Desde la Procuraduría General de la República manifestaron que de acuerdo a la información que tienen respecto a la finca 916 del Ministerio de Defensa, existen elementos para requerir indemnización a los 17 ocupantes de las 131 hectáreas. También afirmaron que no se descartan presentar acciones ante el Ministerio Público.
“De lo que estamos hasta viendo ahora, existen argumentos también para reclamar alguna indemnización porque esta gente mucho tiempo se estuvo aprovechando irregularmente de los beneficios de una zona que tiene mucho valor económico”, explicó el procurador, Marco Aurelio González.
Asimismo, indicó que tampoco se descarta que se presenten acciones ante la Fiscalía por lavado de dinero, no obstante, aclaró que aún necesitan de más información para poder confirmar si existen elementos que configuren en dicho hecho punible. “Si se presenta alguna información como las que nos hicieron llegar extraoficialmente, comunicaremos al Ministerio Público”, aseveró.
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El procurador detalló que la finca 916 consta de 9.100 hectáreas de las cuales, 131 hectáreas iban a ser desafectadas mediante el proyecto de ley. Un total de 17 personas se beneficiaron ocupando la zona más valiosa de estas tierras, es decir, la zona ribereña, señaló González.
“De las 17 personas identificadas, dos ya entregaron con todo lo edificado, Fernando Camacho manifestó públicamente que iba a hacer lo propio y confiamos que así lo haga en los próximos días”, expuso el procurador y afirmó que pese a que algunos de los invasores aleguen tener un documento de ocupación, esto no les otorga ningún derecho sobre las propiedades del Ministerio de Defensa.
“El certificado de ocupación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), es provisional y no otorga ningún derecho, solo es un catastro para decir esta persona está en este lugar”, afirmó el procurador a la 1080 y añadió que estas personas no podrán alegar su dominio sobre tales tierras.
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Piden juicio a abogada acusada por apropiación de pago a víctima de la dictadura
- Ciudad del Este. Agencia Regional
El fiscal Osvaldo Zaracho solicitó el inicio de juicio oral para la abogada Elizabeth Noemí Anzoátegui Rivarola, por estafa y apropiación. La profesional está acusada de haberse apropiado de G. 220 millones, pertenecientes a su cliente, víctima de la dictadura, quien debía percibir el dinero como indemnización de parte del Estado paraguayo.
El requerimiento conclusivo fue presentado ante el Juzgado Penal de Garantías Nº 4. La causa tiene origen con un hecho ocurrido el 24 de setiembre de 2024, a las 8:26, en la sucursal del Banco Nacional de Fomento (BNF) de Minga Guazú.
En esa ocasión, la abogada se presentó en la entidad bancaria y extrajo presuntamente la millonaria suma de la cuenta de ahorros registrada a nombre del señor Esteban Gómez Rojas, víctima de violaciones de derechos humanos durante la dictadura stronista de 1954 a 1989.
El mismo había otorgado un poder especial a la abogada Anzoátegui, con la finalidad de gestionar el cobro de su indemnización ante el Estado paraguayo. La cuenta bancaria donde se acreditó el pago estaba habilitada originalmente para el cobro del subsidio de la tercera edad, lo que facilitó la operación realizada por la abogada.
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De acuerdo a la acusación fiscal, Anzoátegui Rivarola habría inducido a Gómez Rojas a firmar formularios bancarios bajo engaño, sin informarle el monto exacto a percibir, y manifestándole que el cobro se realizaría en partes.
Sin embargo, la acusada habría retirado la totalidad de los fondos, guardando el dinero en un bolso de color negro y finalmente se retiró del lugar. Todo el movimiento de la mujer dentro del BNF quedó registrado en las cámaras del circuito cerrado del lugar.
Días después, ante el reclamo del afectado, la abogada le manifestó que le enviaría el dinero por algún medio y finalmente el 26 de setiembre de 2024, realizó un giro por valor de G. 15 millones, a través del servicio de Western Unión.
