Salario mínimo está garantizado por la Constitución, aclara ministra
Compartir en redes
Tras la polémica interpretación de ciertos medios de comunicación sobre las expresiones del ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez, con relación al salario mínimo legal vigente, la titular de la cartera laboral aclaró que el goce del mismo está garantizado por la Constitución Nacional.
“Creo que eso ha quedado bastante claro, que el salario mínimo está garantizado por la Constitución Nacional, y que no está en la agenda del Ejecutivo, en ningún momento lo estuvo, ni se puso en las discusiones la eliminación del salario mínimo”, expresó a la 780 am Mónica Recalde, ministra de Trabajo.
Mencionó que es importante entender el contexto en el que se daba la conversación entre el ministro Giménez y un programa radial, momento en el que se estaba conversando sobre el alcance de la nueva mirada de la ley de Mipymes que recientemente fue promulgada con modificaciones que incluye incentivos.
La ministra Mónica Recalde tuvo que aclarar las expresiones del titular del MIC, quien en realidad se refirió a los requisitos que los inversionistas miran, entre ellos el beneficio para las mipymes que puede emplear con el 80 % del salario mínimo. Foto: Pánfilo Leguizamón
En este punto es que se abordó el capítulo especial de los trabajadores, que menciona la posibilidad de que las microempresas puedan emplear con un 80 % del salario mínimo, lo cual está estipulado dentro de la normativa como mecanismo para mantenerse en la formalidad. Esto, teniendo en cuenta que muchas o la mayoría no puede pagar varios salarios mínimos.
Recalde señaló que lo que el ministro de industria trataba de exponer era acerca de los requisitos o, lo que las empresas extranjeras miran en un país para instalarse, y uno de ellos tiene que ver con las reglas o condiciones laborales de trabajo, además de la capacitación e “incentivos” que se pueden tener para las mipymes.
“Cuando una información sale a la luz y se toman ciertas frases de una persona, eso puede llevar a confusión y tener una repercusión negativa en la ciudadanía, de que se está trabajando en cuestiones que no están en agenda”, argumentó la titular de Trabajo.
Con relación al punto del 80 % del salario mínimo, que se volvió a incluir en la nueva ley, la ministra remarcó que este apartado ya estaba establecido desde el 2012, como una incorporación normativa que se venía trabajando aunque con ciertos requisitos, con la idea de formalizar a los microemprendedores.
En este sentido, comentó que, según los registros, unos 750 contratos aproximadamente están vigentes bajo esta figura del 80 % del salario mínimo para los trabajadores de microempresas, de modo a aclarar las expresiones del ministro de Industria sobre la supuesta intención de eliminar el salario mínimo, y tranquilizar a la ciudadanía.
El Ejecutivo plantea eliminar el pago previo del 3 % del valor del lote y establecer un esquema de pago diferido para las familias beneficiarias de la reforma agraria. Foto: Gentileza
Propuesta para facilitar la titulación de tierras gana respaldo del sector campesino
Compartir en redes
Representantes de la Federación Nacional Campesina, la Multisectorial, la Coordinadora por la Reforma Agraria y comisiones vecinalesapoyaron la propuesta del Ejecutivo para eliminar el pago previo del 3 % y ampliar los plazos de pago de los lotes.
El proyecto del Ejecutivo plantea flexibilizar las condiciones para acceder a la titulación, eliminando la barrera económica que implica el pago inicial del 3 % y estableciendo un régimen de pago diferido. La iniciativa recibió respaldo de representantes campesinos durante una audiencia pública que se llevó a cabo este viernes en el Congreso Nacional.
El titular de la Cámara de Senadores, y presidente del Congreso, Basilio Núñez, convocó una audiencia pública para analizar el proyecto de ley que modifica disposiciones del Estatuto Agrario y la normativa del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), con el objetivo de facilitar el acceso a la titulación de tierras para las familias campesinas. El debate estuvo acompañado del presidente del ente agrario, Francisco Ruiz Díaz.
Promover su próximo tratamiento
Durante las deliberaciones los representantes del sector campesino, autoridades y legisladores, señalaron que están a favor de las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo. El objetivo del diálogo fue recoger las inquietudes y promover el tratamiento del proyecto de ley el próximo 16 de septiembre.
El titular del Indert presentó el proyecto con los puntos específicos que se plantea modificar. Brindó una amplia explicación a los participantes sobre la propuesta del gobierno. Explicó que el proyecto plantea eliminar el pago previo del 3 % del valor de la tierra como requisito para acceder al título de propiedad y establecer un régimen de pago diferido.
