Ordenan a municipalidades cumplir ley que estipula nuevas tasas de habilitaciones
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La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial emitió un comunicado mediante el cual ordena a las administraciones municipales al cumplimiento de la nueva ley n.° 7.447/2025, que establecen las nuevas tasas para las habilitaciones vehiculares y advirtieron que ante el incumplimiento de esta normativa, se tomarán medidas.
“La Dirección Ejecutiva de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial se dirige a las municipalidades de todo el territorio nacional a los efectos de comunicar la resolución n.° 024/2025 por el cual se ordena el cumplimiento de la ley n.° 7.447/2025 y ordena el cumplimiento de manera inmediata del artículo n.° 1 de la presente ley”, expresa el documento.
La institución se pronunció este miércoles 15 de enero a través de un escrito en el que recuerdan que la Agencia Nacional de Tránsito es el órgano encargado del control y por ende, velará por el acatamiento de las disposiciones que establece la mencionada ley, la que unifica los precios de las patentes de rodados en todas las comunas del país.
“En uso de sus atribuciones, informará a la Contraloría General de la República sobre el incumplimiento de la municipalidad a la normativa tributaria vigente”, concluye el escrito. De acuerdo a lo que explicaron desde las instituciones del Gobierno, esta ley unifica las tasas a ser abonadas, puesto que en algunas como Asunción el costo era muy elevado, mientras que en otras, el monto era sustancialmente inferior.
“Esa era la lucha entre municipios, algunas municipalidades cobraban menos de lo que establecía la ley, no es que subió el impuesto, sino que no se aplicaba correctamente el valor de importación”, expuso días atrás Nelson Peralta, director de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci).
El pedido del Poder Ejecutivo para intervenir las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, en proceso en la Cámara de Diputados, generó gran revuelo político y ambos intendentes, y sus respectivos aliados, han salido a defender su gestión, pero, cuáles son los motivos por los cuales se puede solicitar la intervención.
En conversación entre La Nación/Nación Media y el abogado Ricardo Preda, explicó que la existencia de un hecho punible o un indicio del mismo no es el único causal para una intervención; la sospecha de malos manejos administrativos, que no constituyan un delito, también pueden requerir la medida constitucional de la intervención.
“Por ejemplo, si yo utilizo un rubro en otro, es decir, dinero que está para construcciones para pagar salarios de los funcionarios, eso propiamente no es un delito porque no hay un perjuicio patrimonial, pero es una mala administración porque estoy usando incorrectamente los rubros”, detalló.
Hay un extenso listado de cuestiones que no corresponden a un delito como tal, pero sí habla de una mala gestión del administrador de gastos. Por citar algunos: falta de rendición de cuentas, desorganización en los registros contables y administrativos, inadecuado manejo de bienes patrimoniales, falta de respuesta a requerimientos de órganos de control, entre otros.
“Los defensores de uno de los intendentes, decía que ‘acá no hay perjuicio patrimonial’, yo desconozco porque no profundicé ninguno de los dos casos y no sé si es el caso, pero si una municipalidad paga todo con cheques al portador, eso es una mala administración, no necesariamente es un perjuicio patrimonial porque de por ahí se pagaron deudas que eran reales, pero no está bien que se pague de esa manera porque eso es poco transparente”, sostuvo.
El abogado Ricardo Preda explicó sobre el proceso de las intervenciones municipales. Foto: Archivo
La intervención
La intervención es una herramienta que está presente en el artículo n.° 165 de la Constitución y que está regulada por la ley n.° 317/1994. En estas normativas, se menciona la atribución de la Contraloría para cursar la solicitud de las intervenciones, mediante el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), así como de las Juntas Municipales.
La Cámara de Diputados conformó dos comisiones especiales para investigar los motivos del pedido de intervención y que deberán emitir un dictamen en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su instalación. Posteriormente, el pleno deberá tratar este punto y definir si presta el acuerdo al Poder Ejecutivo para intervenir la municipalidad.
En caso de aprobarse la intervención, el Ejecutivo deberá designar a un interventor que tiene un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga, y deberá realizar una auditoría administrativa, financiera y legal de la gestión del intendente suspendido. Finalizado este trabajo, deberá remitir un informe recomendando la restitución o destitución del intendente
¿Pero, si el intendente renuncia, sigue en pie la intervención? No, si la renuncia presentada por el jefe comunal es aceptada por la Junta Municipal, la intervención queda sin efecto, no obstante, si existen presunciones de hechos punibles, el Ministerio Público tiene atribuciones para investigar.
“El hecho de que se le destituya o renuncie no cambia en absoluto de que el Ministerio Público va a estar obligado a perseguir esos delitos. Desde el punto de vista de los malos manejos que no constituyan hechos punibles que generan algún tipo de responsabilidad, igual la Municipalidad va a poder reclamar a esa autoridad que hizo incorrectamente, hay acciones civiles establecidas si hay algún perjuicio causado por el administrador, pero que no constituya hechos punibles”, puntualizó Preda a LN.
Pedro Alliana: “Se están cayendo las caretas en la oposición”
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El vicepresidente de la República, Pedro Alliana, lanzó duras críticas hacia sectores de la oposición, medios de comunicación y periodistas, y los señaló por aplicar un doble estándar al juzgar a las autoridades que son del Partido Colorado en comparación con figuras opositoras.
