Ni las leyes de desafectación y los decretos de expropiación son suficientes para la transmisión de los bienes registrables, expresó la titular de la Dirección General de los Registros Públicos, Lourdes González, al referirse sobre el conflicto generado por los ocupantes vip de la finca 916, padrón 14638, zona denominada Jardines de Remansito en el distrito de Villa Hayes, que son 131 hectáreas pertenecientes al Estado, a través del Ministerio de Defensa Nacional.

Los decretos de desafectación de inmuebles son actos administrativos que no transmiten la propiedad. Tampoco lo hacen las leyes de expropiación que son normas declarativas, ni las sentencia de mensura. De acuerdo a nuestro Código de Organización Judicial, la forma en que se transmite la propiedad de los bienes registrables como inmuebles, vehículos, aviones, barcos, es mediante la escritura pública”, dijo González en una entrevista con el diario La Nación/Nación Media.

Las declaraciones de González surgen también ante las manifestaciones del intendente de Villa Hayes, Luis López, quien en una conferencia de prensa realizada el 7 de octubre afirmó que las tierras de Jardines de Remansito pertenecen al municipio y no más al Ministerio de Defensa, amparándose en el decreto 16250 emitido el el 25 de enero del 2002, en el gobierno de Luis González Macchi; el decreto 4113 del 1 de octubre del año 2020 de Mario Abdo Benítez; así como la Ley N.º 3966, Orgánica Municipal.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Lea también: PLRA en lista de morosos: IPS notificó deuda de 2.500 millones a Informconf

Lourdes González, directora de Registros Públicos, afirma que la titulación es la herramienta jurídica concreta para oficializar los traspasos de bienes. Foto: Archivo

“No son tierras fiscales”

“La finca 916 pertenece al dominio privado del Estado. Para la Dirección General de los Registros Públicos, el titular propietario del resto de la finca 916 es el Ministerio de Defensa. Es importante recordar que hay una gran diferencia entre tierras fiscales y los que son los bienes de dominio público y privado del Estado. La finca 916 no son tierras fiscales, son tierras son del dominio privado del Estado a nombre del Ministerio de Defensa Nacional que es el dueño inscrito desde 1991″, sentenció la abogada.

El conflicto por las 131 hectáreas situadas a lado del puente Remanso, con costas en el río Paraguay, trascendió tras la sanción automática en el Senado, el 27 de setiembre pasado, del proyecto que desafecta las tierras pertenecientes al Ministerio de Defensa Nacional a favor de sus ocupantes actuales. “Se debe hacer lo que realmente corresponde y que esto se llegue a solucionar como tiene que ser y de la forma que la ley diga para que las aguas se calmen″, indicó González.

Te puede interesar: Crimen de Pecci: “Es versión periodística, no tenemos información adicional”, afirman

Dejanos tu comentario