El gobernador de Alto Paraná, César "Landy" Torres, se refirió al proyecto para la construcción del gran hospital del Este a fin de ampliar la asistencia sanitaria en el departamento. Foto: Archivo
Apuntan a construir el gran hospital del Este con nueva tarifa de la Itaipú
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El gobernador de Alto Paraná, César “Landy” Torres, habló del proyecto para la construcción del gran hospital del Este para su departamento. El gobernador indicó que ya se cuenta con un predio cedido por la Universidad Nacional del Este.
Una vez que se cumpla con todos los requisitos, se pondrá a consideración del presidente de la República Santiago Peña, para que sea considerado en el plan de construcción de tres hospitales con la nueva tarifa de la Itaipú Binacional acordada entre Paraguay y Brasil.
“Él (presidente Peña) anunció que dentro de la nueva tarifa de Itaipú está prevista la construcción de tres grandes hospitales y la idea es poder estar entre esos tres hospitales para el Gobierno Nacional”, adelantó en entrevista para La Nación.
El predio cedido por la Universidad Nacional del Este está ubicado en el kilómetro 8 en Ciudad del Este, en el mismo campus universitario, y fue puesto a disposición del Ministerio de Salud para la construcción del nuevo hospital.
“El rector de la Universidad Nacional del Este, acompañado por el vicedecano de la facultad de Ciencias de la Salud, pusieron a disposición del Ministerio de Salud un inmueble de 5,6 hectáreas, para que en ese espacio futuramente pueda ser construido el gran hospital del Este”, detalló Torres.
Una vez que el predio esté a disposición, técnicos del Ministerio de Salud harán la verificación in situ y si cumple con los requisitos, se irá al siguiente paso, poner a consideración del presidente de la República.
“Si la señora ministra y su equipo creen que cumple con los requisitos pasamos a la siguiente etapa que es poner a consideración del presidente de la República el inmueble, para que él pueda tomar la decisión de construir ese hospital”, indicó.
Un proyecto de larga data
El gobernador refirió que se trata de un proyecto que ya se viene trabajando desde hace mucho tiempo, teniendo en cuenta que el Hospital Regional de Ciudad del Este ya se encuentra saturado, pero el principal inconveniente era el predio para realizar la construcción.
“El Hospital Regional que es nuestro hospital de referencia ya está totalmente colapsado, ya no puede crecer en infraestructura porque ya no hay espacio físico para realizar más construcciones. Es de suma importancia tener este gran hospital”, mencionó.
Infraestructura
Por otra parte, señaló que este gran hospital contará con un ala exclusivamente para la parte de oncología, también sería un hospital de alta complejidad, “para que de esta manera toda la ciudadanía del departamento de Alto Paraná y ciudades vecinas, departamentos vecinos puedan tener respuestas en Alto Paraná, sin tener que trasladarse hasta la capital”.
Así también, será un hospital escuela para los profesionales que se van formando, principalmente de la carrera de Medicina de la Universidad Nacional del Este.
Plantean extender voto preferencial para suplentes
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El proyecto de ley de modificación del Código Electoral fue planteado por un grupo de once diputados liberales, con la pretensión de extender el voto preferencial a la lista de suplentes. El documento plantea que el voto preferencial emitido a favor de un candidato titular también compute, automáticamente, para su respectivo suplente.
Se trata del proyecto de ley “que modifica el artículo 1 de la Ley n.° 6918, Que modifica los artículos 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley n.° 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo y sus modificatorias leyes números 3166/2007 y 6318/2019″, que se fundamenta en el principio jurídico de que “la suerte del principal le sigue al accesorio”, de acuerdo a la exposición de motivos.
Esta iniciativa establece que “el voto preferencial emitido a cualquier candidato titular de una lista se computará también para su suplente, conforme a la propuesta presentada por el partido o movimiento político correspondiente”.
Así también, la normativa extiende el sistema de votación y asignación de bancas a las elecciones internas partidarias para cargos de representación nacional, departamental y municipal, exceptuando únicamente el caso de los senadores.
Los proyectistas mencionan que “el voto preferencial solo beneficia al candidato titular, mientras que el suplente únicamente recibe los votos al lema del partido” y señala que buscan corregir “una inconsistencia en el actual sistema electoral, donde no se aplica, uniformemente, la regla jurídica del vínculo entre titular y suplente al momento del conteo de votos preferenciales”.
Directivos de la compañía Cheong A Chemical Co., Ltd. visitaron el Viceministerio de Rediex para conocer sobre las ventajas de invertir en Paraguay. Foto: Gentileza
Empresa coreana pretende instalar fábrica de fertilizantes verdes en Alto Paraná
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La compañía coreana Cheong A Chemical Co., Ltd. tiene interés en montar una fábrica de fertilizantes verdes en Alto Paraná. Los directivos de la empresa, Seo Gyu Yoon, CEO y presidente de la firma, y el director ejecutivo, Byeong Cheol Choi, visitaron el Viceministerio de Rediex para conocer sobre las ventajas de invertir en Paraguay.
La planta industrial apunta a abastecer el mercado brasileño y convertir al país en un actor clave en la transición energética de América del Sur, informó el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
El proyecto incluye instalar una fábrica en el departamento de Alto Paraná, aprovechando su ubicación geográfica y conectividad logística con Brasil, que sería el principal destino de exportación de la firma.
En el encuentro se abordaron conceptos como la producción de desarrollo de hidrógeno verde a través de urea, una solución limpia y sostenible frente a los métodos convencionales que utilizan gas natural. Representantes del Viceministerio de la Red de Inversiones y Exportaciones (Rediex) expusieron acerca de los incentivos con los que cuenta Paraguay para la inversión extranjera, como el régimen de maquila, la Ley 60/90, entre otros.