Durante su pronunciamiento Alliana sostuvo que “las críticas que hace la gran mayoría de la oposición hacia autoridades del Partido Colorado son muchas veces desmedidas y carentes de autocrítica”. Aseguró que algunos referentes opositores, quienes se presentaron como símbolos de cambio, honestidad y transparencia, hoy están siendo desenmascarados. “Hoy se están cayendo las caretas”, afirmó.
El vicepresidente también apuntó contra ciertos medios y comunicadores, a quienes acusó de “mostrar lo peor del Partido Colorado” mientras ignoran o minimizan irregularidades dentro de la oposición. “A veces, algunas autoridades, periodistas y medios miden con distintas varas”, expresó.
Como ejemplo, el segundo del Ejecutivo citó los recientes acontecimientos en Encarnación, donde el derrumbe de un edificio, que causó la muerte de dos personas, expuso presuntas falencias en la gestión municipal. También mencionó la situación en Ciudad del Este, recordando que, durante el gobierno anterior, se intervino la administración local sin otorgar derecho a la defensa.
Sobre los pedidos actuales de intervención en Asunción y Ciudad del Este, Alliana indicó a Abc TV que la Cámara de Diputados está conformando las comisiones correspondientes y que “se escuchará a los afectados” antes de emitir un dictamen. Según el vicepresidente, existen denuncias de corrupción que incluso superarían las registradas en administraciones pasadas, puesto que se trataría de casos de robo y sobrefacturación durante la pandemia.
Intervención a municipalidades: intendentes tendrán oportunidad de presentar su descargo
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Los documentos mediante los cuales se oficializa el pedido de intervención a las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este llegó a la Cámara de Diputados y el diputado, César Cerini, presidente de la Comisión de Cuentas y Control, manifestó que el análisis a estas comunas también seguirá adelante por parte este estamento, independientemente de la comisión que se conformará especialmente para analizar lo denunciado por la Contraloría.
“Ellos (los intendentes) en su momento, y una vez que se haga el estudio y se conforme una comisión en el Congreso para analizar la situación de cada municipio, van a ser convocados y también los fiscalizadores a verificar los puntos en donde hay inconvenientes”, explicó en contacto con “Cuenta Final”, programa emitido por Universo 970 AM/Nación Media.
El legislador recordó que en la comisión que él preside, se analizan los presupuestos ejecutados y un dictamen de este año, fue el de hacer seguimiento a todas las instituciones que tenían ciertas debilidades y que requerían de un plan de mejora. Dentro de las entidades estatales a ser analizadas, aparecían los municipios, “pero esto es por cuenta separada”, dejó en claro.
La Cámara de Diputados debe conformar una comisión especial para analizar los puntos señalados por la Contraloría como indicios de hechos punibles en ambas comisiones y ese estudio iniciará recién una vez que se integre esta comisión y que todos los integrantes puedan acceder al dictamen del ente contralor.
“Si es que entra dentro del orden del día del próximo martes, se conformará la comisión, cada bancada va a tener sus representantes y empieza a hacer el análisis de cada uno de los puntos por los cuales se solicitó la intervención”, señaló el parlamentario.
No hay margen de dudas sobre la facultad de la Contraloría para pedir intervenciones, sostiene Preda
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El abogado penalista, Ricardo Preda, dejó en claro que la Contraloría General de la República (CGR), tiene facultades constitucionales para pedir la intervención al Poder Ejecutivo, a las municipalidades, cuando existen indicios de hechos punibles, sostenidos en dictámenes elaborados por esta institución.
“El artículo n.° 2 de la ley n.° 317/1994 por lo menos deja sin lugar a dudas de que la Contraloría tiene la facultad de solicitar al Poder Ejecutivo que inicie ese trámite, lo que no quiere decir que esta institución defina que se va a hacer esa intervención o no, ahí va a intervenir el Ministerio del Interior y luego va a necesitar el acuerdo de la Cámara de Diputados", explicó.
En contacto con “Tarde de perros”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media, el abogado recordó que las intervenciones tienen un componente político, dado que la Cámara Baja debe aprobar dicha solicitud, no obstante eso no cambia el hecho de que el ente contralor pueda hacer esa solicitud, independientemente de lo que se resuelva en los otros estamentos.
El artículo n.° 165 de la Constitución Nacional establece que los gobiernos municipales y departamentales pueden ser intervenidos por el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Cámara de Diputados, también en casos de solicitud de la Junta Municipal o de desintegración de la misma, la tercera opción es por graves irregularidades con previo dictamen de la Contraloría General de la República.
“La reglamentación de ese artículo, es la ley n.° 317 de 1994 y en su artículo n.° 2 aborda los casos de intervención, que incluyen los hechos señalados directamente por la Contraloría con dictamen y a solicitud de esta, es decir, le da la facultad a la Contraloría de solicitar la intervención, obviamente luego hay otros trámites que se deben seguir, pero de que la Contraloría puede solicitar, sí lo puede", recalcó.
Las aclaraciones de Preda se dan en medio del reciente pedido de la Contraloría, anunciado por el propio contralor Camilo Benítez, a intervenir las municipalidades de Asunción y de Ciudad del Este ante indicios de hechos punibles. Todo esto luego de una investigación llevada a cabo por la mencionada institución y la emisión de dictámenes al respecto.