Representantes de la FNC, la Multisectorial, la Coordinadora por la Reforma Agraria y comisiones vecinales apoyaron la eliminación del pago inicial del 3%. Foto; Gentileza
Señaló que de aprobarse, los beneficiarios podrían recibir primero la titulación y posteriormente abonar el valor de la tierra mediante cuotas anuales, con el inicio de los pagos 12 meses después de la entrega del título. El plazo previsto sería de hasta 30 años para las mujeres y 20 años para los hombres.
La audiencia se realizó en la sala de sesiones del Congreso Nacional y contó con la presencia de los senadores Natalicio Chase, Líder Amarilla, Óscar Salomón, Enrique Salyn Buzarquis, Arnaldo Samaniego, Patrick Kemper e Ignacio Iramain. El proyecto de modificación contó con un fuerte respaldo de los representantes campesinos, así como también de los parlamentarios.
Apoyo del sector campesino
Al inicio del encuentro, el presidente del Senadores, Basilio Núñez, destacó la importancia de escuchar a los distintos sectores involucrados, a fin de que el proyecto responda a las necesidades del campesinado. “Necesitamos conocer sus opiniones para establecer una respuesta que se traduzca en este proyecto de ley, que verdaderamente beneficie principalmente al campesinado”, expresó.
Marcial Gómez, dirigente de la Federación Nacional Campesina, confirmó el apoyo de la FNC a la eliminación de las barreras económicas que impiden al campesinado acceder al título de propiedad.
En ese sentido, dijo que están de acuerdo en eliminar el pago previo del 3 % y la ampliación de plazos. De igual forma, la Multisectorial, la Coordinadora por la Reforma Agraria, así como las comisiones vecinales de diferentes departamentos, brindaron su apoyo a la iniciativa de cambios en el Estatuto Agrario.
Pulciano Sánchez sostuvo que la iniciativa representa a un sector importante del país que merece ser escuchado y que las decisiones adoptadas deben contemplar las necesidades reales de las familias campesinas.
El monseñor Mario Melanio Medina, representante de la Delegación del Comité de Iglesias, resaltó la importancia de abordar el problema de fondo y encontrar una respuesta que favorezca efectivamente a las familias campesinas.
En la misma línea, Alejandro Colmán, beneficiario de San Pedro y representante de la Comisión de Fomento y Desarrollo Yvype, sostuvo que la regularización de las tierras constituye una responsabilidad del Estado y remarcó la importancia de garantizar soluciones que permitan a las familias campesinas consolidar su propiedad y mejorar sus condiciones de vida.
La ministra Mónica Recalde explicó ante la mesa directiva del Senado el alcance del reajuste del 5 % del salario mínimo y la situación del contrato colectivo de los trabajadores de prensa. Foto: Gentileza
Senado aborda situación laboral de trabajadores de prensa y reajuste del 5 % del salario mínimo
Compartir en redes
A petición del vicepresidente segundo de la Cámara Alta, senador Dionisio Amarilla, los miembros de la mesa directiva recibieron este lunes a la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Mónica Recalde, con el objeto de interiorizarse sobre la situación de los trabajadores de prensa y, en general, respecto al cumplimiento del decreto del Poder Ejecutivo que establece un incremento del 5 % del salario mínimo legal desde el 1 de julio del corriente año.
La reunión estuvo encabezada por el su titular, el senador Basilio Núñez, quien junto con los líderes y vicelíderes de bancadas recibieron el informe de la secretaria de Estado, sobre la situación laboral de los trabajadores de prensa.
Al respecto, el senador Amarilla había solicitado información sobre las diligencias realizadas ante el Ministerio de Trabajo respecto a eventuales denuncias formales presentadas por trabajadores de medios de comunicación, la existencia de contratos colectivos invocados por las empresas y si esta situación afecta exclusivamente a los medios de prensa o constituye una práctica extendida en otros sectores.
Asimismo, el presidente de la Cámara Alta, senador Basilio Núñez, enfatizó la necesidad de conocer con exactitud si el incremento del 5% del salario mínimo legal vigente se aplica a todos los trabajadores y, específicamente, a los trabajadores de prensa.
Mesa tripartita
En ese sentido, la ministra Mónica Recalde explicó que tomaron conocimiento de las denuncias a través de las publicaciones realizadas por diferentes gremios de periodistas. Señaló que se solicitó la conformación de una mesa tripartita con representantes de los distintos medios de comunicación, a fin de analizar el grado de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 del Contrato Colectivo de Condiciones de Trabajo.
