueda ser cada vez más efectivo”, refirió. Con el decreto, las empresas adjudicadas deberán adquirir insumos frutihortícolas, directamente del productor, por el valor del 10 % de sus contratos, y productos y servicios de las mipymes por el 5 %.
Te puede interesar: Taiwán agradece apoyo de autoridades paraguayas para su inclusión a la OMS
“Entre los aspectos más importante de este decreto es que se establece que mensualmente se debe presentar las facturas de compras para la elaboración del proceso administrativo para el pago del servicio que hacen las empresas en la provisión de la alimentación escolar“, refirió.
Las facturas de compra en concepto de productos frutihortícolas e insumos de la agricultura familiar o bienes y/o servicios deberán ser cargadas en el Sistema Integrado de Alimentación Escolar (SIAE), mediante los usuarios registrados por los proveedores ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
“Con esto estamos asegurando que las compras de los productos sean fijos, permanentes, es decir cada mes. Esta obligación de compra obligatoria es establecida para ambas modalidades del programa, ya sea para la modalidad de cocinando en las escuelas como el sistema de catering”, comentó el alto funcionario de Estado.
Leé también: García no fue recluida en Minga Guazú debido a Tío Rico, dice jueza
Desde el Ministerio de Desarrollo Social advierten a las empresas que la inobservancia de esta medida será considerada como incumplimiento contractual y se aplicarán sanciones administrativas, conforme a lo establecido en las normativas.
Rojas dijo que otro de los puntos resaltantes de la resolución presidencial guarda relación con evitar a los intermediarios. “De acuerdo a las evaluaciones realizadas, encontramos que la presencia de estos termina perjudicando al sector productivo de alguna u otra forma en cuanto a los precios y pagos”, indicó.