El resto del monto retirado por la abogada no fue entregado a la víctima. A raíz de esta situación, Gómez Rojas denunció el hecho ante el Ministerio Público. Con los elementos de sospecha reunidos, la Fiscalía imputó a la acusada y, al cumplirse el plazo fijado por el Juzgado, presentó la acusación y solicitó la elevación de la causa a juicio oral.
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Ley de APP es clave para la inversión en infraestructura ante restricciones fiscales
El papel crucial de la nueva Ley de Alianza Público Privada (APP) para el fomento de inversiones privadas en infraestructura pública fue resaltado en un conversatorio entre el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, el procurador general de la República, Marco Aurelio González, y el exministro de Hacienda, César Barreto, quienes coincidieron en que esta normativa impulsará proyectos en sectores estratégicos de infraestructura.
La Cámara de Comercio Paraguay Brasil organizó un conversatorio sobre la Ley de APP en el que se deliberó en torno a los desafíos y eventuales ajustes para su implementación. El presidente de la Cámara, Rubén Jacks, explicó que la normativa promulgada en enero de este año busca modernizar la anterior ley para darle mayor agilidad. “Como país tenemos situaciones nuevas como el poco espacio fiscal que ya tiene el país para endeudarse, entonces, más que nunca necesitamos que el sector privado realice obras de infraestructura y realice servicios que el Estado quizá no pueda”, afirmó.
El ministro Fernández Valdovinos resaltó que esta nueva ley es fundamental para el impulso de proyectos en sectores estratégicos como transporte, energía, agua y saneamiento, en un contexto de restricciones fiscales. Mencionó que el financiamiento de estas obras se complementaría con fondos obtenidos por la renegociación de Itaipú, que aportarán USD 650 millones a las arcas del Estado.
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Inversiones en infraestructura
Asimismo, resaltó que obras como la ruta PY02 demuestran la calidad de las obras realizadas bajo la Ley de APP y que se busca replicar ese mismo modelo en proyectos como la ruta PY01, cuya adjudicación señaló que debería definirse en las próximas semanas. El ministro de Economía agregó que se están ajustando los requisitos financieros para la participación de empresas, reduciendo la exigencia de capital mínimo con el fin de promover mayor participación en las licitaciones.
“La cuestión de la APP va a ser fundamental para proveer de infraestructura al país dadas las restricciones fiscales que vamos teniendo. Entonces, es uno de los instrumentos pensados por el Gobierno de manera a seguir mejorando no solo nuestras rutas sino también la transmisión de energía, agua y saneamiento. Complementa muy bien el presupuesto que se tiene cada año dentro del Presupuesto General de Gastos de la Nación y también complementa muy bien los recursos que van a venir después de la renegociación de Itaipú”, destacó.
Por su parte, el exministro de Hacienda, César Barreto, mencionó que el espíritu del mecanismo de las APP es que exista también mayor participación privada en las inversiones en infraestructura, atendiendo a que los recursos son escasos y la reducción en inversión pública en los últimos años en proporción del producto interno bruto (PIB). “Todos aquellos proyectos que puedan generar ingresos vía tarifas, precios o peajes, para financiar por lo menos una parte importante de los proyectos, creo que deberían encararse bajo la Ley de APP. Faltan proyectos y hay que avanzar en esa línea lo más rápido posible”, explicó el economista.
Mecanismos para resolución de conflictos
El procurador general de la República, Marco Aurelio González, explicó que la nueva ley establece mecanismos de resolución de controversias para evitar que los proyectos queden estacados por incumplimientos. Detalló que los conflictos se resolverán en primera instancia a través de un arbitraje que ya estará estipulado en los pliegos de bases y condiciones de cada contrato.
Mencionó que si una empresa incumple sus obligaciones, los financistas del proyecto podrán sustituir al contratista, a fin de que las obras no se paralicen. “La finalidad es que el proyecto culmine y avance a pesar de las dificultades y los incumplimientos que se puedan dar en el camino”, precisó.