Según el MIC, la empresa coreana, con vigencia de más de 35 años, es reconocida por su constante innovación en productos petroquímicos, fertilizantes y soluciones para la agricultura. La misma evalúa oportunidades de inversión en América del Sur apuntando a expandir sus operaciones.
Reforma del transporte público: reducir tiempo y eliminar reguladas, principales objetivos
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El proyecto de ley “que establece la rectoría sobre el transporte terrestre y modifica y amplía disposiciones de la Ley 1590/2000, relativas al transporte público metropolitano de pasajeros”, cuenta con 122 artículos. Fue presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y la Cámara de Senadores estableció el 3 de setiembre para su tratamiento en el pleno legislativo. El documento ya ingresó a la Cámara Alta y fue derivado a las comisiones asesoras.
“Actualiza el marco institucional del sector de transporte, organiza la elaboración de políticas y planificación e instaura, para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros, nuevos principios rectores y un marco regulador con orientación a la calidad y bienestar de personas usuarias, promoviendo un servicio eficiente, seguro, accesible, sostenible e integrado para el desarrollo económico del país”, establece el primer artículo.
El órgano rector del Sistema Nacional de Transporte y el encargado de elaborar, proponer y ejecutar las políticas y disposiciones del Poder Ejecutivo, referentes a las infraestructuras y servicios básicos para la integración y desarrollo económico, será el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
El Viceministerio de Transporte, en función desconcentrada, estará a cargo de la regulación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros. Se incluye a la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), y los municipios del área metropolitana.
Este proyecto de ley, impulsado por el Poder Ejecutivo, busca innovar el sistema del tansporte público, otorgando al usuario una movilidad 24/7; reducir el tiempo de espera; un menor gasto para el usuario; con viajes asegurados, seguridad y calidad. Como un servicio imprescindible, se apunta a la garantía de un servicio continuo y regular, erradicando las habituales reguladas.
El objetivo principal de esta propuesta es erradicar las reguladas, otorgar un buen y regular servicio del transporte a los usuarios del área metropolitana. Foto: Marina Díaz
Datos claves
- Reformas
La propuesta establece el diseño de un nuevo modelo operativo; la incorporación progresiva de buses eléctricos (1.000 unidades) y a diésel de bajas emisiones; mejoras significativas en la infraestructura vial como la renovación de la avenida Mariscal López, la duplicación del tramo Mariano Roque Alonso–Aeropuerto y obras en la ex Ruta 1 que contempla la implementación de carriles exclusivos y paradas renovadas.
- Innovaciones
Se establece separar la provisión de flota de la operación del servicio, estableciendo contratos diferenciados para evitar la dependencia de los operadores actuales en la adquisición de buses; por lo que el Estado contratará la flota y definirá que esos buses son bienes afectos al sistema.
Se pretende la incorporación de tecnología y mejorar la planificación urbana para transformar la experiencia del usuario.
También una integración tarifaria, monitoreo en tiempo real y que cada persona pueda saber desde su celular cuándo llega su bus.
Se incluirá incentivos para que más mujeres se sumen como conductoras.
- Concesiones (artículo 31)
1) Deberán otorgarse por medio de un contrato y previa licitación pública.
2) Serán por plazo determinado, contado a partir de la fecha de celebración del respectivo contrato.
3) Podrán ser gratuitas, onerosas o subvencionadas de conformidad con las políticas tarifarias aprobadas por el Poder Ejecutivo.
4) Serán otorgadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, por intermedio del Viceministerio de Transporte, quien actúa en calidad de Concedente en representación del Estado.
5) Se suscribirán, para el caso del componente de operación, con sociedades de objeto específico, en carácter de concesionarios.
6) Se extinguirán por vencimiento del plazo contractual, por terminación anticipada atribuida a cualquiera de las partes, rescate, quiebra, concurso de acreedores, disolución y liquidación del concesionario, y por los demás hechos o circunstancias previstos en el contrato de concesión.
- Provisión de flotas
La flota para la prestación del servicio de transporte público metropolitano de pasajeros no podrá contar con buses de más de 15 años de antigüedad, computados a partir del año modelo de cada unidad. En caso de que una unidad supere este límite durante el periodo de prestación del servicio, deberá ser retirada y reemplazada por otra. El Viceministerio de Transporte podrá determinar la antigüedad promedio de la flota en los niveles que permitan una mayor estandarización del servicio en su conjunto. (Artículo 49).
El contrato de concesión para la prestación de los servicios de provisión de flota tendrá una duración máxima de 15 años. (Artículo 50).
- Tarifas
1) Asequibilidad: considerará la capacidad de pago promedio de las personas usuarias.
2) Equilibrio y Sostenibilidad: reflejará el monto necesario para remunerar los costos de operación que se le imputen en el diseño tarifario, para garantizar la eficiencia y sostenibilidad financiera.
3) Integración: incluirá los costos de los diversos servicios y modos de transporte público con el objeto de facilitar el logro de una sola tarifa al usuario o pasaje integrado incluyendo eventuales trasbordos.
4) Beneficios tarifarios: contemplará beneficios para grupos poblacionales específicos establecidos en leyes especiales tales como: estudiantes secundarios, personas adultas mayores y personas con discapacidad, entre otras.
5) Uso frecuente: considerará incentivos de uso del servicio de transporte público de pasajeros tanto para personas usuarias, con descuentos o exoneraciones a partir de montos determinados de gasto mensual en viajes, como para empresas, con la utilización de bonos o vales de transporte al personal, entre otros. (Artículo 64).