El Ministerio Público, encabezado por Emiliano Rolón, brindó fuerzas a los agentes de justicia amenazados por el narcotraficante uruguayo Sebastián Marset. Foto: Archivo
Fiscalía no se intimida ante amenazas de narco y pide a la Policía redoblar seguridad
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El Ministerio Público, encabezado por Emiliano Rolón Fernández, emitió este martes un comunicado solicitando a la Policía Nacional redoblar la protección para los agentes fiscales que tienen a su cargo la causa judicial de Gianina García Troche, imputada por lavado de dinero, en el marco del operativo A Ultranza.
“La reciente amenaza desde la clandestinidad del prófugo de la justicia Sebastián Marset (esposo de Gianina García Troche) es asumida por el Ministerio Público por la seriedad que conlleva este tipo de afrentas al orden de las instituciones republicanas, por provenir de una persona afectada por persecución penal y de suma peligrosidad”, refiere la nota.
Asimismo, el órgano extrapoder argumenta que “desde que asumimos la difícil misión de generar dicha persecución, somos pasibles de ataques a nuestras personas, familias y bienes. No obstante, ante dichos peligros permanentes seguimos bregando por la institucionalidad, valorando al capital humano como ser adjuntos, agentes fiscales, relatores, asistentes fiscales y funcionarios en general”.
A través de un audio, enviado al programa de televisión “Santo y seña” emitido en Uruguay, Marset había calificado como “delincuentes” a los jueces y fiscales paraguayos del caso A Ultranza y alegó que buscará que sean destituidos y encarcelados. “Ante la carencia institucional de fuerza de seguridad propia, reclamamos a la Policía Nacional, brazo operativo constitucional, redoblar el compromiso de brindar protección a nuestros operadores de justicia, quienes también son conscientes de las precauciones personales a asumir”, sostiene el comunicado.
Señala además que, “por nuestra parte, insistiremos con ahínco, sin dejarnos amilanar por las amenazas de facinerosos del crimen organizado, con las herramientas previstas en la Constitución Nacional, respaldando la labor de nuestros agentes fiscales en general”.
Los agentes de justicia que se encuentran involucrados en la causa son: las juezas contra el crimen organizado Rosarito Montanía y Lici Sánchez, así como los agentes fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta.
Metrobús: “El daño no solo es patrimonial, se pagó por una obra que no tenemos”, dice fiscal
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“Arnoldo Wiens pagó con plata del Estado para destruir infraestructuras del Estado que estaban siendo construidas en el marco de un proyecto que venía hace más de 20 años”, dijo la fiscal Yeimy Adle al defender la acusación y pedido de juicio oral y público para el exministro de Obras Públicas en el marco de la fallida obradel metrobús.
“Nosotros queremos que se esclarezca el caso, que sea debatido en un juicio oral, que se conozcan las pruebas que tenemos. La defensa también presentará las suyas y tendrá oportunidad en la audiencia preliminar de ofrecer todas las pruebas de descargo que tengan”, indicó la agente de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, este miércoles, en el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Adle detalló que Wiens, al asumir el cargo de ministro de Obras Públicas en agosto del año 2018, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, tenía la obligación de resguardar el patrimonio estatal y garantizar la continuidad de las obras del metrobús, adjudicadas a la firma portuguesa Mota Engil.
“Al asumir la administración del Ministerio de Obras Públicas, el proyecto ya estaba en un avance físico de aproximadamente 40 % y, poco más de dos meses de asumir como ministro, firma el 23 de octubre del mismo año (2018) con la empresa Mota Engil un documento al que le llamaron acta de entendimiento, donde acordaron la suspensión de las obras, y el Ministerio de Obras Públicas solicitó la sustitución de los trabajos del contrato con otros trabajos que estaban destinados solamente para rehabilitar el tránsito en la zona del tramo 3 de metrobús”, manifestó.
Parte de las obras del corredor central del Metrobús, que Arnoldo Wiens ordenó destruir en su gestión al frente del MOPC. Foto: Agencia IP
Agregó que para destruir las obras existentes, la administración de Wiens destinó la suma de 8.030.693.029 de guaraníes (más de 8.000 millones), con el solo fin de habilitar el tránsito vehicular. “Se contaba con financiamiento vigente, frentes disponibles y el respaldo de la Municipalidad de Asunción, pero prefirieron soterrar lo construido. En abril del 2020 dispuso la demolición de las seis estaciones del corredor central, que están indentificadas como las estaciones 19 al 24, por las cuales el Estado había pagado G. 6.924.624.006”, lamentó la fiscal.
