La Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) expuso ayer jueves ante la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) el caso que envuelve a las propiedades decomisadas de Luis Carlos Da Rocha, alias Cabeza Branca. La institución lamenta la falta de resolución de este caso y la falta de una investigación del juez que ordenó el remate de los bienes.
“Gracias a estas reuniones que está organizando la Comisión, aprovechamos la ocasión para poner a conocimiento de las autoridades este tipo de situaciones”, expresó Gonzalo García, asesor jurídico de la Senabico en contacto con “Arriba hoy”, emitido por GEN-Universo 970 AM/Nación Media.
García relató que dichos inmuebles, es decir, las estancias vinculadas al entorno de Cabeza Branca, fueron incautadas por el Ministerio Público y puestas a disposición del Juzgado del Crimen Organizado y de la Senabico. Luego, se dictaron medidas cautelares sobre estas propiedades que prohibían la posibilidad de innovar, contratar o cualquier otra modificación registral.
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“En este último remate que se intentó, el juez Édgar Rivas Laguardia tenía pleno conocimiento porque la Senabico había intervenido dos años antes en ese juicio civil y el día que él dictó hacer las publicaciones del remate, él tenía a la vista el informe de condiciones de dominio de la Dirección General de los Registros Públicos en el que taxativamente hablaba que esta propiedad tenía esas medidas cautelares, ni de innovar ni de contratar”, detalló García.
El asesor indicó que a pesar de esto, de todas formas se intentó ejecutar la subasta y teniendo en cuenta todos estos hechos, la Senabico se llevó una sorpresa cuando el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) ordenó el archivo de la investigación preliminar que iba a ser aplicado sobre el magistrado, pese a la gravedad del asunto. “Lastimosamente que una conducta así quede impune genera un poco de frustración”, manifestó.
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JEM enjuicia a jueza y camaristas de Encarnación por presunto mal desempeño
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) enjuició por presunto mal desempeño en sus funciones a la jueza en lo Civil y Comercial de Encarnación, Rosana Aurora Verón de Arca, así como a los camaristas del fuero civil Luis Alberto García Cabrera y Patricia Elena Bustamante Acuña. La acusación contra los magistrados fue presentada por la Municipalidad de Nueva Alborada.
Asimismo, los integrantes del JEM decidieron no solicitar a la Corte Suprema de Justicia la suspensión de los enjuiciados. Por lo tanto, los mismos seguirán en sus cargos hasta que se dicte una resolución, la cual podría derivar en la destitución o en una sanción leve.
Los miembros del órgano juzgador señalaron que la jueza Verón de Arca violó la ley al ordenar el embargo ejecutivo de una cuenta corriente de la Municipalidad de Nueva Alborada. En relación con la actuación de los integrantes del Tribunal de Alzada enjuiciados, estos confirmaron la resolución de la jueza de primera instancia, por lo que también habrían actuado de forma irregular.
Del mismo modo, el Jurado sostuvo que “se puede visualizar el presunto mal desempeño en las funciones de la jueza, así como de los camaristas, debido a que los bienes públicos son inembargables”.
Jueza con otra acusación
El segundo caso que enfrenta la jueza civil Rosana Aurora Verón es más grave. La acusación fue presentada por Atilio Estigarribia, presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay. La magistrada fue acusada de anular sin fundamento un remate judicial realizado en noviembre de 2025, dentro del expediente caratulado: “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
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JEM debe estudiar acusaciones contra dos juezas por suspender y anular remates de forma irregular
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados tendrá que estudiar si corresponde investigar y enjuiciar a dos juezas del fuero civil y comercial de Itapúa, luego de que fueran acusadas por presunto mal desempeño en sus funciones al suspender y anular remates en violación de la ley.
El primer caso se acusó en el 2024 y se relaciona con el presunto mal desempeño de la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero. De acuerdo con la denuncia presentada por el rematador Raúl Sosa Navarro ante el órgano juzgador, se había fijado la fecha y hora para una subasta pública ordenada en el expediente caratulado “Banco Río SAECA c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva”.
Sin embargo, al revisar el expediente, el denunciante encontró una providencia firmada por la magistrada en la que suspendía la subasta. Dicha resolución respondía a una solicitud de Daniela Tosetto Casaril, sucesora de Sergio Luiz Tosetto, quien había comunicado el fallecimiento del demandado adjuntando el acta de defunción.