González señaló que el Estado ofrece garantías tanto para los contratistas como para los inversores, pero que también cuenta con formas de asegurar el cumplimiento de las obras como, por ejemplo, la posibilidad de volver a licitar la obra en caso de que la firma seleccionada no pueda continuar con los trabajos. “La seguridad para el financista es que puede prendar o fideicomitir a su favor los derechos presentes y futuros, incluso del flujo de caja de los contratos públicos-privados de las prestaciones o los derechos que tenga el contratista”, ejemplificó.
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PGR impulsó por primera vez demandas por reparación del daño bajo gestión de Peña
- Por Juan Marcelo Pereira
“Es nuestra obligación resguardar y recuperar el dinero público. Existe una firme indicación del gobierno para combatir la corrupción y la impunidad”, dijo el procurador general de la República, Marco Aurelio González, tras detallar que bajo la administración presidencial de Santiago Peña, su institución impulsó por primera vez cuatro demandas de reparación del daño por hechos punibles cometidos contra el patrimonio del Estado.
A través de una entrevista con el diario La Nación/Nación Media, González detalló que el mecanismo permite una recuperación más expedita de los fondos públicos malversados, en comparación con un juicio civil ordinario de indemnización.
“Es la primera vez e iniciativa nuestra. La vía penal es más rápida y más segura. Si planteáramos en el fuero civil, se podría plantear que primero debe terminar el proceso penal. Y si se planteara en lo civil después de quedar firme el proceso penal, hay tesis que sostienen que ya operó la prescripción (2 años a contar desde el ilícito y un proceso penal suele durar mucho más). Entonces, para no correr ese riesgo”, manifestó.
El funcionario de Estado detalló que entre las demandas de reparación del daño se encuentra la impulsada contra el exministro de la Niñez y Adolescencia, José Orué Rolandi, quien fue hallado culpable por el delito de lesión de confianza junto con Carlos Centurión, Laura Gamarra, Gloria Arroyo y Araceli Cotillo, en la causa por el desvío de dinero perteneciente al programa de vaso de leche.
Otra de las demandas guarda relación con el exministro de Agricultura y Ganadería (MAG), Enzo Cardozo y la exdirectora administrativa de la cartera estatal, Maristela Azuaga, quienes fueron condenados por lesión de confianza en el desvío de fondos públicos mediante proyectos ficticios y documentos falsos en connivencia con directivos de la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas del Paraguay.
En la nómina se encuentra la demanda promovida contra el exrector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), Froilán Peralta y su exdirectora de Recursos Humanos, María del Carmen Martínez, conocida como “La comepapeles” quienes fueron condenados por lesión de confianza y estafa tras la designación irregular de personal y malversación de fondos universitarios.
Igualmente figura la demanda contra la exministra de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Gladys Cardozo y su exdirector de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), Aníbal Benítez, quienes fueron condenados por lesión de confianza por el millonario desvío en la adquisición de víveres para enviar a tres departamentos del Chaco, entre los meses de marzo y abril del 2012.
La Ley 6837/2021, en su artículo 23, proporciona a la Procuraduría la facultad de intervenir en calidad de víctima en los procesos penales por delitos contra el patrimonio estatal. Asimismo, le confiere la atribución de ejercer la acción civil para la reparación de los daños causados, permitiéndole representar a organismos y entidades públicas sin personería jurídica y asistir, a solicitud, a aquellas con autonomía legal.
Desde la institución indicaron que tras sus últimas intervenciones en los procesos penales en calidad de víctima, ha aumentado la cantidad de notificaciones de oficio de los juzgados para intervenir en salidas alternativas que incluyan reparación del daño, en audiencias preliminares y juicios orales.