Añadió que, antes de demoler las obras, Wiens había requerido al entonces contralor Sergio Coscia, quien hoy ejerce su defensa, un parecer jurídico. “Se le señaló que para proceder a esa demolición tenía que tener un dictamen técnico previo. Le preguntamos al MOPC si fue realizado ese dictamen técnico, a la Procuraduría y Contraloría, si recibieron el documento y todas las respuestas fueron negativas y él igualmente procedió a la demolición de las estaciones y dispuso el destino de los materiales que debían ser utilizados en el sistema troncal para otros fines y esos materiales tenían una protección especial de acuerdo a la Ley 5133″, comentó.
Señaló que los materiales para la obra debían ser destinados para otros fines, una vez que haya finalizado el metrobús y con la autorización del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que financió la obra. “El proyecto no terminó, no se tuvo la autorización, pero Wiens dispuso que los mismos materiales sean llevados a los hospitales para el relleno de estacionamientos y otros fines que no correspondían”, precisó.
Detalló que fueron destinados para la construcción de la obra más de 180.000 millones de guaraníes. Agregó que el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes.
“Ese es el monto, pero tenemos que tener en cuenta que lo que quedó inutilizado es mucho más porque no tenemos el metrobús, se pagó más de 180.000 millones de guaraníes por la obra que finalmente no tenemos. La acusación también sostiene que, después de esto, Arnoldo Wiens tenía alternativas para continuar con el proyecto, reconducirlo, tenía el informe de intervención que el mismo había dispuesto que se realice, el cual le aconsejaba que tenía que continuar con el proyecto, pero no se continuó”, refirió.
Añadió que, de acuerdo al marco penal, el dirigente abdista se expone a una condena de hasta siete años y medio de cárcel. “La admisión de la imputación contra Wiens fue por lesión de confianza, pero, como todos sabemos, los tipos penales son provisorios en esta etapa y, recién al finalizar el juicio oral y público, un tribunal de sentencia fija precisamente cuáles son los tipos penales que fueron demostrados. Para el Ministerio Público también existe el daño a obras construidas porque las obras fueron soterradas y las seis estaciones formaban parte de una estructura técnica de un sistema de transporte público y esto perdió funcionalidad”, indicó.
Refuta argumento de la prescripción
Con relación al argumento de la prescripción que plantea de forma insistente la defensa de Wiens, Adle recordó que la citación a indagatoria realizada el 4 de octubre de 2023 interrumpió formalmente el cómputo del tiempo, postura que ya fue ratificada tanto en primera como en segunda instancia judicial.
Con la acusación presentada dentro del plazo reglamentario, el caso queda pendiente de la fijación de la audiencia preliminar, donde el Juzgado Penal de Garantías deberá resolver la admisión de las pruebas para elevar la causa a juicio oral.
“Claramente nuestra ley penal dice que un acto interruptivo de la prescripción es la citación a la indagatoria del inculpado, al señor Wiens se le citó por primera vez en esta causa el 4 de octubre del 2023 y los hechos por el que se encuentra hoy en día acusado se iniciaron el 23 de octubre del 2018, se le citó días antes de la prescripción. Esto cortó el plazo de prescripción y se cuenta de nuevo 5 años después de eso, entonces la causa no prescribió”, argumentó.
Refirió también que “es una posición de la defensa que ya fue resuelta en primera y segunda instancia porque eso ya habían planteado cuando presentaron el recurso de reposición”.
Se suspendió la audiencia preliminar de Gianina García Troche, expareja de Sebastián Marset, acusada por lavado de dinero producto del narcotráfico. Foto: Archivo
A Ultranza Py: se suspendió la audiencia preliminar de Gianina García Troche
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Se suspendió la audiencia preliminar de Gianina García Troche, expareja del narcotraficante uruguayo Sebastián Marset, acusada por el delito de lavado de dinero proveniente del narcotráfico en el marco del caso “A Ultranza Py”.
La audiencia se pospuso por pedido de la fiscal interina, María Irene Álvarez, quien tenía otros juicios ya fijados. El acto civil había sido programado por la jueza Rosarito Montanía con el fin de resolver si la causa se eleva a juicio oral y público, tal como lo solicitó el Ministerio Público.
El juzgado deberá establecer una nueva fecha para la realización de la audiencia preliminar. En dicha instancia, la Fiscalía expondrá su acusación y fundamentará el pedido de elevación a juicio.