El escrito de acusación refiere que “la jueza Nilda Benítez, en una clara muestra de negligencia y omisión de sus deberes, ordenó la suspensión de la subasta sin observar lo estipulado en el art. 167 del Código de Organización Judicial”.
Otro caso
El segundo caso corresponde a la acusación presentada por Atilio Estigarribia, presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay, contra la jueza en lo civil y comercial de Encarnación, Rossana Aurora Verón. La magistrada fue acusada de anular sin fundamento un remate judicial realizado en noviembre de 2025, dentro del expediente caratulado “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
El denunciante solicita a los integrantes del Jurado que se inicie el enjuiciamiento y se recomiende la suspensión de la magistrada en sus funciones.
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JEM evalúa investigar a jueza de Encarnación por anular remate sin fundamento
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), en su sesión de este jueves, podría estudiar si corresponde iniciar una investigación preliminar por presunto mal desempeño en sus funciones contra la jueza en lo Civil y Comercial de Encarnación, Rossana Aurora Verón, quien fue acusada de anular sin fundamento un remate judicial llevado a cabo en noviembre del 2025. El caso corresponde al expediente caratulado: “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
La acusación fue presentada por el presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay, Atilio Estigarribia, ante el JEM. El denunciante solicita a los integrantes del Jurado que se inicie el enjuiciamiento y se recomiende la suspensión en sus funciones de la cuestionada magistrada.
La acusación de Estigarribia señala: “En el expediente judicial referido fui designado como rematador público a los efectos de llevar adelante la subasta de derechos y acciones hereditarios pertenecientes al señor Miguel Moskalik Duarte. Procedí a la publicación de los edictos correspondientes, dejando expresa constancia en los mismos de que el comprador debía abonar el importe íntegro de su compra conforme al régimen legal vigente”.
Refiere además que “el 5 de noviembre del 2025, en el horario fijado judicialmente, se llevó adelante el acto público de subasta con todas las formalidades legales correspondientes y bajo las facultades conferidas por las leyes procesales vigentes. Al acto concurrió la ejecutante, la abogada Gladys Noemí Bianchetto Sandoval y Yeniel Iglesias Romero, desarrollándose normalmente la puja entre los postores presentes”.
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Indica igualmente que, luego de diversas posturas, la ejecutante resultó inicialmente adjudicataria, por lo que debía proceder al pago íntegro y al contado del precio ofertado. Sin embargo, ella manifestó no poseer la totalidad del dinero necesario para perfeccionar la compra e intentó completar el pago mediante transferencias parciales y pagos fragmentados, inclusive provenientes de terceros, sin llegar a integrar el monto total.
Ante dicho incumplimiento, y luego de aguardarse un tiempo prudencial conforme a las facultades del rematador, se procedió a reanudar la subasta. Resultó finalmente adjudicatario el señor Yeniel Iglesias Romero por la suma de G. 20 millones, por constituir la mejor postura existente en ese momento.
La acusación expresa que, llamativamente, la magistrada dictó el A.I. N° 268 de fecha 22 de mayo del 2026, resolviendo hacer lugar al incidente de nulidad y declarar nulo el remate. El denunciante califica la conducta de la jueza como “manifiestamente arbitraria” y apartada de las constancias objetivas del expediente, incurriendo en una valoración parcial, antojadiza e infundada de los hechos.
Sostiene que la jueza prescindió del análisis integral de las disposiciones del Código Procesal Civil que regulan los remates, especialmente en lo relativo al pago al contado y a las consecuencias del incumplimiento del adjudicatario inicial, extremo que fue reconocido en los autos por la propia incidentista.
También refiere que la resolución cuestionada atribuye irregularidades graves al rematador sin que exista prueba concluyente, suficiente ni objetiva de una conducta dolosa o fraudulenta. Afirma que la jueza arribó a conclusiones sustentadas únicamente en apreciaciones subjetivas. Estigarribia recuerda que, conforme al artículo 487 del Código Procesal Civil, el rematador judicial es el único responsable de recibir el dinero proveniente de la compra, la seña o las sumas entregadas por los postores, para luego depositarlo en la cuenta judicial correspondiente. Por ello, critica que la jueza considerara la recepción del dinero por parte del rematador como una irregularidad invalidante.
