La exministra Cecilia Pérez, abogada del diputado Mauricio Espínola, fue entrevistada por la periodista Mina Feliciángeli, quien le consultó sobre la situación de su representado, quien se encuentra imputado por haber difundido información confidencial que pertenecía a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). La comunicadora sentenció que hoy acusan al Ministerio Público de algo que cometió su cliente y exrepresentantes del gobierno.

Ellos hicieron lo que ustedes hoy denuncian”, afirmó la Feliciángeli, quien le recriminó a Pérez que hoy acusan a la Fiscalía de filtrar información a terceros, sin embargo, esos mismos hechos punibles son los que se le asignan a su defendido, a varios exministros y al propio expresidente Mario Abdo, quienes filtraron datos y tergiversaron informes, según relató el propio Ministerio Público en su acta de imputación.

Esta contestación de Mina se dio luego de que la abogada haya apuntado contra el Ministerio Público y manifestado que se produjo una violación a lo que establece el Código Procesal Penal y la ley orgánica de la Fiscalía, los que prohíben que los investigadores revelen información confidencial a personas externas a la institución.

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Mauri Espínola publicó un informe de Seprelad, eso se filtró, eso no se puede, eso es un delito, no sé cómo está tipificado o cuántos años, puede ser una pena de un día o una multa, pero eso se hizo, eso existió a los ojos de todos, no podemos ser hipócritas”, sentenció la periodista de la 1080 AM.

La propia Pérez, bastante nerviosa, reconoció que el hecho penal que hoy acusan, es el mismo por el cual es señado el legislador. “El mismo concepto de los mismos tipos penales que se le adjudican a mi defendido”, mencionó. Espínola está procesado por haber difundido vía redes sociales información salarial del actual presidente, Santiago Peña, correspondiente al tiempo en que este se desempeñó en el sector privado.

El diputado debe ser desaforado para enfrentar el proceso penal iniciado por la Fiscalía, quien lo acusa de haber cometido una serie de hechos punibles como asociación criminal, revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, denuncia falsa, usurpación de funciones públicas e inducción a un subordinado a un hecho punible.

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