Según la acusación fiscal, García Troche habría utilizado dinero proveniente del narcotráfico para sostener un elevado nivel de vida, realizar inversiones en un club de fútbol, constituir empresas y adquirir bienes de lujo durante su permanencia en Paraguay.
La Fiscalía sostiene que la entonces pareja de Marset se benefició de las ganancias ilícitas generadas por la organización criminal —liderada por el uruguayo y Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”— y que, además, participó en la inserción de esos recursos dentro del sistema financiero nacional a través de estructuras empresariales y patrimoniales.
La mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones. Foto: Captura de video
Niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela: ¿qué dice la ley sobre los límites de la disciplina?
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Un niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela materna en una vivienda, según una denuncia presentada ante la Policía y difundida inicialmente por C9N. El caso ya se encuentra en conocimiento del Ministerio Público y de la Defensoría de la Niñez, que deberán determinar las circunstancias del hecho y las eventuales responsabilidades.
Según el reporte policial, una familiar del menor se presentó en la comisaría acompañada del niño y relató que lo encontró en la vía pública luego de que este saliera de la vivienda. Al observar que tenía una cadena colocada en una de sus manos, la mujer habría procedido a retirársela y posteriormente comunicó lo ocurrido a las autoridades.
La Fiscalía y la Defensoría de la Niñez fueron informadas del caso para activar las medidas correspondientes. El niño quedó provisoriamente bajo el cuidado de su tía, mientras que la abuela quedó a disposición de las autoridades.
De acuerdo con el relato de los intervinientes, la mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones.
El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que trasciende la investigación puntual: ¿hasta dónde puede llegar un adulto cuando intenta corregir la conducta de un niño?
En Paraguay, los niños y adolescentes son sujetos de derechos y cuentan con protección especial frente a cualquier forma de violencia o vulneración. Las medidas de disciplina o corrección no pueden utilizarse como justificación para someterlos a situaciones que afecten su integridad física o psicológica.
La normativa paraguaya establece además el principio del interés superior del niño, que debe orientar las decisiones de las autoridades y de quienes tienen a su cargo su cuidado. Esto significa que una persona adulta no puede disponer de cualquier mecanismo bajo el argumento de estar disciplinando a un menor.
Cuando una medida implica violencia, sometimiento o una afectación de sus derechos, corresponde la intervención de las instituciones encargadas de su protección. El caso podría configurar una situación de maltrato.
No obstante, será la investigación la que deberá establecer qué ocurrió exactamente, durante cuánto tiempo estuvo el niño en esa situación, cuáles fueron las circunstancias y qué responsabilidad corresponde a los adultos involucrados.
La prioridad de las instituciones intervinientes será garantizar la protección del menor y determinar las medidas necesarias para resguardar sus derechos.
La denuncia también vuelve a poner de relieve la importancia de que situaciones de posible violencia o vulneración contra niños sean comunicadas a las autoridades, en lugar de recurrir a medidas que puedan poner en riesgo su integridad.
Juez concede libertad a abogada del caso IPS bajo fianza de G. 500 millones
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El juez de Garantías Rodrigo Estigarribia otorgó la libertad a la abogada Rosa Concepción Colmán, exasesora jurídica del Instituto de Previsión Social (IPS), procesada penalmente por lesión de confianza en el marco de la investigación de un supuesto perjuicio patrimonial de G. 61.000 millones a la institución. El citado magistrado ordenó la libertad de la imputada bajo una fianza de G. 500 millones.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas, llevada a cabo en el juzgado a cargo del referido magistrado. Estigarribia consideró que no se reúnen los presupuestos para dictar la prisión preventiva, al descartar la existencia de peligro de obstrucción a la investigación. Asimismo, concluyó que la fianza fijada resulta suficiente para neutralizar el eventual peligro de fuga. Inicialmente, la defensa había solicitado el arresto domiciliario con tobillera electrónica.
La Fiscalía imputó a Rosa Colmán junto con los expresidentes del IPS, Vicente Bataglia y Jorge Brítez, además de otros seis funcionarios, por presuntamente haber ocasionado un perjuicio patrimonial de G. 61.000 millones mediante pagos indebidos relacionados con un contrato para el reacondicionamiento e instalación de quirófanos modulares.
Según la imputación, la exasesora jurídica emitió el dictamen de viabilidad para las adendas contractuales que permitieron extender la ejecución del contrato y autorizar nuevos pagos a favor de la firma Neighpart S.A., pese a que, conforme a la investigación, existían impedimentos para la ejecución de las obras.