La ministra remarcó que el contrato colectivo del gremio de prensa data de 1997 y se encuentra actualmente vigente, pero no ha vuelto a ser negociado, pese a que en diferentes ocasiones se intentó avanzar en su actualización. Agregó que otro de los pedidos específicos del Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) consiste en contar con una interpretación o dictamen sobre los alcances jurídicos del artículo 29, en relación con los ajustes salariales.
“Lo que tenemos como Estado es regular el salario mínimo legal. La Corte Suprema de Justicia, en un fallo, estableció que el salario mínimo no puede ser reajustado para todos, sino que solo debe ser reajustado el piso mínimo legal; los reajustes superiores al salario mínimo tienen que darse por contrato colectivo o por contratos individuales de trabajo”, señaló la ministra.
Por su parte, el senador Dionisio Amarilla refirió que presentó un proyecto de Declaración que insta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar los controles correspondientes para verificar el cumplimiento del decreto del Poder Ejecutivo que establece el incremento del salario mínimo legal y de las condiciones estipuladas en los contratos colectivos de trabajo.
El piso congelado del IRP reduce el efecto real de los aumentos salariales
Compartir en redes
Mientras el salario mínimo volvió a incrementarse un 5 % para compensar parcialmente la inflación, el umbral de ingresos para tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) continúa fijado en G. 80 millones anuales desde 2020. La falta de actualización del mínimo imponible provoca el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que incorpora cada vez a más trabajadores al régimen tributario sin que necesariamente haya mejorado su capacidad económica.
“Nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos”. La célebre frase atribuida a Benjamín Franklin mantiene plena vigencia más de dos siglos después. En Paraguay, sin embargo, la realidad tributaria incorpora un elemento adicional que afecta silenciosamente a miles de asalariados: mientras los salarios se ajustan año tras año para acompañar la inflación, el ingreso mínimo para comenzar a tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) permanece inalterable desde hace seis años.
Desde el 1 de julio, el salario mínimo aumentó un 5 %, pasando de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 mensuales. Como ocurre cada año, el reajuste busca preservar parcialmente el poder adquisitivo frente al incremento del costo de vida.
Sin embargo, el mínimo para quedar alcanzado por el IRP-Rentas y Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP) continúa fijado en G. 80 millones brutos anuales, exactamente el mismo monto establecido para el ejercicio fiscal 2020.
Esta diferencia entre la evolución de los salarios y la inmovilidad del umbral genera un fenómeno ampliamente estudiado en economía pública denominado “arrastre fiscal” o bracket creep. Consiste en que la inflación y los aumentos nominales de los ingresos hacen que cada vez más personas ingresen al sistema tributario, aunque en términos reales mantengan prácticamente el mismo nivel de vida.
Zunilda Trinidad, consultora organizacional y especialista en proyectos de inversión y auditoría, explica que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) no tiene atribuciones para modificar ese monto por decisión propia.
“El umbral de G. 80 millones está establecido por la Ley 6380/19. Su modificación requiere un cambio en el marco legal. A diferencia de la legislación anterior, la actual no contempla un mecanismo automático de actualización del mínimo imponible según la inflación”, señala.
En consecuencia, más que una decisión administrativa, la permanencia del umbral responde a la ausencia de una reforma legislativa que adapte el monto a la evolución de los precios.
Cada año el límite vale menos. Aunque nominalmente el mínimo imponible continúa siendo de G. 80 millones, su valor económico se redujo de manera importante desde 2020.
La inflación acumulada durante los últimos seis años disminuyó el poder adquisitivo de ese monto. Si el límite hubiera sido ajustado para mantener el mismo valor real que tenía cuando fue fijado, actualmente se ubicaría aproximadamente entre G. 105 millones y G. 108 millones, según la inflación acumulada del período.
En otras palabras, el umbral vigente conserva apenas alrededor del 76 % del poder adquisitivo que tenía originalmente.
Como consecuencia, numerosos trabajadores que únicamente recibieron incrementos destinados a compensar la inflación hoy superan el límite legal y deben inscribirse en el IRP, aun cuando su situación económica real prácticamente no haya cambiado. ¿Pierde poder adquisitivo el trabajador?
La consultora tributaria Cinthia Ayala Maciel, de Inversiones Paraguay, sostiene que el efecto debe analizarse desde dos perspectivas. En primer lugar, explica que el impacto directo del impuesto suele ser moderado.
“El IRP grava la renta neta y posee una estructura progresiva, con tasas del 8 % y del 10 %. Por ello, quien recién supera el umbral normalmente no enfrenta una carga tributaria elevada”, señala.