Finalmente, el escrito menciona que esta actuación no es un hecho aislado, sino que la magistrada ya cuenta con cuestionamientos previos por desconocimiento e incorrecta aplicación de normas legales. La acusación alega la transgresión del artículo 168 del Código de Organización Judicial; los artículos 476, 484, 485, 487 y 492 del Código Procesal Civil; el artículo 558 del Código Civil; y el artículo 3 del Código de Organización Judicial.
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Juez, con vía libre para proceder a embargar fondos del banco Atlas
La citada entidad bancaria transfirió la suma de USD 718.570 a la cuenta judicial abierta en la causa penal contra Miguel Zaldívar.
El juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, tiene vía libre para embargar los bienes del banco Atlas en el marco del proceso penal por presunto lavado de dinero que enfrenta Miguel Ángel Zaldívar, presidente de la entidad bancaria, tras la denuncia realizada por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).
Otazú ordenó el pasado 29 de mayo que el banco Atlas transfiera la suma de USD 718.570 a la cuenta judicial habilitada para el proceso penal en el Banco Nacional de Fomento (BNF). La entidad bancaria ya informó al juzgado que hizo efectiva la transferencia del dinero. Con este paso, el magistrado puede proceder al embargo del dinero depositado, monto que pasará a ser administrado por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico).
El abogado Claudio Lovera, representante legal de la Conmebol, se refirió al embargo preventivo sobre los fondos del banco Atlas. “La Fiscalía pidió el embargo de determinados montos sobre el patrimonio del banco Atlas a los efectos de asegurar el comiso especial o la privación de beneficios en materia de lavado de activos. La acusación fiscal atribuye concretamente que el banco Atlas obtuvo beneficios ilícitos a través de estas operaciones, y el Código Penal obliga a privar de esos beneficios ilícitos”, afirmó Lovera en una entrevista para el programa “Dos en la ciudad” de canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Además de Zaldívar, han sido acusados en este proceso: Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, Eduardo Queiroz García, José Miguel Ángel Páez Corvalán, entre otros.
La Conmebol busca recuperar al menos USD 15 millones que el fallecido dirigente deportivo Nicolás Leoz desvió de la institución hacia la entidad financiera, propiedad de la familia Zuccolillo. Según el acta de imputación, Leoz realizó en 2013 depósitos en dólares y guaraníes, además de firmar contratos de fideicomisos por USD 5,1 millones más G. 16.000 millones, y otros contratos por USD 2 millones y G. 22.000 millones.
“Un indicador más ante sospecha de lavado”
El abogado Claudio Lovera, representante legal de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), se refirió a la decisión del juez en Delitos Económicos, Humberto Otazú, de ordenar un embargo preventivo por USD 718.570 sobre los fondos del banco Atlas en el marco de la causa judicial por presunto lavado de dinero que salpica a su presidente Miguel Ángel “Miki” Zaldívar.
“La Fiscalía pidió el embargo de determinados montos sobre lo que es el patrimonio del banco Atlas a los efectos de asegurar el comicio especial o privación de beneficios en materia de lavado de activos a partir de la acusación de la Fiscalía que atribuyó concretamente que el banco Atlas tuvo beneficios ilícitos a través de estas operaciones y el Código Penal obliga a privar de esos beneficios ilícitos”, afirmó Lovera en una nota emitida por “Dos en la ciudad” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.En la denuncia impulsada por la Conmebol se mencionan publicaciones periodísticas, documentos de agencias de cumplimiento de la ley y órganos judiciales de los Estados Unidos sobre procedimientos relacionados con la posible comisión de hechos punibles de carácter económico, patrimonial y de lavado de dinero en el caso denominado FIFA-Gate.
“Esto es un indicador más de que estamos ante un caso de sospecha concreta de lavado de activos y que se están aplicando las herramientas que prevé la legislación a los efectos de que no solamente discutir en un juicio la sanción penal a las personas físicas”, explicó Lovera.
El abogado agregó que “actualmente el caso se encuentra en la Sala Penal a partir de una recusación que promovió una de las defensas, cuando esta sea resuelta el tribunal de apelación podrá proseguir con la resolución de los recursos que están pendientes y una vez que eso ocurra en primera instancia avanzar en la audiencia preliminar”.