Señalaron también que los jueces de garantía solicitan la postura de la Procuraduría General de la República, en estos procesos para asegurar que la posición del Estado sea considerada al evaluar acuerdos de reparación y decisiones sobre hechos punibles que afectan el patrimonio público.
Detallaron además que se ha identificado que, en muchos casos, al momento de ejercer la acción de reparación del daño, los condenados por corrupción ya no poseen bienes registrables a su nombre, con el objetivo de mitigar este problema, la institución se encuentra trabajando en conjunto con el Poder Judicial y la Fiscalía en la implementación de medidas cautelares preventivas, como la prohibición de innovar sobre bienes al dictarse sentencias condenatorias. Este enfoque apunta a garantizar la efectividad de las sentencias de reparación del daño.
Caso José Orué Rolandi
Monto demandado: G. 3.010.768.440
Estado procesal: la PGR obtuvo sentencia de reparación del daño; apelada, en estudio en el Tribunal de Alzada
Caso Enzo Cardozo
Monto demandado: G. 68.965.418.419
Estado procesal: audiencia de conciliación fijada para el 25 de marzo de 2025, tras múltiples recusaciones
Caso Froilán Peralta y María del Carmen Martínez
Monto demandado: G. 958.785.549 (Peralta) y G. 248.089.375 (Martínez)
Estado procesal: pendiente en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la resolución de una contienda de competencia; embargos preventivos ya ordenados
Caso Gladys Cardozo
Monto demandado: G. 2.482.950.000
Estado procesal: presentada la demanda con una recusación en trámite, con embargos preventivos ordenados
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Suspensión de obras del Metrobús se debió a razones políticas, señala el procurador
El procurador general de la República, Marco Aurelio González se refirió al pedido de sobreseimiento provisional al exministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona por el caso Metrobús.
Durante una charla con el programa “Tarde de Perros”, que se emite por Universo 970Am/Nación Media, el procurador afirmó que los argumentos que utilizó el entonces ministro de Obras Públicas, Arnoldo Wiens no fueron corroborados. Recordó además que estos argumentos fueron desmentidos, por el tribunal arbitral que afirmó lo contrario, por ende, al no haber razonamiento jurídico, ni razonamiento económico, la única razón, por la que se suspendió la obra fueron razones políticas.
En ese sentido, recordó que existe ese Laudo arbitral, a raíz de la contienda entre Mota Engil y el MOPC, se sacó un laudo que dejó parcialmente anulado y ahora pasó a la Corte de Acciones de Inconstitucionalidad. En todo ese proceso se discuten varios aspectos, menos dos cuestiones que ya han quedado firmes y tienen que acatarse.
Mencionó que esas dos cuestiones son: que no hubo incumplimiento por parte de la constructora, por ende no puede haber daño patrimonial, por eso también el Estado tiene que devolverle los fondos de reparo. Si bien, hubo algunas cosas que reparar en lo edificado, eso puede ser compensado con la deuda que se generó a raíz de los fondos de reparo por G. 600 millones aproximadamente, que tiene que pagar Mota al MOPC.
“Entonces, lo que se demuestra que los argumentos que se utilizaron para suspender la obra del Metrobús, se basaron en premisas falsas. Porque los argumentos que utilizó el entonces ministro de Obras Públicas, no fue corroborado, es más fue desmentido, el tribunal arbitral afirmó lo contrario. Por ende, creemos que, al no haber razonamiento jurídico, ni razonamiento económico la única razón por la cual se suspendió la obra fue una razón política. Mientras que el daño patrimonial causado fue destruir todo lo que se había edificado hasta ese momento”, explicó.
Respecto a la participación de la Procuraduría General de la República, González indicó que lo hace en representación de los intereses del Estado en carácter de víctima, ya que la acción penal pública la lleva el Ministerio Público, mientras que por otro parte están los imputados. Por tanto, es la Fiscalía el que presenta la propuesta del sobreseimiento provisional, y el juez le permite la palabra a la PGR en representación de la víctima, para su consideración.