Sin embargo, considera que el aspecto más relevante está en los costos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
“La inscripción en el registro, la presentación de declaraciones, la conservación de documentos respaldatorios y, en muchos casos, la contratación de un contador o de servicios de teneduría de libros representan gastos que son prácticamente iguales para quien apenas supera el umbral y para quien obtiene ingresos considerablemente mayores”, explica.
Ese fenómeno provoca que los costos administrativos tengan un peso proporcionalmente mayor sobre los contribuyentes de menores ingresos dentro del propio universo alcanzado por el impuesto.
Menor ingreso disponible. El efecto del arrastre fiscal no implica necesariamente una pérdida automática del poder adquisitivo, pero sí puede reducir el ingreso disponible de los trabajadores.
Una parte de los reajustes salariales destinados a compensar la inflación termina absorbida por el pago del impuesto y por los costos administrativos derivados de cumplir con las obligaciones tributarias.
Un ejemplo permite visualizar el fenómeno. Un asalariado que en 2020 percibía G. 78 millones anuales no estaba alcanzado por el IRP. Si durante los años siguientes únicamente recibió incrementos equivalentes a la inflación, hoy podría superar los G. 100 millones anuales sin haber experimentado una mejora significativa en su capacidad económica. Sin embargo, al mantenerse congelado el mínimo imponible en G. 80 millones, pasa a integrar el universo de contribuyentes.
Especialistas en política fiscal sostienen que este mecanismo modifica gradualmente la carga tributaria sin necesidad de elevar las alícuotas ni crear nuevos impuestos. Basta con que el mínimo imponible permanezca inmóvil mientras los salarios nominales continúan creciendo.
Mientras el salario mínimo sigue ajustándose para intentar preservar el poder adquisitivo de los trabajadores, el piso del IRP permanece congelado desde 2020. En ese contexto, cada nuevo reajuste salarial acerca a más paraguayos al régimen tributario, ampliando la base de contribuyentes mediante el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que cobra cada vez mayor relevancia en un escenario de inflación acumulada y salarios en constante actualización.
Ingreso de la mayor cantidad de personas ocupadas ronda el salario mínimo, según datos del INE
Compartir en redes
El Instituto Nacional de Estadística (INE) dio a conocer el informe denominado “Ocupación Informal 2022 y 2025”, mediante el cual revela los niveles de ingresos en los años mencionados, lo que a la vez evidencia el comportamiento presentado.
Específicamente, en el cuadro n.º 4 del documento se observa una clara relación inversa entre el nivel de ingresos de los ocupados asalariados y la informalidad; mientras menores fueron los ingresos laborales, mayor fue el porcentaje de ocupados informales.
El segmento de menos de 1 salario mínimo presentó los porcentajes más altos de informalidad. En 2025, el 79,8 % de los trabajadores de este grupo eran informales, proporción levemente inferior al 80,9 % registrado en 2022. En contraste, en el tramo de 3 salarios mínimos (SM) y más, la informalidad pasó de 25,9 % en 2022 a 26,2 % en 2025, como se puede ver en la imagen de abajo.
Cuadro estadístico que muestra los niveles de ingresos de las personas ocupadas. Foto: INE
En términos generales, en 2022 había un total de 1.605.905 personas ocupadas, de las cuales 912.515 se encontraban dentro de la franja de informalidad, representando el 56,8 %, mientras que en 2025 la cifra se redujo a 55 %, es decir, un global de 1.828.195, de los cuales 1.008.224 se encontraban en informalidad.
Con relación a los ingresos, se incrementó la cantidad de personas que perciben menos de 1 SM, 1 SM a menos de 1,5 SM y 1,5 SM a menos de 2 SM, pero no así en los rangos superiores, donde hubo una retracción en la cantidad, específicamente en 2 SM a menos de 2,5 SM y 2,5 SM a menos de 3 SM. En más de 3 SM se observa nuevamente un incremento.
En pocas palabras, la mayor cantidad de personas ocupadas gana entre menos del salario mínimo hasta 1,5 SM a menos de 2 SM, siempre de acuerdo a los datos del INE.
De acuerdo al INE, el objetivo consiste en proporcionar un análisis preciso y desagregado de los ocupados informales no agropecuarios en Paraguay, para el diseño de políticas públicas y programas sociales focalizados. Esta publicación ofrece estimaciones a nivel nacional, por área de residencia (urbana y rural) y para 15 departamentos más Asunción.
Para el análisis se utilizaron las bases anuales de la Encuesta Permanente de Hogares Continua (EPHC). Se toma el año 2022 como línea de base y el año 2025 como referencia de la situación actual, dada la comparabilidad estricta entre ambos años. Las estimaciones fueron recalculadas utilizando factores de ponderación ajustados a las Proyecciones de Población, revisión 2025.